¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Totalmente de acuerdo!

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Realmente el criterio LIFO tiene muchisimo sentido en las criptos, basicamente debido a su volatilidad. En realidad creo que es el que todos usamos mentalmente cuando hacemos trading ya que nuestra “bag” la tenemos a buen recaudo y jugamos con un porcentaje en los exchanges. A ver si algun tecnico de hacienda nos lee y se dejan asesorar.

Y no sólo por la volatilidad, sino por la falta de mercados directos en Euros. Si quieres vender una cripto a Euros, primero tienes que pasar la cripto a BTC y luego los BTC a Euros. Los BTC que quieres vender por Euros no son los primeros que tengas sino los obtenidos por la venta de la cripto, es decir, los últimos (LIFO).

Hacienda al final acabará haciendo lo que mas les convenga y dinero les reporte, independientemente de si es lo más lógico o no, de eso no me cabe la menor duda.

Pues yo leí un estudio que demostraba que se acabaría recaudando bastante más si se permitiese postponer la tributación, pero no olvidemos que vivimos en un mundo de prisas y pan para hoy y hambre para mañana.

Es que creo que con este método mucha gente intentará declarar lo menos posible, ya sea usando criptomonedas anónimas, vendiendo clandestinamente o incluso abriendo cuentas bancarias en el extranjero

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Ya pero yo me refiero al caso en que todos lo hiciéramos bien. No estoy hablando de evadir sino de que hubiese sólo que tributar por todo cuando monetarices o pagues algo con tus beneficios. En dicho caso se acabaría recaudando más impuestos, ya que la gente tiende a sacar cuando realmente ha ganado algo que le merezca la pena.

Si no quieres pagar impuestos, la otra opción legal actualmente es hace HODL.

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Dejo por aquí un aporte interesante:

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Gracias a todos por los aportes. Probando el método LIFO en Cointracking en lugar de 16K me salen 6K a pagar. En el caso del LIFO el informe que genera cointracking me parece un poco confuso. Con la operación que mencione unos posts más arriba en este hilo

El programa realiza esta operación de una manera que no consigo entender, anotando hasta 10 operaciones sobre 1 tan simple. Esto no sucede con las operaciones de trading en las que si que sale 1 entrada por moneda…

En el video de @JoseMRT explican bastante bien su posición en la que NO se debe tributar por intercambio entre criptos hasta no materializarlas en euros basado en una sentencia en Suecia. Minuto 13 aprox

Wow, es un video muy interesante y esperanzador. Si veis desde el minuto 11 dice que segun sentencias previas (Suecia) y por ley existente en Spain, es una interpretacion razonable considerar gananza patrimonial cuando se cambia a Euros (no en el banco, pero en el exchange). Es decir, los intercambios entre criptos o incluso a USD se pueden considerar cambios entre divisas y hasta que no se materializa la venta a euros no se tendria que declarar la ganancia patrimonial (ojo, no cuando se mande al banco). Asi que si haces compraventa con Euros hay que declararlo, sino no. Eso si, FIFO.

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Vaya, y otra vez yo, el que confunde las cosas:

Así que parece que los alemanes no van por el camino incorrecto ni publican nada confuso.

Seguiré averiguando lo que realmente quieren decir.

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Un poco de brotes verdes! Yo al menos en mi caso solo paso a euros en el momento de transferir al banco, si solo tenemos que declarar esto es un gran alivio.

Entonces si se tradea x ejemplo en gdax con euros, todas esas operaciones si que se deben tributar aunque el dinero no sea transferido a mi cuenta bancaria?

Así, es (si te refieres a las ventas de las criptos a EUROS). Lo malo es, como ya se ha mencionado varias veces, que desaparezca el exchange y no hayas cobrado. Aunque Banco Popular tampoco fue diferente.

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Entonces, si yo compre x ejemplo 1 btc y lo pase a binance. Ahi hice tradings que el resultante fue perdida de sathosis. quedandome 0.7 btc y esos los pase a gdax para tradear BTC/EUR, esa cantidad de satoshis perdidos (0.3 btc) hay alguna forma de declarar perdida patrimonial con este metodo de tributacion?

Si esa perdida ha sido resultante de jugar a intercambiar criptos pero esa no es la forma de enterder la norma, cómo demuestro a hacienda q los he perdido y no que los tengo guardados?

En el video lo explica, al final hay que ir poniendo todas las operaciones tambien.

Que me decis de esta consulta vinculante de hace unos meses que habla del tratamiento especial a divisas? Se paga el incremento patrimonial cuando se cambia a euros:

http://www.fiscal-impuestos.com/sites/fiscal-impuestos.com/files/NFC066391.pdf

La clave sería saber si hizo el vídeo antes o después de ver la última consulta vinculante, igualmente ante la falta de legislación oficial en caso de que Hacienda tocara los cojones siempre podrías ampararte en la norma de la norma del a UE que menciona en el video

Muy buen vídeo, en el que un profesional se atreve a recomendar públicamente que la normativa del cambio de divisas pueda ser aplicada a las criptos. Una postura valiente, sin duda.

No voy a llevar la contraria a José Antonio, ni mucho menos, pero aquí hay otro asesor que opina lo contrario:

Aunque el título parezca que va de otra cosa, se toca el mismo tema y la consulta que ha citado @Fernando88.

De todos modos, el vídeo me parece muy valioso ya que da una base para que los que decidan declarar sólo sus cambios a Euros puedan argumentar una interpretación razonable de la norma frente a Hacienda. No tengo ninguna experiencia con esto, así que no sé qué diría Hacienda ante tal argumentación.

Otra cosa: la explicación de como ir arrastrando los precios iniciales en Euros al hacer los cambios entre criptos también es muy buena. Es la primera vez que consigo entender como se haría.

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