¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

De nada.

En cualquier caso, dos apuntes:

  1. Es probable que antes de notificarte la “propuesta” te envíen primero un requerimiento solicitando la documentación.

  2. Hasta que no se resuelva dicho procedimiento de “rectificación”, la autoliquidación presentada produce todos los efectos, es decir, que en octubre tendrás que pagar el 2º pago fraccionado del IRPF. (si luego ya te dan la razón, no te preocupes, te devolverán la cantidad correspondiente).

  3. El procedimiento, según la normativa, ha de durar máximo 6 meses. Por experiencia, he visto procedimientos que tardan dos años en resolverse, no hay consecuencia para la Administración Tributaria por saltarse el plazo máximo de resolución (más allá de los intereses de demora a tu favor en caso de que te den la razón).

  4. Ten controlado el buzón de tu domicilio y asegurate de tener bien informado tu domicilio en Hacienda.

Saludos,

Totalmente de acuerdo @Marc, pero es que yo me estoy refiriendo incluso a no poder compensar las “ganancias” con las “pérdidas” dentro del mismo ejercicio fiscal. Cuando vendes una cripto por BTC, estás “recomprando” BTC. Si hay una pérdida del valor en Euros pero no puedes computarlo porque te lo consideran una recompra, resultaría que el resultado neto de un ejercicio sería la suma de tus ganancias, sin poder restarte la suma de pérdidas.

Ya, ni me lo había planteado con la nueva consulta. Ciertamente esto ya paso con el tema del juego online (jugadores de pokers) y fue arreglado a posteriori aunque me consta que por el camino…hubieron un par de casos sonados que no se pudieron arreglar (dura lex, sed lex), pero no creo que con las criptomonedas y su uso masificado por parte de los contribuyentes se llegue a la conclusión que planteas. Veremos qué aclara la DGT…

Piensa que seguramente en dos tres años ya tengamos resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que están “técnicamente” por encima de la AEAT y la DGT y sus resoluciones dictadas en unificación de doctrina vinculan a todo el mundo. Tendrán la última palabra.

El problema es que no existe jurisprudencia al respecto por ser un tema muy novedoso, pero los últimos pronunciamientos del Tribunal Supremo (en otros impuestos como la plusvalía municipal o el impuesto de transmisiones patrimoniales) dejando muy claro que no es permisible la tributación de riqueza ficticia y con estas consultas de la DGT se esta estableciendo un sistema de este tipo…

Saludos,

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Lo de tener resoluciones en dos o tres anyos seria genial, pero sospecho que lo haran pasar de 5 para no devolver ni un centimo. Sobre lo de aplicar la norma antiaplicacion, si es asi serian dos meses o un anyo? Si es un anyo ya podemos venderlo todo

Me ha parecido entender que la agencia Tributaria a prohibido el trading de cryptos en España…?
Es eso cierto estar prohibido hacer tradeo von cryptos en España…???

No lo ha prohibido. Es una forma de hablar. Quiere decir que lo han puesto complicado y que no sale para nada rentable. Que conviene hodlear y no vender hasta que no tengas claro que lo quieres meter en el banco

This la gente está fugando a uk cuando tiene grandes beneficios

Pero haber que yo me aclare, de que c#j#n#s estamos hablando? De que lo han puesto complicado por la forma de tributar no? Porque esa es una cosa y que salga rentable otra diferente, si ganas dinero rentable es

Y qué pasaría si vendiste tus btc en 6k para comprar otras altcoins después de haberlo comprado cuando costo 15k por ejemplo, eso te contaría como pérdidas claramente no?

El problema por lo que decís es que al vender una Alt en perdidas y volver a comprar la misma coin según comentais no se pueden desgravar esas pérdidas.
Si eso es así se han cargado el tradeo de Alts ya que son decenas o centenares de veces las que vendemos en perdidas y recompramos la misma Alt mas abajo para acumular mas coins…
Alguien puede confirmar si esto es así con total.seguridad

Bueno realmente no sé lo han cargado del todo, siempre puedes vender otras alts para comprar esa que está cayendo y te interesa comprar más abajo, en vez de vender la misma para recomprar

Si claro…y esperarte un año para volver a comprarlas

Si pero estamos hablando de recomprar con la misma moneda, si tú vuelves a comprar la misma moneda con otro par, no debería haber problema no? Porque una cosa es vender ETH y volver a recomprarlo mas abajo y otra cosa es coger BTC que tenías guardado para comprar más ETH, o da lo mismo? Porque sería absurdo…

Lógicamente es lo mismo, da igual que “compres” ETH con euros o con Bitcoins, es indiferente el par en el que estés operando. Además en la última consulta han dejado claro que no importa donde realices las compras, todo pasa a formar parte del mismo “pool” a la hora de calcular el FIFO.

Pero entonces cual es el problema de comprar mas de una misma moneda si esta sigue bajando de precios y quieres comprar mas cantidad?

Ninguno. El problema es si vendes en pérdidas y compras de nuevo, con el mismo par o con otro, en teoría no podrías contabilizar esas pérdidas para compensar tus ganancias, por lo que al final sólo pagas por las operaciones con ganancias, lo cual es ruinoso. Esto mismo pasó con los jugadores profesionales hace unos años.

Si vas aumentando tu posición poco a poco sin vender en pérdidas no hay problema. Y si reduces tu posición y no la aumentas en 1 año tampoco.

Una forma de evitar esto, para compensar ganancias con una posición en pérdidas y queremos evitar recompra, siempre que no pensemos aumentar dicha posición en el futuro, sería comprar más por el monto que queremos compensar y vender inmediatamente al precio actual. Un ejemplo:

  • Compramos 1000 XRP a 0.25$
  • Vendemos 1000 XRP a 2$ (computamos ganancia de 2000-250 euros=1.750 euros)
  • La cotización baja y recompramos 1000 XRP a 1.5$
  • Sigue bajando. Ya está a 0.5$. La hemos jodido. ¿qué hacemos?

a) si vendemos todo a 0.5$ en teoría ya no podemos recomprar en 1 año, ya que no podríamos compensar las ganancias anteriores con estas pérdidas. Como es muy probable que acabemos recomprando otra vez, pagaríamos impuestos por la ganancia total de 1.750 euros (de 0.25 a 2$) sin poder compensarlas con estas pérdidas.

b) para poder compensar dichas ganancias, y si pensamos mantener nuestra posición de XRP en el futuro (como hacemos casi todos), lo que hago es comprar otros 1000 XRP a 0.5$ (con lo que ya tengo 2000 XRP) e inmediatamente los vendo, con lo que al usar FIFO me computa como si hubiera vendido los 1000 XRP que compré a 1.5$. De esta forma me quedo con los 1000 XRP que tenía originalmente y he compensado parte de la ganancia anterior con esta venta, de cara a hacienda (son 1.500-500 euros=1.000 euros de pérdidas, que se restan de los 1.750 euros de ganancia previa, con lo que sólo tributamos por 750 euros de ganancia). Eso si, de esta forma no podríamos aumentar nuestra posición en XRP en 1 año, por lo que esto sólo sirve, en este ejemplo, si no pensamos holdear más de 1000 XRP a un año vista.

Espero que se entienda, aunque se que parece un poco lioso pero en el fondo no es tan complicado y puede ser una forma sencilla de reducir nuestra factura fiscal en el ejercicio (recomiendo revisar todas nuestras posiciones cerca del final del año, para ver si hay posibilidad de compensar algunas ganancias, cosa que yo no hice el año anterior y me costó un susto bastante gordo en impuestos).

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Vamos el resumen para que no te joda Hacienda sería nunca vender la misma moneda en pérdida para recomprarla mas abajo, es decir, si ves que una moneda que te interesa esta bajando de precio en vez de hacer eso lo suyo sería comprar más cantidad con otra cripto diferente no?

Pues para resumir si. Comprar con lo que sea, euros, dólares… es indiferente. Pero sabiendo que si compras con BTC o ETH estás “vendiendo” estas monedas y por tanto computando posibles ganancias o perdidas. Esto no pasa si se usa fiat, paradójicamente.

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Con ese criterio Hacienda casi que te obliga a cumplir la norma cripto de todo buen holder ‘‘nunca vender en pérdidas’’ jajaja. Pero esto me plantea una duda, si después de comprar BTC en 10k por ejemplo lo hubieses vendido en 6k para comprar diferentes Altcoins, que pasaría?

Has vendido BTC en pérdidas. El problema es que si “recompras”, es decir vendes algunas alts por BTC, no podrías compensar parte de dichas perdidas, de ahí el cabreo de algunos en Twitter estos días (todo en teoría claro, ya que no hay pronunciamiento expreso a este respecto por parte de hacienda; pero como se suele decir, mejor hacer las cosas con cabeza por si acaso para estar preparado para lo peor).