¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

De todos modos, el vídeo me parece muy valioso ya que da una base para que los que decidan declarar sólo sus cambios a Euros puedan argumentar una interpretación razonable de la norma frente a Hacienda. No tengo ninguna experiencia con esto, así que no sé qué diría Hacienda ante tal argumentación.

Exacto, al menos tienes una norma a la que acogerte para justificarlo si decides hacerlo así, y no simplemente acogerte al ‘‘es que como no había normativa específica pues lo hice así’’. Pienso que podría ser algo perfectamente válido hasta que lo aclaren al 100% y zanjen el tema. Los que creo que si esta claro al 100% es que una vez conviertas a euros, independientemente de si vuelva a tu cuenta bancaria o no, habría de declararlo.

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Bueno, no creo que haya que simplificar tanto y criticar de esa forma a Javier Ullastres. Tiene uno de los mejores foros sobre fiscalidad en Español. Y con respecto a José A. Bravo, de veras que agradezco y valoro mucho su análisis. Está clarísimo que sabe de lo que habla. Su argumento es algo que sin duda puede ser muy útil a muchos.

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La cosa es como se supone que calculo el FIFO, acogiéndome a lo dicho unos mensajes mas arriba de que sería válido solo tributar lo que pasemos a EUR.

Llevo las operaciones de cointracking y considero que no ha habido ganancia en ninguna de mis alts? Es un lio para cuadrar el FIFO sin llevar las operaciones de las alts.

En el video un poco mas arriba lo dice, minuto 13 o asi. Lo que pasa es que cointracking no soporta este metodo (creo).

El problema (y espero equivocarme) es que en el video expone un ejemplo comprando 3 LTC, considerando su precio de adquisición como el precio de venta de esa cantidad de los BTC que dispone. (Unos 600€)

Para pasar de esos 3 LTC a BTC de nuevo, habrá que considerar que el precio de adquisición de los nuevos BTC ganados es el precio de venta de esos LTC (siguiendo esa regla de 3) y supongamos que ese precio de venta son 800€. Significará que respecto al coste (800-600), he tenido una ganancia de 200€ y estamos en las mismas, de esa forma solo sale FIFO mediante alt a alt.

Yo entiendo que lo que propone José Antonio es arrastrar siempre los precios de compra iniciales con Euros y olvidarte de los precios momentáneos en Euros cuando cambias cripto por cripto.

Por ejemplo, supongamos que empiezas comprando 3 BTC por 3000€. Apuntas en el FIFO un lote de 3 BTC al precio de 1000€ / BTC.

Ahora compras 4 LTC con 1 BTC. Independientemente de lo que valga BTC o LTC en € en ese momento, como ese BTC te costó 1000€, has comprado 4 LTC por 1000€, por lo que apuntas en el FIFO 4 LTC a 250€/LTC.

LTC se marca un x2 (:crazy_face:) y vendes los 4 LTC a cambio de 2 BTC. Como los 4 LTC valían 1000€, apuntas que has comprado 2 BTC por 1000€, es decir, en el FIFO tienes:

  • 2 BTC (del lote inicial) al precio de 1000€ / BTC
  • Otros 2 BTC (de la venta de los LTC) a 500€ / BTC

Es muy simple, incluso bastante más simple que el método que computa las ganancias por cambios de criptos, ya que no hace falta conocer las cotizaciones en Euros diarias. Sólo necesitas saber cuantas monedas de un tipo transmites y cuantas del otro tipo recibes en cada intercambio.

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Alguna idea de como pasar el reporte de cointracking tal como dices? Suena facil pero con mas de 2000 operaciones se hace dificil y dudo que un contable corriente me haga el apaño

No, no tengo ni idea de si cointracking u otro software lo hace. Es verdad que es fácil, pero pesadísimo hacerlo manualmente con 2000 operaciones.

Hola, Alguien sabe cuales son las casillas de la renta donde se tienen que poner los valores? Me refiero al número. Me lio un poco con las palabras, Yo fisgando en el programa de la renta he encontrado G2: casilla 0372, es correcto?
Y alguien sabe si hay que introducir y como se introduce el valor de las monedas que tenemos en HOLD a fecha del 31.12.2017
Graciassss!!!

hola Olga_karibu
Nose si estoy en lo cierto , pero piensas guardar tus monedas , no tienes que declarar ninguna ganacia , saludos

Alguien sabe si hay exchanges donde se pueda sacar dinero sin limite , sin necesidad de tener que identificarse ?

gracias

estoy usando el cointracking (version UNLIMITED) y si usas los API de los exchangers te ahorras bastante o le metes manualmente los .csv
Saludos

P.D.(hoy he cuadrado el trezor, coinbase, bitfinex y kraken. Esta muy bien, mañana seguire machacandolo a ver el tema de informe de impuestos.
Salut

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Si, si el problema es que Cointracking solo nos provee el informe de impuestos considerando todo movimiento entre cryptos como un evento a efecto de impuesto (alt-alt) y no solo a fiat (likekind), la verdad que por lo demás, cointracking es la leche.

Lo ideal sería poder adaptar ese reporte que se nos proporciona a solo likekind (sin meter la pata a efectos contables y que hacienda lo de por válido)

Salu2!

No soy asesora fiscal ni nada parecido pero es que en teoría hay que declarar cada permuta (alt-alt), así que el informe de cointraking va estupendo.

Hola, vendía algunas monedas al final de 2017. Pero es que además los más puristas con la ley en la mano indican que hay que declarar cada permuta. Y yo, dado que tengo los datos prefiero hacer la declaración bien hecha y de la forma más purista posible para no tener problemas más adelante. Un saludo!

Buenas.
Por lo que tengo entendido, mientras no pases a EUR no hay que declarar nada, eso si, hay que guardar todos los movimientos entre alts, porque si inicialmente tenias 1BTC y terminas vendiendo 1.2BTC (oloquesea) hay que demostrar como se ha conseguido en el momento en que tengas que declarar.
Salut

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Yo tengo unas ganas tremendas de que mediante una consulta vinculante o legislación específica, hacienda explique CLARAMENTE Y SIN POSIBILIDAD DE INTERPRETACIÓN, cuál es el “Valor de mercado” que debemos considerar. A partir de ahí, ya podremos valorar cada cambio entre criptos

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Pues espera sentado porque no lo van a hacer, al igual que no lo han hecho en el caso de inmuebles, coches, etc, la ley habla de “valor de mercado” sin más, crees que van a poner p.ej. “valor que se puede consultar en idealista, milanuncios”, etc?? Sueltan lo de “valor de mercado” y ya cada uno que se apañe como pueda.

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Por eso hay una inseguridad jurídica tremenda si pretenden que se declaren los cambios entre criptos Cuando vendes a fiat no hay duda del precio, pero cuando son cambios entre criptos creo que cualquier juez con dos dedos de frente apreciaría indefensión frente a una multa de la agencia tributaria. Hasta donde yo se, hacienda tiene unas tablas de valores de referencia de inmuebles, vehículos y asimilables. Si el precio de compra venta de un bien de este tipo está dentro de el rango de esa tablas, hacienda los considera correcto, pero respecto a las criptos no hay nada de nada.