¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Teneis el link al video please? No consigo abrirlo

Si claro, los elementos patrimoniales son: bienes, derechos y obligaciones. Las divisas (dinero en efectivo) son parte del primer grupo (bienes), o también del llamado activo corriente. Si tienes dólares, o Bitcoins, forman parte de tu patrimonio.

Entiendo tu duda referente a lo de elementos patrimoniales en contraposición a las divisas. Lo dices por el tratamiento fiscal diferente (existe una tributación especial para las divisas diferente del resto de elementos patrimoniales). Una cosa no excluye a la otra.

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Lo expliqué un poco mas arriba, para no repetirme:

De todas formas el tendrá sus razones para sacar esa conclusión, aunque como dice @orbedragones de lo que se ha publicado últimamente sobre fiscalidad, es el único que piensa asi. La cosa es tener base para defender esa postura ante hacienda (yo solo conozco la sentencia del TJUE de 2015 que puede interpretarse en este sentido).

Perfecto, gracias. Entonces, en tu interpretación, no ves de dónde puede sacar Jose Antonio Bravo (y otros que se suman a esta interpretación) que gracias a la consulta V0808-18 quede “claro” que son divisas, y se pueda utilizar la regla especial 14.2.e? Crees entonces que si se sigue esta vía, y se defiende ante Hacienda que hacemos una “interpretación razonable de la norma”, podemos estar jugándonosla?

Y en este sentido también - no sé si alguien lo habrá consultado ya - si mi gestor por ejemplo me aconseja hacer esto y lo hago, y Hacienda dice que está mal hecho, me recae en mi toda la repercusión de ello? Tendría luego recargos/multas por no haber tributado según su interpretación todas las operaciones cripto a cripto?

Bitcoin Cash es un fork, no un airdrop. No se lo dan a todo el mundo; te lo dan porque tienes BTC. Esto puede tener su importancia y puede que vaya a ahorro.

Dejando al margen si declaramos solo cuando pasamos a € o alt-alt tambien,

En que casilla lo vais a consignar y en que os basáis?

La casilla es “otros elementos no afectos a actividades económicas” ? O alguien sus asesorias les han indicado algo distinto?

El responsable eres tú. Otra cosa es que tu gestor tenga algún tipo de seguro para cubrir estos casos, pero Hacienda te lo exige a ti.

Esta es una cuestión referente a la fiscalidad de la minería y que tiene toda su lógica pero algunos no lo entienden asi. Yo puse un enlace a un artículo de CincoDias que lo explicaba asi y muchos no le daban crédito.

Cuando minas, y recibes criptomonedas, estás aumentando tu patrimonio. ¿Cuanto? Pues al valor de cotización de ese momento. No cuando vendes a euros 1 año después. Pero bueno, como he dicho que cada cual haga con su dinero lo que quiera.

Sí cuando recibes el resultado de un fork a postetiori cuando ya está cotizando (p.ej. los que lo recibieron de Coinbase) en teoría habría que declararlo como ganancia patrimonial a valor de mercado en ese momento. También tiene su lógica lo de la base general al no provenir de una transmision, mal que nos pese. Lo que está claro es que los fork que recibes cotizando a 0, e idem con los airdrops, no se declaran hasta que algún día se vendan.

Como digo, lo importante es tener elementos para defender tu postura ante hacienda. Yo solo veo la sentencia del TJUE (Que no es poco). Yo personalmente en la consulta no veo nada de eso pero ya se sabe que dos abogados te dirán cosas contarias con un mismo texto, el habrá visto la puerta abierta con la referencia a la regla especial, yo creo que demasiado abierta pero bueno… como digo tendrá sus razones (al fin y al cabo no soy experto).

¿Y qué me dices de los dividendos de acciones? Van a base del ahorro y no provienen de transmisión de elementos patrimoniales. Yo no creo que esté tan claro. Me refiero a los forks, no a los airdrops (que para mi son como regalos).

Que os preocupen tanto los airdrops significará que estaréis triunfando realmente en el mundo cripto…en mi caso no creo que llegue (tirando muy arriba) ni a los 60 euros (al momento de venderlos) y sin darle mayor importancia los voy a sumar como ganancia patrimonial en la base del ahorro. Con el fork del bitcoincash sí saqué bastante más, pero igualmente lo pienso declarar de la misma manera. Habiéndolo declarado me parece ridículo que Hacienda te vaya a poner pegas porque no creo que vaya a perder el tiempo haciendo revisiones con gente que haya ganado unos cientos o algunos miles de euros (y lo haya encima declarado). Imagino que las revisiones, requerimientos o lo que sea llegarán con las personas que no hayan declarado nada y tengan la mala suerte de ser pillados o bien con los que aún cumpliendo con sus obligaciones fiscales declaren unas ganancias no acordes a sus ingresos (un estudiante que no haya hecho nunca la declaración y de repente entren 30000 euros en su cuenta, o un trabajador con nómina de 2000 euros que un año ingrese 100000, por no hablar de los que verdaderamente hayan triunfado e ingresen una burrada). A mí que este tipo ahora dé por seguro que no se declara sino cuando se pase a euros sólo me crea más confusión…Pero tengo ya la opción tomada de declarar los movimientos, esperaré unas semanas por si acaso le da por hablar a Hacienda…

Buenas a todos!! ayer vi el Sofá de Maclero y comentaban que había que declarar las monedas por tenerlas en un exchange antes de Marzo por estar en el extrangero y me ha roto por completo…algún enlace concreto que hable de esto porfavor? por cierto que mas da que este en un Exchange o en wallet de tu casa? si todo esta en la red solo cambia que poseas las claves privadas no??? uff gracias de antemano

Si tienes criptos en un exchange tienes que declararlas si tienes mas de 50.000 euros en valor a fecha 31 de Diciembre, modelo 720. Sino no. En cuanto a wallet, no hay que declarar nada (a no ser que te toque por cantidad el impuesto de patrimonio).

Más madera.

No es por asustar. Pero he flipado con el caso de este Ajedrecista Español

Hacienda le reclama un dineral por sus ganancias en casinos de Poker online, que según el protagonista, nunca retiró de los casinos, terminando incluso en pérdidas

Salvando las distancias de ser ganancias en poker, teniendo en cuenta que la normativa de hace años no permitía descontar las pérdidas de las ganancias, y que no termina de estar claro lo que ocurrió… muestra un poco como se las gasta hacienda si el botín es jugoso.

De alguna forma u otra tendrán que sacar dinero para los sobres negros que van bajo la mesa, el que paga eso esa el ciudadano por supuesto…

Si sigue el PP yo cojo mi ledger y me piro de aquí. :joy:

Construyete tu propio ledger… por que el que venden seguro que lo tendrán en una bonita foto en las aduanas para requisarlos. :joy::joy::joy:

Me imprimo uno y lo saco de la carcasa y le pongo a boli “pendrive pa series”

Si los requisan no tienen el pin, a la tercera vez que lo metes mal se formatea.