¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Hola @alejandro_sanchez te comento sin ser ningún tipo de experto ni nada parecido. Creo que si tus pérdidas superan los 500€ sí que estás obligado a declararlo. Saludos.

Por si a alguien le interesa,

Hay un apartado, no muy extenso, de criptos hacia la mitad de la página. Has de poner tu mail para descargarte el pdf de una página y media. Igual no da mucho detalle, pero bueno deja los puntos claros. Información sacada de un asesor.

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Yendo al meollo, aquellos que os estéis haciendo los cáculos incluyendo los trades crypto-crypto ¿Que programa utilizáis para hacer seguimiento de vuestras compras/ventas de crypto-crypto y crypto-fiat?

Yo tengo contratado bitcoin.tax pero tienen soporte solo para los exchanges más grandes, ¿ Alguno de vosotros utiliza cointracking.info ?

Seria interesante saber que programas utilizamos y que pegas tienen cada uno de ellos.

Saludos!

Cointraking, recientemente he empezado, estoy empezando a importar trades

Yo uso CoinTracking, importando los archivos .csv de Kraken y Forkdelta, aunque para sacar los informes de ganancias con los parámetros idóneos para la hacienda española seguí un tutorial de Lorente y Lorente Asesores (Canal de Youtube). Ha sido muy útil para calcular las ganancias entre cripto y cripto.

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Artículo de hoy en 20minutos.

Repasando los comentarios de las noticias sobre criptomonedas se lee a cada gañan. En fin, después serán los típicos que se meterán cuando esté todo por las nubes.

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No se puede aplicar.

Si lo he entendido bien, siendo autónomo ¿hay que declarar incluso lo minado aunque se haga un HODL como una casa y no se pase nada a FIAT? porque no tiene sentido alguno eso, tener que pagar impuestos por algo que hasta gente de la mismísima hacienda te dice que no vale absolutamente nada hasta que no lo pasas a divisa corriente.

Hola, yo quería plantear un tema sobre el Proof of Stake. Está claro que Hacienda ya se ha pronunciado claramente que si tienes tu rig en casa minando bitcoins, hay que darse de alta como autónomo y en IAE específico (consulta vinculante V3625 /2016). Pero… si tu tienes un wallet en una raspberry que te recompensa con coins por el mero hecho de tenerlos (proof of stake), esto sería asimilable con la consulta de mineria de Hacienda?. Es más, si haces proof of stake delegado, que són considerados los coins que llegan a tu wallet?. El planteamiento es, en estos casos, como declarar estos coins si alguna vez se llegan a vender. Sólo con declarar valor de compra a 0 bastaría?. Mejor no vender-los y esperar acontecimientos? Que pensaís?

Me uno a la pregunta porque yo también me lo he planteado, por ejemplo en el caso de Neo al mantenerlos en su Wallet te dan Gas, imagino que te facilitaran un código Hash con la procedencia de las monedas que te den, cosa que creo que valdría para justificar el ‘‘regalo’’

Es de hace unos días pero creo que no se habia puesto por aqui.

Dejo el enlace al vídeo mencionado por @izant_922 sobre cómo configurar correctamente http://cointracking.info para la hacienda española.

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Un hortelano siembra zanahorias. Cuando las saca de la tierra tiene que declarar un aumento patrimonial segun el precio al que esten las zanahorias en ese momento. Luego las puede vender o no y a un precio superior o inferior. De verdad dice eso?
Ese articulo entiendo que explica la opinion de una persona aunque lo pinten como si fuera la normativa de hacienda.

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Artículos como ese hay varios ya, la realidad es que ninguno son oficiales de Hacienda, así que de momento, son maneras de interpretar las normas, no más.

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No lo dice, dice lo contrario, que si se tienen criptomonedas compradas, no hay que declarar aumento o disminucion de valor mientras que no las vendas. Lo cual es totalmente logico. En tu ejemplo, no hay que declarar nada mientras el hortelano no venda las zanahorias.

Otra cosa es el impuesto sobre el patrimonio que ya se ha hablado antes, y que no viene en este articulo; hay que declarar el valor a 31 de diciembre, como dice Hacienda expresamente, pero eso es otra cuestión que a la mayoría de nosotros no nos afecta.

Nota: no se si con tu analogía te refieres a minería o compraventa. Si es minería, no conozco la tributación en este caso, aunque entiendo que si recibes Bitcoins como recompensa por tu actividad, se declara como un ingreso más al igual que si un comerciante recibe un pago en Bitcoins por una venta.

si has comprado 1 bitcoin cuando valís 200, y ahora vale miles… en tu cartera no ha cambiado nada, sigues teniendo lo mismo que al principio, es decir 1 bitcoin. Para hacienda no cuenta esto pienso. Cuando cobra impoprtancia es en el momento de realizar la inversión! Si lo vuuelves a tu cuenta bancaria, y en vez de 200 euros te encuentras con 2000, pues has ganado 1800, y tributas por ese beneficio. Pero mientras lo dejas en bitcoin, no tienes nada màs. Imagina… se cae el valor, y vale luego 50 euros?
Pagas si tienes beneficio al realizar la inversion… antes niet!

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Me referia a la mineria
Este es el parrafo que no me gusta: “Los ingresos recibidos como recompensa por la minería de bitcóin deben ser contabilizados al momento de ser percibidos. Aunque la recompensa se cobre en bitcóins, debe registrarse como un ingreso con su precio equivalente en euros.”

Repito esto:

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Buenos dias

Me dejas fuera ,indiscutible , defiendo ese hecho que creo bastante cierto ,

Alguien dice algo para completar.

Gracias

@jpowell

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