¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Pues hombre, yo creo que mientras hagas un uso “normal”, que no denote que estas haciendo lavado de dinero comprando a lo grande o sacando dinero al limite, dudo que se vaya a reportar nada a hacienda. Ahi tu juicio de si debes declararlo o no…

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Como este hilo está muy deslabazado, a ver si tenemos unas pocas cosas claras:

Cuando se recibe un ingreso HAY HECHO IMPONIBLE. Me da igual que conserve lo minado en bitcoins, en pesetacoins o en sillas. Desde el momento en el que el minero obtiene el poder sobre algo con valor, ha recibido una renta que debe declarar.

El valor de esa renta es el del precio en EUROS en ese día. Si no existe mercado de la moneda que sea a euros, SE CALCULA pasando de loquesea-coin a bitcoin y de bitcoin a euros.

Algunos parece que creáis que si me pagan en especie (por ejemplo, casa y coche) no tengo que declarar, o sólo si vendo el coche… De verdad que en impuestos no hay nada nuevo bajo el sol.

Creo q en absoluto te da igual. Si tu minas pesetacoin y el precio se va para abajo pero hacienda tiene en cuenta el valor de btc en todo el proceso, cuando vuelvas a bitcoin quizás hayas perdido un valor en el cambio q no se va a tener en cuenta ya q la única q vale es btc y a hacienda poco le importen lo q le cuentes con respecto a tu mala elección.

Estas olvidando en la ecuación ya no solo la volatilidad de btc contra fiat, si no también la posible diferencia contra la altcoin q hayas minado.

Según tú, si compras hoy un cuadrito en un mercadillo, y este se revaloriza porque su pintor la casca, hay que declararlo…me parece a mi que no. Como lo vendas me parece a mi que si. Ahora imagínate que no es un cuadrito, es un Ripple, bueno 1000 Ripple, que los compro a 0.20€ hoy. Los declaro? y dentro de 5 años, cuando estén a 100€ (más quisiera yo), los declaro? Me parece a mi que no. Si los vendes me parece a mi que si.

Lo podemos ver de otra forma, el cuadrito no lo compras, te lo regala La Caixa, efectivamente pagas los impuestos por pago en especie. Da la casualidad que el pintor catalán que pintó el cuadrito la casca, y el cuadrito se revaloriza, lo declaras? me parece a mi que no. Si lo vendes me parece a mi que si.

Por aclarar, pagas impuestos de ese regalo porque tiene un valor contable, un precio, las monedas minadas no lo tienen, no vienen de ningún balance, es como si el cuadrito lo pintases tú.

No sé si te referías a esto cuando has dicho:

Si no, me callo :grin:, (se me ha ido la olla con el cuadrito)

Buenas

Parece lo mismo pero creo que es diferente .
1 Las cripto se consiguen de varias maneras .
2 La maneras que recuerdo son :
MINAR,COMPRAR.
3 La actividades de minado se tributa , la compra se refleja para que no de error a un delito de blanqueo.
Las tienes y cuando lo cambias a fiat ,aportas de donde las has sacado y como .
Y hay tributos por ello .
Minado (autónomo ) declaras y te desgrabas.
Compra pagas por enriquecimiento de patrimonio después de un año en tu poder , sino pagas otro porcentaje .

Un saludo

¿Qué volatilidad? ¿Es que no sabes en qué momento minaste el bloque? Hay decenas de páginas en las que consultar cualquier cotización Euro/BTC/alts para cada minuto de los últimos años.

El problema que ves de valoración no existe.

También se consiguen por Airdrops y hard forks…para complicar un poco más la cosilla

Está bien tu ejemplo de pintar un cuadro sin venderlo. Pero falla en que un cuadro no tiene valor en principio porque es un objeto único; no tiene mercado establecido, . Las cryptomonedas sí lo tienen, y para colmo está siempre abierto.

Incluso si acumulas todo lo que minas, tendrás que llevar contabilidad como autónomo o empresa, y a final de año tendrás unas moneditas que a principios de año no tenías… y tendrás que declararlo por lo menos a valor de 31 de diciembre (o la fecha que sea si no llevas un año fiscal convencional).

Todo esto dicho sin ser asesor del tema, así que no se me puede hacer responsable de consecuencias por hacerme caso. :grin:

Lo mismo digo, lo bueno es ver el mismo tema desde varios puntos de vista. :slight_smile:

Pues ahora imagínate que el año pasado se movieron unos 53.000 millones de euros. Menos mal que no tiene mercado, porque sino tela.

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Ah, pues voy a pintar un cuadro yo y decir al banco que me preste 1 millón de euros contra el cuadro, a ver qué me dice…

No me seas obtuso, Juanma. Que haya mercado de obras de arte no quiere decir que un cuadro valga algo antes de que alguien lo compre por primera vez. No es comparable a una moneda, cripto o estatal, y ahí falla la analogía y así lo he dicho.

Evidentemente habrá que evaluar tu cuadro, quizas tengas suerte y seas mejor artista de lo que piensas. :joy:

Que conste que yo solo me refería a la supuesta falta de mercado. Mercado hay para todo, siempre y cuando alguien esté interesado en comprarlo.

Y mi comentario no era dejarte mal parado, simplemente aclarar.

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Que yo sepa ahora mismo la hacienda española solo contempla como cryptomoneda el Bitcoin…

Partiendo de que tu hayas minado una crypto que no sea bitcoin y se den las siguientes circunstancias:

  • Bitcoin valga en ese momento 4000.
  • La moneda que tu mines obtienes 4000 unidades.

Con el tiempo bitcoin se revaloriza y llega a valer 8000 (lo que sería un x2 no?) y sin embargo la moneda que has minado y que has decidido conservar se devalua hasta los 2000 (obtienes un /2).

Ahora decides que te has aburrido de tu experimento y conviertes tu crypto a fiat y te pagan los 2000…

En este momento crees que no es importante si hacienda ha tomado en cuenta el valor de cuando minaste tu crypto y supone que la has convertido a BTC inmediatamente?
De repente recibes 2000 por tu moneda y tu argumentas que en el momento que la minaste valía 4000, por lo cual tu has tenido una perdida “patrimonial”… pero sin embargo hacienda te dice que has vendido 2000, pero deberías tener 8000… donde están los restantes 6000?

No se si me he explicado claramente??? :wink:

¿Esperas que emitan un edicto por cada altcoin consierándola cryptomoneda? A alguien al que le digas que las demás son el mismo principio con otros nombres, lo entenderá enseguida, incluso si es funcionario. :grin:

De momento creo q solo se habla de bitcoin. Q me corrija alguien si me equivoco, por eso toda la exposición anterior. Si admiten cualquier crypto entonces nada q objetar.

xD eso es de blanqueo de invernaderos en El Ejido.

Mientras esté en el mundo cripto, no hay nada que declarar, esos euros en Kraken no es dinero, es un acuerdo de que Kraken te debe dinero, mientras no toquen tu cuenta, nada.

Por supuesto, mantenerlos ahí indefinidamente, es un riesgo

Alguien ha pedido factura de compra de asic a bitmain para justificar la inversión de cara al irpf? En el hilo de antminer me comentan que por defecto solo dan una factura comercial de importación para el tema de aduanas, pero creo que no vale para justificar el gasto a Hacienda.

Desde mi ignorancia, lo mismo podríamos decir de dinero que tengas en el banco: es un acuerdo de que el banco ter debe dinero.

Por eso no haces la declaración de la renta por el dinero que tienes en la cuenta, sino por lo que has ganado.