¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Alguno que haya presentado el modelo 720? Me podría decir qué casillas hay que marcar?

La opinión más extendida es que no hay que presentarlo, y si se hace lo más probable es que se haga mal, ya que las criptomonedas no son asimilables a ninguno de los supuestos requeridos para confeccionar el 720.

Puedes echar un vistazo al excelente artículo de FiscalBlog que ha referenciado @alejo donde habla de ese tema entre otros

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Excelente artículo. Suscribo cada punto.

Gracias por compartirlo.

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Buscando un poco de opinion subjetiva de cada uno…

La campaña de renta esta a punto de empezar, los manuales de este año ya están publicados y no hay ninguna referencia a criptos…

Por supuesto este año esperaré hasta la ultima semana de la campaña para presentarla por si hubiera algun tipo de nota aclaratoria desde hacienda ¿O pensais que no va a haber ningun tipo de clarificacion minima?

Mucha gente hizo el año pasado cierto nivel de cash out a FIAT, asi que esos (yo incluido) sin duda, deberemos notificarlo a hacienda… si somos muchos quizás aclaren algo… si no hay nada lo meteré en ganancias patrimoniales como se suele comentar por todas partes y listo.

Yo que tu no esperaría ninguna aclaratoria, si no lo han hecho ya no lo van a hacer la última semana

Está muy bien holdear a muerte, pero no me negarás que gente que necesita pasta o quiere disfrutar de sus ganancias, en Diciembre pasado fué una muy buena ocasión para vender una parte de los BTC, ya que o puede volver a 20k € o 1000€

Revisa el artículo que han puesto los compañeros unos posts más arriba. No soy experto pero el criterio que quieren seguir para el 720 es de lo más surrealista. Es decir, en función de dónde “están” las cryptos. Me parece ridículo. Por ejemplo, cuándo depositas en un exchange las cryptos, el exchange controla tus claves privadas pero las cryptos siguen estando en ningún sitio y en todos los sitios, igual que en tu wallet a esos efectos porqué siguen estando en la blockchain (sólo que ya no tienes tu el acceso al no controlar las claves privadas). Además lo que he oído del hardware wallet es para mear y no hechar gota. Que pasa si en Navidad me voy de vacaciones a Francia o Portugal, por ejemplo, con mi Ledger o Trezor en el bolsillo, tengo que presentar el modelo por haber estado en el extranjero el día 31 de Diciembre? De risa el argumento. Y si me dejo el hardware wallet en casa pero tengo mucha memoria y puedo recordar 12 palabras en mi cabeza y estoy el dia 31 de Diciembre en el extranjero, dónde están mis cryptos, aquí o allí? :joy:

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El modelo 720 no sirve para cryptos, eso me lo ha dicho mi asesor. Es solo si tienes alguna inversion o cuenta fuera de españa y a partir de 50.000€ sino recuerdo mal.
salut

Yo sigo con las dudas de que hacer con los tradeos entre cryptos, sin haber movido un duro a Euros… ¿Tendré que pagar impuestos por ello o solamente al sacarlos?

nada de momento, tu guarda toda la información (.csv) por si algun dia les da por verificar alguna cosa.
Si sacas a euros y vuelve a tu cuenta del banco entonces si que se declara en concepto de incremento patrimonial (modo FIFO)

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¿Y el impuesto de patrimonio? ¿Es obligatorio notificar a hacienda las criptos que tienes aunque el impuesto esté bonificado?

Imaginad un tio que compro 1 bitcoin en 2014 a 300 € y en diciembre lo vende para comprar iota a 4 €.
Esa persona deberia declarar una ganancia de 16000 € pero ahora se encuentra que solo tiene 4000 €.
Tiene que pagar unos 3000 € y no puede compensar perdidas (si vendiera) porque las ganancias son del 2017 y las perdidas computarán en 2018
Ese caso seguro que se ha dado mucho con el comportamiento de las criptos en estos ultimos meses. No seria logico equiparar esta situacion con el que permuta una casa por ejemplo, con la volatilidad tan grande de las criptos la unica ganancia real ocurre cuando pasas a fiat
El problema es que el estado necesita dinero y hacienda lo sacará de donde sea y como sea

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Por lo que comentaba Montoro hasta 2019 no veremos ninguna nota aclaratoria. Primero tienen que aclarárse ellos y exigir a los exchanges internacionales los movimientos de cada 1…hasta entonces si no lo pasas a € no hay problema.
Conclusión…HODL y si queréis sacar algo mientras, que sea por cajero btc y montos pequeños ( 50-100€)

Exacto, aún sin regulación específica como si existe en otros países, la mayoría de asesores se inclinan por declarar como ganancia patrimonial el intercambio entre cryptos y eso puede dar casos como el que explicas, que no son tan remotos dado el valor de BTC en diciembre y ahora. Por cierto, pensar en poder pagar los impuestos con btc por ejemplo? Porqué aquí he oído mucho sobre el precio de referencia a coger en la alteración patrimonial entre la compra/venta de cryptos, pero una ganancia de 0,1 btc es 0,1 btc igual para todos o, es una tontería?.
Además pienso que si alguien, a falta de regulación específica opta por declarar ganancias patrimoniales al tipo que corresponde por lo ingresado en el banco y hacienda le toca las narices, creo que va a ir en contra de la propia recaudación de cara al futuro. Así que cuándo oigo advertencias y lo arriesgado que es invertir en cryptos, pienso, lo arriesgado es computar bien de cara al fisco y no la propia inversión libre de cada uno! Por tanto, que se pongan las pilas y sean un poco permisivos almenos este año, porqué la gente de este hilo viene con sus preocupaciones y nadie quiere defraudar al fisco o blanquear capitales.

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Pero eso de que mientras no los pases a € no hay problema es algo que dices tú. Ojo que yo soy partidario de esa opción ante la falta de claridad que hay de momento, pero no hay nada oficial que diga que ha de ser así.

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Si claro mi opinión xd de momento al no haber nada oficial lo pienso así.
Porque haber como sabe Montoro los satoshis que tengo en ledger xd, los comprados no coinbase si, pero las transacciones de minería, ICOs, binance…no se mucho lio

La receta para 2017
http://www.elmundo.es/economia/macroeconomia/2018/03/23/5ab27d42e5fdea7d1a8b45fe.html
Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales
Sí estaremos obligados a presentar declaración por el IRPF, si tenemos ingresos procedentes de rendimientos del capital mobiliario y/o de ganancias patrimoniales y estos superan conjuntamente los 1600 euros anuales.

buenas

Ni abra nada sobre ese tema de como es btc , no deben presentar cuentas al fisco , lógica aplastante .
Es una inversión y como tal esperas beneficios , cuando los haya si los hay pagare no mientras tanto con amparo de grandes fortunas que esas son las que mas cuentas deben de presentar .

Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales Sí estaremos obligados a presentar declaración por el IRPF, si tenemos ingresos procedentes de rendimientos del capital mobiliario y/o de ganancias patrimoniales y estos superan conjuntamente los 1600 euros anuales.
Vamos que si no pasas a fiat mas de 1600€ en un año no deberias hacerla no?

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Si has generado menos de esos 1600€ no, si has generado más si. En teoría, luego cada cual que haga lo que quiera, yo si no tienes ingresos por trabajo ni nada más no declararía nada por debajo de los 4500/5000€.

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