¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Es algo off-topic, pero qué fecha de adquisición habéis considerado para los BCHs que se dieron en Coinbase, la fecha del fork en Agosto o la fecha real de cuándo nos los dieron (Diciembre)? Lo digo porque eso puede cambiar las cuentas. A mí me parece más justo poner Diciembre pero bueno…

Buenas DE_XT: No te podria precisar, fue por esas fecha. En todo caso me remito a lo que dicen los tribunales: "El cambio de criterio posterior de la administración tributaria (vid, consultas DGT aportadas por esta parte junto con su recurso de alzada) en supuesto análogo al que nos ocupa, no puede perjudicar al Sr. xxxxx quien presentó su autoliquidación del IRPF según las consignas de la propia administración

Saludos.

pues yo diria que en un hard fork, tienes la moneda en el momento en que la reclamas y te la proporcionan, antes no tienes nada.
Salut.

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Gracias, desde luego lo importante es tener argumentos que apoyen tu interpretación de la norma, para una hipotética alegación o incluso posible juicio, por eso es importantísimo que el gestor que elijamos nos aconseje en función de las posibilidades de recurso contra una liquidación paralela de la administración.

También es cierto que muchos prefieren ser lo más conservadores posibles y pagar según el criterio más duro para evitar cualquier posible problema.

Eso es porque hay ventas donde no se encuentra una compra previa. P.ej. si recibes fondos en un exchange pero no se especifica de donde salen. A mi me ha pasado con transacciones en las que no he puesto o no he sabido identificar el origen. Esto también es muy típico de ventas de airdrops, ya que las monedas salen “de la nada”, pienso que en estos casos hay que ponerlos como ingreso o regalo en lugar de simplemente deposito.

Mira a ver si tienes transacciones sin cuadrar entre exchanges y monederos. Yo he estado 2 semanas revisando hasta cuadrarlo todo.

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https://criptotradingesp.com/como-declarar-las-criptomonedas-en-espana/

Perdona pero cómo se puede poner un numero negativo en el total de ventas? No me deja poner un numero negativo. Yo que tengo perdidas cómo se indica?

Tienes perdidas en el 2017?? Madre mia pero que hiciste?

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Muy facil. Comprar en lo alto y vender en panico. Lo tipico de alguien q se mete sin saber dnd lo hace. No son muchas, menos de 500 € y no se si estoy obligado a declararlas.

Si son perdidas declaralo, mas que nada para desgravarte los proximos 4 anyos.

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Llevo unos buenos días buscando un gestor para hacer la renta en Barcelona, ninguno sabe nada en absoluto de criptos ni nada de esto…

Alguien sabe de un gestor para criptos fiable por Barcelona??

Gracias.

Me he dado cuenta de que hay algo importante a tener en cuenta a la hora de meter las operaciones en CoinTracking referentes a ICOs o a compras de monedas que aún no cotizan.

Cuando invertimos en una ICO, p.ej la de ETHOS, y pongamos que enviamos 0.25 ETH para comprar 1000 ETHOS, al importar el monedero de Ethereum, en la lista nos aparece como “Retirada” de 0.25 ETH, y “Depósito” de 1000 ETHOS. Hasta aqui todo lógico.

Lo correcto es cambiar ambas operaciones para reflejar el precio de compra de los 1000 ETHOS ya que si no, al hacer el cálculo de impuestos nos dará el error de que “No hay una compra adecuada para ésta venta (todas las compras consumidas). Suponiendo que se compró el mismo día por 0 EUR.”

Para evitar este error, ya que no puede asociar la retirada de 0.25 ETH por la compra de los 1000 ETHOS, lo que hacemos es cambiar ambos movimientos por una operación de intercambio entre 0.25 ETH y 1000 ETHOS.

Pues resulta que al sacar el informe de impuestos me sigue saliendo que los 1000 ETHOS los he comprado por 0 EUR. Sin dar ningún error. Al no tener en cuenta el precio de compra, al final el beneficio calculado es mayor con lo que el pago de impuestos tambien.

La forma de solucionar esto, según he visto en la FAQ en relacion a tokens de ICOs, es establecer manualmente los precios de compra dándole a editar la operación, y en el apartado “compra” darle a “editar valor del activo” copiando el precio en euros de la venta de ETH y pegandolo en el precio de compra. De esta forma nos calcula correctamente la base de coste a la hora de vender los tokens procedentes de ICOs.

Menos mal que he detectado este problema días antes de que termine el plazo ya que si no, me veo pagando más impuestos que los que me corresponden. Miradlo por si a alguien más le ha pasado lo mismo.

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Estoy con el programa CoinTracking cuadrando números y tengo algunas dudas…

Que tengo que poner Compras/ventas y también depósitos y retiros no ?

Esque hay exchanges que al descargar el archivo CSV no contemplan los retiros y depósitos así que tengo que ir poniéndolos manualmente

Es correcto que hay que hacerlo así ?

Por otra parte si tengo fondos en las wallets oficiales como consta eso en el programa ?

Gracias.

opciones en el API

Gracias por la info. Yo también tuve problemas similares con monedas compradas “a coste 0” según cointracking. A mi me pasaba cuando hacia operaciones de intercambio con una moneda para la cual cointracking no tiene precio (la moneda no esta en coinmarketcap)

Lo que comentas de ETHOS, puede ser debido a que el día de la operación cointracking no tenía aún el precio de “EHTOS”?

No entiendo que tienen que ver los movimientos entre wallets o entre wallets y exchanges con los impuestos. Para los impuestos, lo único que cuenta son las operaciones de compra/venta e intercambios.

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No, ocurre con todos los tokens de ICOs que normalmente no cotizan cuando se venden salvo contadas excepciones. Y aunque cotizaran el pecio de compra y de mercado pueden ser distintos.

Por eso lo mejor es que si vamos a meter operaciones manualmente revisar que el precio de venta y de compra coinciden (p.ej. en el listado de “precios por operación”).

Se pueden importar movimientos de wallets o meterlos manualmente. Pero no es importante reflejar los movimientos entre exchanges y wallets salvo que queramos clarificarlo para nosotros o para un hipotético informe para hacienda (aunque no creo que debamos dar tanta información en principio, sólo compras y ventas).

Buenas tardes, creo que te puedo ayudar sobre el tema, he asesorado a varias personas ya para la presentación de la declaración de la renta del 2017.

Ale, ya he presentado la declaración complementaria, con esto y un bizcocho hasta el próximo año, esperemos que no nos suban demasiado los impuestos en el próximo ejercicio, agradeceros a todos vuestras aportaciones y consejos los cuales me han servido de mucho, en especial al señor @alejo que me ha aguantado el coñazo que le he dado jajaja

Aún así a todo esto, mientas la iba rellenando no dejaba de pensar en lo ridículo que resulta tener que declarar y pagar por unos ‘‘ingresos’’ que ya no tengo debido a la tremenda caída del mercado, pero bueno, así de patética resulta la fiscalidad que han propuesto, habrá que apechugar, que remedio…

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