¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Esto ya lo ha dejado claro la administracion, en la ultima consulta vinculante, que las permutas entre criptos originan una alteracion en la composicion del patrimonio y por tanto deben declararse como ganancia o perdida de acuerdo a la valoracion en el momento del cambio.

Si no fuera por esto, yo y muchos no tendriamos que declarar apenas nada en la renta del 2017, ya que las ventas hacia euros en mi caso han sido testimoniales.

Pero ¿si la permuta no te reporta nada? quieres comprar 1000€ de una moneda pero tienes que comprar BTC para poder comprarla y te gastas 1000€ en BTC para comprar 1000€ de la otra, realmente lo que tienes es perdidas de las comisiones.

Si la compra de BTC es inmediata previo a la compra de la otra alt, No hay ganancia o perdida. Pero si gastas 1000 euros en Bitcoins que ya tenías previamente, es como si estuvieras vendiendo Bitcoins y hay que calcular la ganancia o pérdida con respecto a lo que te costaron esos Bitcoins.

A mi me ha fastidiado mucho este criterio ya que a finales del 2017 hice algunos intercambios con bitcoin y ethereum y es como si estuviera vendiendo BTC a 15.000 euros.

Supongo que guardando los datos servirá por si te piden explicaciones.

Ya podrian ser mejores las hojas de las declaraciones, rellenar 4 casillas da 0 confianza. :sweat_smile:

Las monedas del Candy Crush donde las meto en la declaración?

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Alguien tiene una consulta pendiente sobre la ley antirecompra? Creo que es basico saberlo antes del fin de 2018, que yo sepa ningun pais lo aplica en las criptos ya que entre otros motivos hay monedas vehiculares y es inevitable su uso en muchos casos para vender otras monedas.

Por ahora siguen sin actualizar la web de la DGT de las consultas vinculantes, sigue estancada en el 30 de abril :angry:

Está claro que no veremos nuevas consultas hasta que termine la campaña de la renta.

Me parece que cuanto menos preguntemos mejor

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Ya he presentado la declaración. Gracias a Marc y de_xt por toda la ayuda, bueno y a todos en general por los consejos que vais posteando.
:ok_hand:

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Hola, cómo has realizado el pago? Por NRC? Sabes cómo se obtiene el número de justificante de la complementaria que te pide por ejemplo ING para poder hacer el pago? Tengo esa duda, no veo cómo obtenerlo.

Saludos.

Hola, ya estamos fuera de plazo de domiciliación y estoy intentando hacer la declaración complementaria. Ya he metido los datos pero a la hora de ir a pagar desde mi banco (ING) me pide un número de justificante que no aparece en ningún lado en la declaración complementaria. ¿Alguno se ha enfrentado a esto y sabe cómo solucionarlo? Muchas gracias.

El banco es el que te da el NRC para poder realizar el pago.

Yo hice el pago desde la propia sede electrónica de hacienda con el certificado digital, el viernes tarde. Le di a pago mediante cargo en cuenta, elegí la entidad en la lista que aparece, y tras autorizar el pago con el certificado (creo que también vale con clave pin) la pasarela web de la entidad comunica el NRC directamente a la aplicación de renta, y finalmente le di a presentar declaración.

Como digo no tuve que hacer ningún trámite desde la web del banco, todo directamente dese la propia sede. La entidad tiene que estar en la lista de entidades colaboradoras, no se si es el caso de ING, aunque están casi todas.

Sí, pero si haces el pago desde el banco, este necesita un número de justificante para vincular tu declaración y la complementaria no veo que lo tenga.

Claro, el tema es que yo no tengo certificado digital, y desde el banco (ING) te permite hacer el pago y obtienes el NRC pero tienes que facilitar un número de justificante que en la info de ejemplo te dice que aparece en el borrador, pero no es así en la complementaria.

Hola:

No sé si se ha hablado del tema, pero tengo una duda a la hora de meter en cointracking.info las operaciones tipo airdrop o dividendos. Cuando selecciono una operación y la marco como regalo/propina la operación no me computa al hacer el informe de impuestos.

Entiendo que no lo computa hasta que no se vende por euros o se permuta por otra moneda, ya que lo trata como si ese dinero ya fuera nuestro de antes. Sin embargo si recibes unos token, bien por minería, regalo o dividendos en principio se debería de declarar por él. He probado a meter operaciones como minería, regalo o ingreso, pero en ningún caso me genera plusvalía de ningún tipo.

Los que usáis esta herramienta, ¿Cómo habéis incorporado este tipo de movimientos? Es que a mí sólo se me ocurre poner una compra de los token a 0 euros, venta a euros por el valor que tiene ese día y vuelta a recomprar el token al precio de mercado (es decir dos operaciones ficticias de ida y vuelta con suma 0 para forzar a que se refleje un incremento patrimonial). Esta opción es válida desde el punto contable, reflejaría los impuestos y mantendría el saldo invariable pero me parece un engorro, y sobre todo, en caso de que nos pidan documentación, estamos aportando movimientos falsos.

¿Algún consejo?

Gracias por anticipado.

Saludos

Por cierto, ese pago ya era fuera de la posibilidad de domiciliado? Lo digo porque como ya no está permitido no sé si es que la web aún muestra esa opción pero ya no va a ser válida o podría pagar desde ahí (no tengo certificado pero sí clave pin)
Gracias!

Si claro, desde el jueves ya no se puede domiciliar.

Los airdrops que cotizan en el momento de recibirlos aparecen en otro apartado, “informe de ingresos” que en teoría se declaran por separado en la renta general, no la del ahorro, por eso no aparecen en el informe de ganancias y pérdidas. Se incluirían como ganancias que no proceden de transmisiones patrimoniales.

Si quieres que te aparezcan como parte de la ganancias para la renta del ahorro hay que meterlo como dices, como compra por 0 euros.

Buenas.
Presente la declaración el 14 de junio y aún no me han retirado el dinero de la cuenta.
Veis normal la demora?
Gracias