¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

En el segundo documento han reculado un poco y han quitado un montón de mentiras, alguien le habrá dicho al incompetente que lo ha escrito que no tiene ni p… Idea y que borre algunas falsedades.
Menudo nivel de parlamentarios tenemos, pretenden legislar a base de búsquedas en Google sin pararse a profundizar en el tema, así nos luce el pelo…

De hecho, el primero ya se ve las barbaridades que pone, pero en el segundo es más de… “Bueno, pues igual hay que advertir que es algo muy volátil y tal”. Aún así, están MUY verdes. Y una mala legislación del tema nos puede joder pero bien…

Así es, es lo que nos pasa por elegir a incompetentes para que dirijan nuestras vidas.

Si pero como demuestras que has recibido forks o airdrops?

la blockchain es tu prueba, ya lo hemos dicho bastantes veces

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Bueno esperemos pues que no lo busquen pegas a eso, porque yo ya me espero de todo

Pegas podrán poner todas las que quieran pero poco hay más objetivo que la blockchain

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Charla de Cristina Carrascosa muy interesante sobre todo lo que aquí venimos discutiendo:

https://www.youtube.com/watch?v=uui00MhhEEE

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Me lo voy a ver entero en cuanto pueda, algún adelanto interesante?

Prefiero que la gente lo vea primero, a ver qué entiende cada uno.

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Acabo de ver la charla y las conclusiones que saco son las siguientes:

  1. Hacienda tiene que ponerse las pilas con la ley respecto a las Criptos.
  2. La chica hace alusión a la ley la cual dice que había que tributar por cada movimiento entre critpos, como defiende la mayoría a día de hoy, sobre todo asesores legales, aunque deja entrever que para cantidades irrisorias de dinero no sería ‘‘muy lógico’’ utilizar este método.
  3. Ella cree que podría ser perfectamente defendible que se tribute solo en el momento de convertir las criptos a euros ya que las criptos no se parecen a ningún otro instrumento financiero.
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entre cryptos es absurdo, no son monedas oficiales de cambio, es como cambiar cromos solo deberia tributar al volver a EUR.
Quieren cobrar y la codicia les come

No es absurdo desde el punto de vista del blanqueo de capitales. Si compras 0.1 BTC, luego haciendo trading ganas 0.4 BTC y finalmente pasas 0.5 BTC a euros, tendrás que justificar a hacienda como has conseguido ese aumento de capital de forma legal y no recibiendo pagos en B, o comisiones ilegales, blanqueando dinero de organizaciones criminales, o lo que sea.

Sin embargo y aunque esta bastante extendida la opinión de los asesores respecto a que hay que tributar por las operaciones de trading valorandolas en euros, pueden darse unas situaciones paradójicas:

  • Compro 1 BTC cuando valia 2000 euros
  • Bitcoin se revaloriza a 10.000 euros
  • Invierto 0.5 BTC en una altcoin como p.ej. XRB. A ojos de hacienda he vendido 0.5 BTC por 5000 euros con una ganancia patrimonial de 4000 euros. Debo pagar el 20% a hacienda (800 euros).
  • XRB se multiplica por 5. Lo vendo y saco 2.5 BTC. Al cambio actual son 25.000 euros, con una ganancia de 20.000 euros, por lo que debo tributar por ellos el 20% que son 4000 euros.
  • Hasta ahora mis ganancias han sido en criptos, no he visto un euro pero debo pagar a hacienda 4.800 euros por las ventas realizadas hacia criptos
  • Bitcoin cae a 5000 euros. Vendo los 2.5 BTC de mis ganancias. Al tributar por el sistema FIFO, 0.5 de esos BTC se contabilizan como comprados a 2000 euros/BTC por lo que a ojos de hacienda volvemos a tener ganancias por tercera vez pese a que desde el punto de vista del trading vendemos con perdidas del 50%. Los 0.5 BTC vendidos por 2500 euros arrojan una ganancia patrimonial de 1500 euros y tributan 300 euros (el 20%).
  • El resto (2 BTC vendidos por 10.000 euros) son unas perdidas del 50% a compensar en los 4 ejercicios siguientes con un máximo del 20% de la base imponible por ejercicio.

En definitiva tenemos 12.500 euros en fiat y debemos pagar 5.100 euros a hacienda debido a la valoración en euros de las operaciones de compraventa y el sistema FIFO, muy lejos del 20% que grava a las ganancias patrimoniales, ya que el sistema de tributación nos perjudica.

Por supuesto sale más favorable tributar solo por los pasos a fiat (Invierto 1000 (0.5 BTC), saco 12.500 ganando 11.500 euros y pago un 20%, es decir 2.300 euros) pero los asesores dicen que no tiene base legal, sobre todo si hacienda nos pide que demostremos los movimientos intermedios hasta llegar a esos 12.500 de fiat.

Si alguien cree que hay un error en mis cálculos que me lo diga please…

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Compraste en mayo 1btc por 2000 euros. Lo cambiaste entero por 50bitconnect a 400 dólares cada uno cuando valía 16000 euros tu bitcoin. Le debes a Hacienda ganancias de 14000 euros, al 20 por ciento 2800. Agobiado por el desplome de las criptos y al descubrir que le debes ya hacienda más de lo que te gastaste para comprar ese único bitcoin en mayo decides venderlo todo. Consigues sacar tus 50 monedas por 200 EUROS. Por lo tanto la jugada te ha salido como sigue: 1800 euros que te gastaste en el juego y 2800 que le debes a Hacienda. Total 4600 euros perdidos pero habrá mejores hospitales y escuelas públicas y serás un ciudadano de primera.

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He supuesto que todas las operaciones las haces en el mismo año fiscal, ya que en otro caso las cuentas podrían cambiar al tributar cada año.
He numerado los pasos que propones:

  1. Compro 1 BTC cuando valia 2000 euros
  2. Bitcoin se revaloriza a 10.000 euros
  3. Invierto 0.5 BTC en una altcoin como p.ej. XRB. A ojos de hacienda he vendido 0.5 BTC por 5000 euros con una ganancia patrimonial de 4000 euros. Debo pagar el 20% a hacienda (800 euros).
  4. XRB se multiplica por 5. Lo vendo y saco 2.5 BTC. Al cambio actual son 25.000 euros, con una ganancia de 20.000 euros, por lo que debo tributar por ellos el 20% que son 4000 euros.
  5. Hasta ahora mis ganancias han sido en criptos, no he visto un euro pero debo pagar a hacienda 4.800 euros por las ventas realizadas hacia criptos
  6. Bitcoin cae a 5000 euros. Vendo los 2.5 BTC de mis ganancias. Al tributar por el sistema FIFO, 0.5 de esos BTC se contabilizan como comprados a 2000 euros/BTC por lo que a ojos de hacienda volvemos a tener ganancias por tercera vez pese a que desde el punto de vista del trading vendemos con perdidas del 50%. Los 0.5 BTC vendidos por 2500 euros arrojan una ganancia patrimonial de 1500 euros y tributan 300 euros (el 20%).
  7. El resto (2 BTC vendidos por 10.000 euros) son unas perdidas del 50% a compensar en los 4 ejercicios siguientes con un máximo del 20% de la base imponible por ejercicio.

Los beneficios/pérdidas, junto con lo que vas teniendo en cada momento sería:

  1. Tienes 2000 Euros
  2. Tienes 1 BTC a 2000 Euros/BTC
  3. Idem
  4. Ganas 5000 - 1000 = +4000 Euros. Tienes 0.5 BTC a 2000 Euros/BTC, X XRB a 5000/X Euros/XRB
  5. Ganas 25000 - 5000 = +20000 Euros. Tienes 0.5 BTC a 2000 Euros/BTC, 2.5 BTC a 10000 Euros/BTC
  6. Idem
  7. Ganas 0.5 x 5000 - 0.5 x 2000 = +1500 Euros. Tienes 2.5 BTC a 10000 Euros/BTC, 2500 Euros
  8. Pierdes 2 x 5000 - 2 x 10000 = -10000 Euros. Tienes 0.5 BTC a 10000 Euros/BTC, 12500 Euros

Al resultado neto de pérdidas/ganancias sería: +4000 + 20000 + 1500 - 10000 = +15500 Euros de ganancias (las pérdidas no se guardan para otro año, se restan de las ganancias y tributas por el resultado neto resultante).

Creo que tu fallo está en la otra parte. Al final tienes 12500 Euros + 5000 Euros (los 0.5 BTC que aún conservas), es decir, tienes 17500 Euros. Como metiste inicialmente 2000 Euros, en este ejercicio fiscal habrías ganado 17500 Euros - 2000 Euros = 15500 Euros, que como puedes ver coinciden con las cuentas hechas del otro modo.

En ambos casos te tocaría tributar sobre un beneficio de 15500 Euros al porcentaje que corresponda.

Desde mi punto de vista es muy irresponsable realizar semejantes cálculos y afirmar el beneficio sobre el que hay que tributar.

Estoy sorprendido de la cantidad de expertos fiscales que han salido de este hilo.

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@de_xt ha preguntado si hay algo mal en sus cálculos. Yo simplemente explico como se aplicaría el método FIFO y como sale lo mismo en ambos casos. De ninguna forma estoy diciendo que nadie siga un método u otro, pero matemáticamente es imposible que salgan resultados distintos si haces todas las operaciones el mismo año. Otra cosa es si hay operaciones en varios años. En ese caso sí que es posible que te salga desfavorable, si por ejemplo haces operaciones un año cuando BTC está muy alto en Euros y al año siguiente ha bajado bastante. Esto sí que es peligroso, y mejor saberlo.

Y más no pongo.

Me parece muy bien que queráis ayudar, pero esto me parece absurdo. Más aún sin legislación vigente. En base a las conclusiones que algunos “asesores/gestores” fiscales sacan con “la ley en la mano”.

Dicha ley en la mano ya ha dado más de un revés a Hacienda y el Sr. Montoro por parte de la UE, ya que lo aplicado por ellos era todo menos justo.

@Juanma

Todo lo que citas a mi nombre no es mío. Es tan solo una copia LITERAL de lo que ha escrito @de_xt en su mensaje:

Y este supuesto es el que estamos discutiendo.

Ya he dicho más de una vez, que vuestras discusiones en las que hay que tributar porque algunos asesores se metan en este hilo y aconsejen que hay que tributar por que la ley puede que diga, aunque quizás y por si acaso… no aportan realidad.

No, aquí lo que debe aparecer son hechos reales, si hay que tributar y porqué. Y no suponer que podría que se debería…

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