¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

A tener en cuenta…

A destacar:
" Su voluntad es imponer a los asesores fiscales la obligatoriedad de compartir información de sus clientes, lo que pone en jaque su derecho al secreto profesional y genera un problema de competencia con otros países de Europa en los que sí se ampara el secreto profesional, como Alemania, Eslovaquia, la República Checa o Polonia.

En España (como ocurre en Italia, Portugal o Francia), los clientes tienen secreto profesional “pero la intención de la Agencia Tributaria es limitarlo ante los tribunales”, explican, pero los asesores fiscales son una profesión que no está regulada y no tiene derecho al secreto profesional desde que se aprobó la Ley para prevenir el blanqueo de capitales."

Resalto esto:

El derecho que poseen las personas de poder excluir a las demás personas del conocimiento de su vida privada, es decir, de sus sentimientos y comportamientos. Una persona tiene el derecho a controlar cuándo y quién accede a diferentes aspectos de su vida particular.

A ver cuando se lleva España la siguiente colleja de la UE…

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Ayer pedí cita para hoy en la administración de hacienda para dudas sobre la declaración.
No para presentarla o comprobarla.

He preguntado el porque del aviso en rentas del extranjero .
Muy amable me ha verificado y en 2018 no tienen ningún registro todavía.

Pero del 2017 tienen un registro de unas ganancias de 450€ .

Sobre la procedencia. Me ha comunicado que sale registrada dicha ganancia de forma genérica como “casa de juegos”
En fin… España.

Al ser 450€ y no superar los 1000€ no hace falta que haga complementaria verdad?

Pensaba que la norma de los 1000€ había desaparecido y ahora se declaraba desde el primer euro.
Igual que hicieron con los dividendos. Que se declaran desde el primer €.

LADRONES!

Si porfavor, debo ser muy tolai porque solo encontré lo de la declaracion por teléfono y yo lo que tengo son dudas xD

Os dejo el link.
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Campanas/Cita_previa/Cita_previa.shtml

Comentar lo que os digan please :+1:t2:

Muchas gracias @Coat_IV, a ver si a alguno le comentan algo de las criptomonedas, yo como buen cagaprisas acepté el borrador antes de darme cuenta del aviso de las criptomonedas … yo seguramente también pida cita, estoy bastante intranquilo con esto …

En fin, no hay ni un dia disponible en madrid

Me salen dos opciones de cita previa. Para la renta 2018 y para información, asistencia y requerimientos. ¿Cual escogiste?

Parece que hay gente que en lo datos fiscales les aparece cambiado el famoso “aviso”, cambian lo de la casilla 389, que no permitía poner pérdidas, por la casilla 356 y siguientes.

Dejo copia:
“CRI0001 De acuerdo con los datos que dispone la AEAT, usted ha realizado operaciones con criptomonedas.
Le recordamos que los beneficios generados en dichas operaciones constituyen rentas sujetas a IRPF, con la calificación de ganancias patrimoniales, que deben de incluirse en el apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales” (casilla 356 y ss) de la declaración del Impuesto.”

Confirmo el cambio.

Gracias por tu mensaje. Me parece de gran ayuda que te hayan comunicado eso…Sin duda me pasaré por allí yo también. Tienes la opción de hacer una complementaria y declarar ganancias por esos 450 euros o esperar a que te multen con esos datos o que lo dejen pasar por ser tan poca la cantidad. No sé de dónde sacáis eso de que si no se superan los 1000 euros no se declara (si es verdad que me corrija alguien). Yo por depósitos bancarios saqué una ganancia el año pasado de 10 euros y pago el 19 por ciento…Hay que joderse, no tienen ni un día disponible. Qué país.

Te doy un consejo que creo puede ser de utilidad. Al pedir la cita no pongas “información general”. A eso no le dan prioridad y por tanto no tienen ni momentos disponibles. Pide cita para algo más concreto que más o menos pueda tener relación y luego allí dices que lo que quieres es informarte del aviso. Ya he pillado una así.

Entonces han sido los bancos los que han pasado la info?

Confirmo el cambio yo también …

Eso es que en el lugar donde vives funcionan bien y hay cita. En el sitio donde vivo yo me he tenido que inventar que voy a pagar una deuda o a que me informen de una deuda y así aprovecho y pregunto, si no no hay manera. Espero que me traten tan bien como al compañero de aquí que le han dicho lo que tienen del año 2017. Me parece muy amable que se lo hayan dicho, la verdad…no parecen tan malos…Ojalá a mí me digan también qué es lo que tienen y así me quedo tranquilo.

Bueno, a ver si conseguimos arrojar algo de luz, ya hemos pasado de la casilla 389 a la 356 …

Eres un crack, gracias tio xD…el lunes os comentaré que me dicen los de hacienda

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Para la renta de 2018.
Te dan opción para atención telefónica pero no había horas disponibles.
Para cita presencial si que obtuve hueco.

A mi para la renta 2018 me decía que hasta mayo no podía pedir cita.
Ya os comentaré lo que me dicen.

Hay que darle a la opción de información sobre el impuesto de la renta.
Así me dejo.
Un saludo :ok_hand:t2:

A ver si alguien más especializado o con más experiencia en el tema nos confirma el tema de los 1000€.
Si mal no recuerdo hace unos años era así. Lamentablemente me parece que lo pasaron a tributar desde el primer €.