¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin)

Es la conversación recurrente. Es posible que hacienda no se haya pronunciado especificamente, pero eso no significa que no “haya” que declararlo. si no que debemos interpretar la manera de hacerlo.
En ese sentido, parece claro que airdrops y staking pueden tener equivalencia con algun tipo de donacion/regalo en el caso de airdropos, o rendimientos del capital mobiliario en el caso de staking.

Por hacer una simplificacion al absurdo. Seguramente no haya un comunicado de hacienda respecto a la venta de brocoli. Pero eso no significa que no tenga que declarar las ganancias si me dedico a venderlo o cultivarlo. no??

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La verdad es que el problema es precisamente cuando equiparas las cryptos con algo mundano como el brócoli. Y entiendo perfectamente tu ejemplo eh! Estoy incluso de acuerdo.

Pero déjame puntualizar. Creo que quien más quien menos sabrá ubicar el cultivo y venta de brócoli dentro de la actividad que toque, incluso si no sabes podrás ir a cualquier gestor (no especializado en brócoli) a que te lo aclare. Sabrás entonces cómo declarar tus beneficios a partir de esa actividad.

Ahora vamos con las cryptos… a estas alturas no te digo que no podamos o sepamos interpretar (estemos o no de acuerdo) si es un bien, una divisa o el qué, y podamos o sepamos interpretar cómo declarar esos beneficios y en qué manera. Ve a un gestor cualquiera (no especializado) y dile que eres trader o hodler, que compraste unas cryptos y las cambiaste por otras 365000 veces, que has sufrido 3 o 4 quiebras de exchanges de los que no tienes ni la info ni tu dinero, y además en el camino has vivido forks de diferentes monedas, has stakeado con otras, te montaste un masternodo, participaste en varios airdrops y que minabas con el móvil Scalas.

No sé, se puede interpretar cómo declararlo de las consultas vinculantes ¿? Sí, en este hilo se explica, creo. Hay algunos gestores que te podrían asesorar ¿? No lo dudo, con más o menos acierto y posiblemente con diferencias de criterio entre algunos.

Pero las cryptos no son el brócoli. Lamentable en mi opinión que a estas alturas no tengamos una regulación clara a cerca de ellas por parte de hacienda.

Saludos!

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Y si lo equiparas a algún otro producto/inversión y lo haces mal? Es otro riesgo también, como dice el compañero de abajo es lamentable que a estas alturas no se tenga todo claro, está claro que hay que declarar, pero vuelvo y repito, si no te lo dejan todo bien clarito difícil

Jaja, si, ya dije que era una reducción al absurdo.

Evidentemente es un mundo complejo, y estoy de acuerdo en que Hacienda debería aclararlo para que desaparecieran las dudas.

Pero también te digo que no creo vaya a sacar nunca un manual para dummies donde quede el 100% claro y sin ninguna duda. Lo primero porque no saben muy bien de lo que hablan, y lo segundo porque este mundo evoluciona más rápido que ellos. Triste, pero es así

Dicho esto, yo sigo pensando que eso no exime de nada. Es responsabilidad de cada uno. Y ni siquiera es sencillo en el mundo del Brócoli, donde por algo existen las gestorías, asesorías fiscales etc… porque hace falta gente especializada que sepa interpretar correctamente la ley tributaria y sepa cuadrar la realidad con los casos recogidos en la ley…

Pues yo aquí lo veo igual, tratar de buscar el equivalente más razonable en cada caso.

Si puedo estar de acuerdo contigo, yo también querría una comunicación más clara recogiendo todo los supuestos.

Pero ya te digo que eso es irreal. No se que tipo de declaraciones soléis hacer. Pero a poco que te sales de la declaración estandar de trabajador por cuenta ajena, entras en follones de mil demonios, donde las cosas no están claras y nadie tiene verdades absolutas. Ni siquiera los asesores ojo, que luego no asumen responsabilidades en caso de que hacienda encuentre fallos.

Pues aquí no veo que vaya a ser distinto, ni que por no estar claro nos podamos excudar en: “pues no declaro e ya”

Just my opinion…

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Entiendo tu punto de vista y claro yo también estoy de acuerdo en que toca declarar, pero el tema de equiparar productos a otros pues en algunos supuestos no se yo … El tema de airdrops y staking es complicado, está claro que los airdrops se podrían ver cómo regalos (en mi caso son airdrops que a día de hoy no valen nada, por lo tanto no le veo sentido) … El tema staking puede dar para largo, es cierto que se puede ver como rendimientos de capital mobiliario, pero imagínate que lo declaras y luego pierdes las Keys de tu wallet, del nodo o lo que sea … Habrías pagado impuestos por nada básicamente.

Vuelvo a estar de acuerdo contigo :stuck_out_tongue: Así da gusto conversar.

No he dicho que no haya que declararlo ni que no haya manera de interpretar la ley para hacerlo sino todo lo contrario.

Sólo puntualizaba que no es comparable y aun sabiendo que es imposible que hacienda aclare en un documento escrito cómo se ha de hacer porque ni tienen el conocimiento, sí pienso que unas mínimas directrices deberían a estas alturas habernos dado. Y a partir de ahí pues de nuevo a buscarnos la vida como siempre e intentar hacerlo lo mejor posible para todos :wink:

Saludos!

Bueno, yo lo de perder claves lo veo como un tema de responsabilidad personal. No queremos decentralizacion?? pues toca a cada uno ser responsable de sus cosas…

Pero el tema de las pérdidas es un movida si… sobre todo con tanto scam a la vista, y proyectos que se evaporan…

En mi caso ya he aprendido la lección:
1- Evitar al máximo los proyectos “milagro” y las plataformas de los huevos de oro
2- Al cierre de cada año fiscal, hacer el calculo de impuestos para recuperar parte de los beneficios si es necesario. Así evitar tener que rascarse el bolsillo si todo se va al carajo (como en 2018)

Los temas enreversados: staking, aidrops, forks… es verdad que están mas verdes

Pero la madre del cordero ya la han aclarado (declaración por bien patrimonial en cada permuta).

Si esto se hiciera bien ya se podrían dar con un canto en los dientes vaya.

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¿Y me podríais recomendar algún asesor que se maneje con cryptos?

Tampoco invertí mucho y al final me va a salir más caro el collar que el perro :frowning:

Si lo único que has hecho ha sido comprar, holdear o permutas, tampoco es necesario pagar un asesor para ello y menos si fueron cantidades pequeñas, cointraking o algún otro programa que te calcule los beneficios/pérdidas te valdría, pero vamos si buscas algún asesor para quedarte mas tranquilo comunícate con https://www.seicoasesores.com/ … pero te digo, si es una cantidad pequeña yo me lo ahorraría, porque ya les pregunte precios en su momento y no se hasta que punto te compensa dependiendo de lo invertido.

Hola

Si, Seico Asesores parecen saber de lo que hablan.

Tienen un canal de youtube donde aportan mucha información al respecto, y parece que saben de lo que hablan, controlan el entorno cripto a la perfeccion

Mirate el canal, a lo mejor con eso te aclaras y no necesitas contratarles. Como dice Darik, a lo mejor no te compensa.

La verdad es que había pensado hacerlo por mi cuenta, lo que me hecha para atrás es que por lo que he leído, en los últimos años las casillas de la renta donde poner lo de las cryptos han ido cambiando y no quiero liarla.
Voy a mirármelo y si veo que se me hace muy cuesta arriba preguntaré a Seico.

Gracias

Edit: ¿Por cierto, para cointracking, cómo sacáis la información de los exchanges que han cerrado? hice operaciones en un par de ellos, y saqué mis crypto a tiempo, pero ya no puedo ver el histórico.

Ahí creo que ya no puedes hacer nada respecto al exchange, lo único que se me ocurre es si puedes recordar mas o menos el precio de compra y venta, anotarlo manualmente.

En tus datos fiscales, si te ha llegado el mensaje, hacienda te dice en qué casilla tienes que introducir las criptomonedas,

Cierto, para la renta de 2019 pone casilla 1624 y ss., pero en 2017 y 2018 también tendría que haber declarado y no recibí ningún mensaje. Por eso se me pasó hacerlo.

¿Quiere decir esto que sólo tengo que declarar 2019? Yo quería hacerlo bien y ponerlo todo desde el principio pero si no es necesario, me lo ahorro.

En teoría tendrías que hacer complementarias de los años anteriores.

Ahora haces la de 2019 más dos complementarias, una del 2018 y otra del 2017.
Las puedes hacer online todas.
Para la de este año es la 1624, para los años anteriores :point_down:

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Hola,

He añadido las criptos en la declaracion de la renta en otros años ya que tuve ganancias esos años.

Pero este año pasado 2019 tengo perdidas de trading en criptomonedas. Me da palo pagar a un asesor a hacer una declaración algo complicada (y costosa por lo que veo) cuando ya estoy en pérdidas, y estoy por hacer la declaración de la renta obviando las criptomonedas con un gestor de toda la vida.

Igualmente tengo los reportes de las perdidas 2019 en Cointracking.

¿Estoy obligado a declarar mis perdidas del trading de las criptomonedas de la renta 2019?

Saludos

Buenas. Sí, estás obligado. Está explicado numerosas veces en este hilo.

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Creo que está al caer la aprobación de la nueva ley de hacienda. Habrá que estar atentos a los cambios que puedan afectar al mundo cripto.