¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin)

Da igual los Bitcoin que te queden al final, lo importante es solo los beneficios o pérdidas que se han generado en cada venta, lo que te queda al final es porque no lo has vendido y no tienes que declararlo.
Solo se declara por cada venta, ya sea a Fiat o entre criptomonedas.

OJO, en el momento de hacer una permuta lo que se tributa es la ganancia o pérdida patrimonial de la permuta.

-Si compras btc con euros, hasta que no vendas no hay permuta (al convertir en fiat)
-Pero si por el contrario compras ej. litecoins a 25 euros cuando valían hacen unos meses, y ahora los conviertes en iotas, tienes que pagar por la ganancia de haber comprado litecoins a 25 y venderlos al valor actual por los iotas.

Sí, es una absurdez plena y absoluta, porque tu a lo mejor quieres hacer hold de iotas, pero el estado te obliga a tributar por esos beneficios “virtuales”, obligándote a descapitalizarte y vender iotas a euros para poder pagar si no tienes efectivo en tu cuenta. Beneficios que pueden desaparecer en cualquier momento… dada la volatidad del mercado.

Es más, podemos llegar al absurdo, de que como no puedes desgravarte perdidas si recompras el activo (creo que en plazo inferior a un año) que por ejemplo, recompres litecoins (antes de pagar) te baje, pierdas el valor tengas perdidas severas, pero como no te las restan tengas que pagar por beneficios virtuales que han desaparecido y que ya no existen, pudiendose llegar al absurdo si se cumplen determinadas circunstancias que estés arruinado con pérdidas y que sin embargo hacienda te pida pagar.

No tiene sentido… no se quien es el lumbreras que se ha sacado esta ley.

Este es un argumento de los muchos por los que hago hold de todo, y las permutas que hago de eth a las altcoins que es imposible pagar con fiat son casi instantáneas, por lo que no doy tiempo a que me varíe el activo de la permuta.

En este sentido podemos estar tranquilos hasta que vendamos.

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Injusto no, injustísimo… Pues como bien dices te obligan a vender cryptos para pagar o bien confiar en que no te pillen y dejar que prescriba a los 4 años. Lo cual no es tampoco la opción ideal.

Por curiosidad, lo pagaste así porque te lo reclamaron? yo soy de los que no he recibido ninguna advertencia en hacienda pese a haber hecho trading en años pasados.

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En mi caso, como los bitcoins me salieron casi gratis, la primera venta del trading me cuesta un ojo de la cara…

Pues cuando hice esa operacion el bitcoin estaba a unos 10.000€ y vendi unos cuantos para posteriormente recomprarlos cuando bajaron de precio. Empecé y terminé el año con bitcoins, pero hacienda según decís eso no le importa, solo le importa el beneficio o perdida en cada operación.

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Correcto, se pueden generar situaciones absurdas en las que se pretenda cobrar impuestos por supuestos beneficios teóricos que no se han disfrutado.

Con lo sencillo y justo que sería tributar solo cuando nos pasamos dinero a nuestras cuentas descontando lo invertido. Es decir, tributar por los beneficios reales, no los ficticios.

El tema es que por ahora no hay una ley clara, no hay una normativa coherente y específica… solo hay interpretaciones de leyes y consultas.

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Es por ello que yo espero que alguien con un poco de luz cambie esto… porque ahora mismo es … increíblemente ridículo.

Todavía no me han reclamado nada, el pago que hice yo es de la renta del año pasado, desde entonces lo que hago es holdear mis criptos. Cierto es que este año me apareció el famoso mensaje en la declaración. En mi caso, la cantidad a pagar era bastante y por mucho sudor y casi lágrimas que me costó de la impotencia e injusticia tan grande no me quise arriesgar ya que las multas son elevadísimas (para más inri…).

En fin, entender que el Estado lo que quiere es robarte, sale muy caro.

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Yo no hago declaración porque me pasé todo 2018 en paro, pero leyendo el hilo te entra el acojone. Espero que para el año que viene la situación se clarifique, aunque con el Frente Popular al mando lo único que espero es un puto atraco a mano armada.

¿Eso te exime de hacerla si has ganado con cripto?

Por mí parte he estado acumulando movimientos en cointracking para la declaración y me he dado cuenta que en 2017 hice una retirada a final de año y me llegó con retraso al día 2 de enero… Probablemente me haya saltado por eso la notificacion.

Entiendo que una vez realizada la de 2018, lo correcto sería hacer una complementaria de 2017? Hay plazos para las complementarias?

Es que eso de ganar me queda aún muy lejos… :sweat_smile:

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Lo lamento. Espero que con estas subidas que están habiendo en los precios puedas recuperarte.

En mi caso nunca me he transferido dinero desde ningun exchange a mi cuenta bancaria, simplemente hice algo de trading que reinvertí en comprar más bitcoins. Quizás por eso de momento me salvo al no haber hecho saltar ninguna alarma…

Lo más seguro para mí es hodlear tambien durante un tiempo hasta que prescriban las operaciones si es que no pega el subidón y decido vender antes :stuck_out_tongue:

Lo de pasar el dinero a la cuenta es indiferente, si vendes dentro del exchange hay que tributar en el momento de la venta, como ocurre en otros ámbitos como p.ej. las plataformas de juego online. O como ocurriría si operas con un broker extranjero.

Otra cosa es que se pudiera tributar sólo cuando vendes a euros, todavía queda la esperanza de que puedan considerar algun día a las criptos divisas y por tanto poder utilizar el criterio especial de imputación temporal para divisas, pero por ahora lo que tenemos es el criterio de tributar por permutas.

Aun asi yo diría que puede haber un cambio de criterio bien por parte de la UE u otras instituciones, ahora que se nos vienen nuevas “divisas” como la Libra de Facebook, que para bien o mal va a forzar una revisión regulatoria con respecto a las criptos en muchos ámbitos. Cuando hay tantas empresas importantes detrás, es ingenuo pensar que no hagan “lobby” frente a las administraciones para eliminar trabas regulatorias. Os imagináis tributar por cada “compra” y “venta” de Libras en cada transacción? Lo haría impracticable y un freno importante a su adopción, y seguro que no se quedan de brazos cruzados.

Pregunta:
Para la declaracion, si se quisiera hacer una por divisa, simplemente habria que dar de alta un elemento patrimonial por cada moneda en la pagina 12? no se indicaria de ningun modo que divisa es no?

por otro lado, me he basado en el primer punto ¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin). con tener los excel guardados por cada divisa seria suficiente no?

@de_xt es asi?

En efecto, te limitas a poner elemento patrimonial 1, 2, etc…

Para aportar los movimientos bien puede servir el Excel exportado de cointracking, bien total o separado por monedas (digo excel porque es un formato que pueden manejar los inspectores, no así otros como CSV, Json etc; ya expliqué en otro punto que es mejor facilitar la vida al inspector con la información aportada para evitar problemas).

Ahora bien, un excel debe complementarse con una fuente a ser posible admitida a derecho, que corrobore los datos contenidos en él. Un autónomo aportaría facturas de ingresos y gastos. Nosotros sólo tenernos los CSV de los exchanges, y comprobantes de transferencias de los bancos. Mejor acompañarlo con lo que tengamos; si todos los números cuadran, deberían darlo por bueno. Al fin y al cabo eso es lo que buscan, que no haya incongruencias entre lo declarado y los documentos aportados.

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Pues ya he hecho mi declaración y en Hacienda.
Y como me esperaba el funcionario ha tenido que llamar a su vez a otro que había hecho un cursillo.
Lo que decía el hombre es que tendre que demostrar la veracidad de los datos del exchange.
Y yo le pregunté como y la contestación fue no lo se.
Le digo que se me ocurren 2 formas que le suministren información los exchanges o que un inspector se siente a mi lado para yo hacer la descarga delante de el de los csv.
Las caras que puso era para una foto.
No le gustó ninguna de las dos pero tampoco dió ninguna alternativa.

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Haz una descarga del archivo csv ante notario…si con eso no funciona ya es imposible

La veracidad de que datos, has declarado por ingreso a fiat o solamente por permutas, beneficios o pérdidas?

Hay que adjuntar el excel?como se adjunta en la declaracion?

o se espera a que soliciten dicha documentacion?

Si ni siquiera ellos saben cómo va el asunto que esperan se nosotros? Los cv’s son lo único que tenemos a día de hoy para demostrar la compraventa de criptos. Se ponen a sacar normativa de mierda y es lo que pasa, todo sería mucho más fácil si solo tuvieras que declarar al pasar Fiat al banco ya que ahí no cabe manipulación ninguna, quedaría constancia del dinero que sale y entra a tu cuenta bancaria pero no, la cosa es tocar los hue… Y complicar las cosas

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