¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Si no hay a priori una vinculación con una empresa que realice verificación de identidad, léase bancos, exchanges que cumplan la normativa KYC, o incluso algunas tiendas online que emiten factura a tu nombre, es dificil demostrar dicha propiedad.

Pero piensa que si acumulamos criptomonedas en nuestros wallets, es para darles uso algún día, y en algún momento te interesará cambiar algunas por euros, o realizar compras con ellas, y bajo la legislación europea actual y la que viene, para evitar el lavado de dinero, todos los intermediarios que acepten criptomonedas están obligados a identificar a los clientes. Por tanto, en el momento en que esos bitcoins entran en contacto con el sistema financiero “tradicional” se establece una vinculación y ese “hilo” puede ser seguido hasta su origen. En este aspecto, la tecnología blockchain tiene la “pega” de que, en general, los movimientos son públicos y para Hacienda y los gobiernos esto es un “caramelito”.

Se puede intentar permanecer “bajo el radar” y en economía sumergida durante un tiempo, pero creo es inevitable que antes o después ese dinero acabe aflorando.

1 me gusta

Parece que una de las propuestas de Pedro Sánchez antes de la moción de censura era subir los tipos a la base del ahorro al entorno del 35%. Sin embargo, ahora que es presidente dice que se ha comprometido con los presupuestos ya aprobados. ¿Sabéis si se pueden cambiar los tipos del IRPF sin cambiar los presupuestos? ¿Habría que pasarlo por ley en el parlamento o lo podrían hacer por decreto? La verdad es que ante una posible subida de impuestos hasta ese porcentaje uno no sabe si seguir operando o no tocar nada.

Al menos para la campaña que termina ahora a primeros de julio ya no pueden tocar nada. Yo con eso me doy más que satisfecho.

Con eso cuento, yo ya estoy pensando en la del año próximo que es la que afecta a los movimientos que haga ahora. Dependiendo de lo que venga en cuanto a impuestos haría una cosa u otra, pero me gustaría tener medio claro a que me expongo.

Pues mi opinión es que si sigue el gobierno actual los impuestos los van a tener que subir seguro (ya medio que lo han dejado caer) y uno de los que tiene todas las papeletas para subir es este que nos afecta. No creo que llegue como dices al 35 por ciento (si acaso ese 35 sería para ganancias patrimoniales superiores a muchísimo dinero), pero del 19 por ciento actual de los 6000 euros al 21 o 22 o 23…a mí me parece más que probable.

Está claro que los quieren subir, lo que yo intento averiguar es si los pueden tocar este año o si no podrían hasta 2019. Si siguen en el gobierno en 2019, casi seguro que los suben en los presupuestos de ese año, pero ¿pueden cambiarlos ya para 2018?

buenas a todos!
Mi primer mensaje en el foro va para este hilo para simplemplente constatar la evidencia de que ante las duras imposiciones fiscales de españistan lo normal es que la gente busque alternativas fiscales para declarar en otros estados menos asfixiantes fiscalmente.
A nadie le gusta pagar mas del 20% a un gobierno corrupto de las ganancias una vez sacadas al banco pero creo que muchos aceptarian a ello, pero lo que han hecho de tener que pagar euros por los trades en criptos es de locos!! muchos van a tener que vender gran parte de su portfolio en cripto para estar al corriente con el fisco.
Ya veremos como termina esto…

1 me gusta

ESPAÑA es uno de los tres países desarrollados que pagan sueldos vitalicios a sus expresidentes y exministros cuando dejan el cargo.

Como sois coño… Esta legislatura no le tenemos que pagar a una banda, si no a dos, por eso necesitan pillar algo mas de euros, que no tenéis consideración cojones… Además el amigo Sánchez a enchufado algun coleguita mas en el cupo, aumentando los ministros en cartel, que no en el cártel (TODOS NECESARIOS, POR SUPUESTO).

Lo curioso viene siendo que Cataluña lleva unos cuando meses sin gobierno, y todo ha seguido rodado…
No sobrarán unos cuantos elementos de estos?

Como son unos incompetentes, toda la economía que no saben construir con sus intelectos, se dedican a robarla. Que pena.

1 me gusta

Como la mitad del año ha pasado ya, pienso que al menos retroactivamente no podrían cambiarlos, ya ha ocurrido en otros cambios realizados a mitad de año que se contabilizan de forma diferente según el hecho suceda antes o después de publicarse la modificación en el BOE, hacer lo contrario crearía una gran inseguridad jurídica.

En realidad operar teniendo en cuenta la fiscalidad no es malo, es un signo de madurez tanto personal como del mercado. Al final se trata de maximizar el rendimiento no sólo por la rentabilidad bruta sino desde el punto de vista fiscal, por muy desfavorable que sea esta.

Cuando se acerque el final del ejercicio, es posible que tengamos que tomar alguna decisión para reducir nuestra carga fiscal, por ejemplo compensando ganancias con pérdidas y evitando recompra si es posible (p.ej. cambiando nuestra inversión de una cripto por otra). Cointracking también ayuda aquí, ya que te muestra ganancias y perdidas realizadas y no realizadas, lo cual puede llegar a ser muy valioso en este caso.

1 me gusta

Por cierto como todavía estoy liado metiendo movimientos en cointracking, no se si habéis notado que al añadir el balance de Bitcoin cash el 1 de agosto (fecha del fork) en los exchanges y wallets, lo contabiliza como “ingreso” con un valor de unos 240 euros por BCH. Imagino que porque cotizaba en CoinMarketCap antes de la fecha del fork. Como yo considero esto incorrecto, sólo se me ocurre ponerlo como “compra” a 0 euros. No se si alguien lo ha puesto asi. Me queda ver si pasa lo mismo con los airdrops.

Si, mi asesor lo contabiliza así. Compra a 0 €. Pero no se si en cointracking

1 me gusta

En mi caso directamente he declarado los beneficios por la venta que hice del fork en día que lo vendí. Es decir, me explico, el fork fue el 1 de agosto pero yo lo vendí por otra alt cuando valía 1000 dólares. Como tenía todo un bitcoin cash pago a Hacienda el 19 por ciento de unos 800 euros. En cointracking lo meto como operación de manera manual y luego en el informe de impuesto me lo señala como error pero sé que ese error se debe a que lo compré por con valor de 0 euros. No sé si me explico.

1 me gusta

He estado leyendo los comentarios de los últimos días en este hilo y me gustaría aportar mi opinión acerca de una cuestión muy concreta: la norma antiaplicación en el caso de XRP. No pretendo poner el foco sobre XRP gratuitamente, sino que se trata una tecnología que conozco y sigo desde hace ya bastante tiempo, y por eso me gustaría explicar por qué pienso que la norma antiaplicación chocaría de frente con la propia naturaleza de XRP, y que incluso resultaría contraproducente en lo que a la implementación de su tecnología se refiere.

No es algo muy conocido, pero el XRP Ledger es también un exchange distribuido en el que los usuarios transfieren o intercambian todo tipo de tokens o IOUs emitidos por las llamadas gateways. En este sistema, XRP cumple una función clave como divisa puente entre pares con poca liquidez.

imagen

Esto significa que cualquier pago o intercambio entre divisas para el que el sistema de enrutamiento encuentre un tipo de cambio más favorable al puentear mediante XRP, así lo hará automáticamente. Esta característica se conoce como Auto-Bridging y se puede entender mejor con el mismo ejemplo expuesto en el portal de desarrolladores:

Anita places an offer to sell GBP and buy BRL. She might find that this uncommon currency market has few offers. There is one offer with a good rate, but it has insufficient quantity to satisfy Anita’s trade. However, both GBP and BRL have active, competitive markets to XRP. Auto-bridging software finds a way to complete Anita’s offer by purchasing XRP with GBP from one trader, then selling the XRP to another trader to buy BRL. Anita automatically gets the best rate possible by combining the small offer in the direct GBP:BRL market with the better composite rates created by pairing GBP:XRP and XRP:BRL offers.

Es decir, en el ejemplo anterior, Anita habría efectuado una compra de XRP con GBP y una venta inmediata posterior de esos XRP para adquirir los BRL finales. Todo ello de forma automática y sin que tan siquiera Anita hubiera sido necesariamente consciente de ello. Tanto la compra como la venta de XRP quedarían reflejadas y detalladas como tales en el historial de ledgers. Por lo tanto, de acuerdo a la norma antiaplicación y considerando XRP como un elementro patrimonial más, y obviando sus particularidades como tecnología innovadora, un solo intercambio de GBP/ BRL podría mandar al traste los planes de Anita con la AEAT si es que ésta estuviera pendiente de compensar pérdidas patrimoniales pasadas.

Pienso que este ejemplo tan sencillo basta para evidenciar por qué la norma antiaplicación no resulta razonable en el caso de una divisa como XRP, que ha sido específicamente diseñada con el propósito principal de actuar como puente en las transacciones, tanto dentro del propio XRP Ledger como fuera de él mediante Interledger. Las sucesivas y múltiples compraventas de XRP forman parte de su propia naturaleza y de su función como divisa puente.

3 Me gusta

Estoy de acuerdo…pero que sea lo razonable no quiere decir que sea lo que entienda Hacienda la verdad, que probablemente no lo entienda… :frowning:

1 me gusta

Lo que ocurre es que la ley siempre va por detrás de la tecnología. Es obvio que al igual que ocurre con las acciones o con los instrumentos financieros, dicha norma debería eliminarse o al menos relajarse para facilitar la inversión y la adopción de la tecnología, pero a día de hoy es un hándicap muy claro. Esperemos que el legislador entienda que esta situación debe cambiar si no queremos que nuestro país quede rezagado con los de nuestro entorno en ésta y otras cuestiones.

Para ello, tratemos entre todos de poner en evidencia las lagunas e incoherencias obvias de la normativa actual respecto a estas nuevas tecnologías, pero con nuestros mejores argumentos más que limitándonos a las quejas. Quizás en algún lugar y en algún momento la información que aquí ahora compartimos pueda llegar a resultar más útil de lo que imaginamos.

1 me gusta

¿Te crees que a España le importa eso? Nuestra competencia es Marruecos, mientras estemos mejor que ellos todos contentos. Europa empieza en los Pirineos.

2 Me gusta

Y si te roban las criptos que tienes que hacer?

Dentro de unos años es probable que mucha gente esté en circunstancias irregulares ,tendrán que regular esa situación de alguna forma?

Amnistia?

Sale mas a cuenta darte de alta y poder deducirte luz y equipos, sabiendo que puedes utilizar el dinero sin problema.

joer qué chungo que va el btc ahora mismo, llevaba sin mirar desde hace unas semanas. Qué bien que se vive desde fuera. El colmo de los colmos es que siga cayendo y la peña le deba cantidades ingentes al fisco. Menuda situación de mierda. ¿Pensáis que si el mundo de las criptos terminara casi casi desapareciendo -sobreviven dos o tres monedas- Hacienda miraría hacia otro lado o lo mismo seguiría persiguiendo en los próximos años a los incautos que trataron de forrarse en este mundo?