¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

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@Fiscaly.com o los entendidos. La norma anticapitalizacion se. Aplica solo al año fiscal? Es decir, si ahora el 31 vendo en perdidas, y si vuelvo a comprar el 1 de enero. Esas perdidas del 31 pueden ser computables?

Si, pero como en francia estan hablando de intercambios de bitcoin por moneda fiduciaria no entre cryptos

Exacto, creo haber leído que estaban hablando de aplicar impuestos solo al cambiar por FIAT

Es decir, que puede darse el siguiente caso?

Una persona mete 3000 euros en 2017. Compra, vende, etc. En 2018 deshace todas las posiciones y transfiere todo de vuelta a su cuenta corriente (mi caso) y le llegan, digamos 3100 euros, con lo que ha ganado en ese tiempo 100 euros.

Sin embargo, según las maravillosas normas contables de Hacienda, podría salirle a PAGAR un impuesto sobre las ganancias MAYOR que las propias ganancias, digamos 300 euros.

Fantástico, no?

Es que segun las maravillosas cuentas de hacienda, tu cada vez que intercambiabas cryptos ganando valor en fiat con ello debias ya cambiar la parte correspondiente a impuestos a fiat en ese momento, no fuera a ser quetcomo puede pasar en estos activos] caiga un 10 o 15% en minutos y pierdas su parte, todo ello sin que importe que a lo mejor en el exchange donde haces ese intercambio ni tan siquiera tengas la oportunidad de pasar nada a fiat

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Es mas[aunque no se si este sera un caso a tratar de otra manera] imagina que compraste ethereum a 300 euroa y a los dos meses vale 500 e inviertes en una ico comprando 500 tokens, cada uno de ellis valorado a 1 euro por la ico, segun las cuentas de hacienda tu ya has ganado 200 euros[tu adquiriste ethereum a 300 euros y los cambiaste por unos tokens que segun la empresa de la ico valen 500]ahora aale a cotizar y en minutos esos tokens[como ha pasado infinidad de ocasiones] valen 150 euros, y ademas salen a cotizar en un exchange sin paso a fiat, pues mejor que suban en ese año fiscal, porque tu has perdido 150 euros, pero a hacienda le debes los impuestos de 200 euros

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Fijate en el sin sentido, en lo que tendrias que hacer para poder cumplir con hacienda y no arriesgarte a perder el dinero que necesitas para los impuestos por la fluctuacion del mercado.Tomando el ejemplo de antes el ethereum comprado a 300 euros en por ejemplo kraken y que ahora vale 500,pues bien quieres conprar cualquier token que no tenga par directo en kraken ni con fiat[pongamos por ejemplo holochain y que valiera un euro para hacer el ejemplo mas sencillo] mandarias tu ethereum a binance, comprarias 500 holo[en ese momento para hacienda ya has ganado 200 euros de los que 42 son suyos] y justo en el instante siguiente, por lo que pueda pasar tendrias que vender 42 holos por ethereum, mandar este a kraken y cambiarlo por euros y guardarlos para la declsracion del año siguiente, y asi con cada operacion en el que el supuesto incremento de valor se produzca y digo supuesto porque esos holos[por mucho que el mercado los valore en euros o dolares] tu no puedes hacer ese cambio directamente necesitas pasar por un token que tenga paso directo a fiat, lo logico es la postura francesa solo impuestos al passr a fiat y me da a mi que el que mueva mucho capital acabara en juicio r3clamando que esto sea asi

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Entonces estaremos a expensas de que algún ricachón reclame y pueda hacer que esto cambie, nosotros de momento, quejándonos por un foro no vamos a conseguir nada desde luego.

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@Biterkasio

Y podrías darte con un canto en los dientes si, aún así, te sale una cantidad moderada a pagar a la que puedas hacer frente. El problema es que, en este tipo de burbujas, las cantidades que te pueden salir a pagar pueden ser disparatadas, tanto como para arruinarte la vida. El sistema está trucado y ellos siempre ganan (otro día hablamos de la norma antiaplicación de pérdidas).

Aquí un caso USA, al que le han arruinado la vida, ya que debe, nada más y nada menos, 50.000$ sin tener nada tras la caída de precios:

O estos casos en UK o Alemania, que se han quedado sin nada tras pagar los impuestos:

A mi me parece un auténtico disparate, pero eso no quita que sea lo que muy probablemente te van a querer aplicar si te revisan. Léete sino el caso de Vallejo en España, campeón de ajedrez, al que le han jodido la vida reclamándole ganancias por el poker online que no son tales, ya que sólo le tenían en cuenta las ganancias y no las correspondientes pérdidas:

A esta gente le trae al pairo si lo que resulta de aplicar la normativa tiene sentido o no. Son así, sólo quieren sus ingresos y punto.

Insisto, no me parece que sea razonable en absoluto, pero siento ser el aguafiestas que le recuerde a la gente lo peligroso que puede resultar esto si no sabes lo que estás haciendo. Por eso, creo que lo mejor es informar a la gente para que sepa qué es lo que hay y a lo que se expone si no hace las cosas con mucho cuidado. Entiendo que si tienes recursos y te ocurre algo de esto, lo lógico es ir a juicio y lucharlo, pero ya sabemos que los juicios tardan años y que lo que pueda resultar de ellos puede ser, desgraciadamente, cualquier cosa, así que, en mi opinión, lo mejor es evitar este tipo de cirscunstancias conociendo todas las implicaciones de lo que uno hace.

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Y esta bien que lo recuerdes, pero lo es que la gente que entro en esto[entre los que me incluyo] no teniamos ni idea de que plantearan lo de la declaracion entre cryptos de hecho la respuesta a la consulta se hizo con la campaña de la renta ya iniciada.Yo no he hecho las cuentas, pero teniendo en cuenta que no he sacado nada a fiat, y que el valor de lo que tengo es el 70% de lo invertido, no se si me llegaria para pagar los impuestos que me corresponderian con estas normas, a pesar de no tener mss de 100 o 150 transacciones antes del 12 de diciembre imaginate el que tiene miles

No nos queda otra, operar sabiendo lo que toca. Lo más sensato, bajo mi punto de vista, es dedicarte a comprar y holdear, solo vender en caso de pegue una gran subida y puedas retirar, tanto beneficio como lo que te tocará pagar en impuestos. Dedicarte a hacer trading diario puede ser una locura sobre todo si el mercado se pega una hostia como ha pasado este año. Es totalmente ilógico la forma en que se tributa, ya lo sabemos, pero también sabemos que es lo que más le conviene al estado en lo que a recaudación se refiere y eso sí que no me extraña estando en el país que estamos.

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Yo tiraria por la opción B, para hacienda metistes 3000 y sacaste 3070. No saben si hicistes 100 operaciones o 1 para ganarlos, así que, por esa birutilla no se van a molestar en comprobarlo.

No lo saben hasta que Coinbase o Binance les pase los datos de las operaciones. Aunque dudo mucho que sepan interpretarlas :joy:
Al final van a tener razón en que con la minería es dinero invisible para hacienda. Una pena que ya no sea rentable.

Por cierto @Hugococa cuanta razón tienes. Eso mismo trataba de explicar yo hace unas semanas pero sin tanta claridad en los ejemplos como tú has puesto.
A ver si a @fiscalidadbtc le queda más claro el problema que comentaba que el otro día no conseguí hacerse-lo ver correctamente con mis ejemplo.

Buenos días, algun programa que no sea cointracking k sepais, me podeis aconsejar? Cointracking me hace unas cosas mas raras, es para comparar resultados, si es gratuito ya seria la bomba, o modo prueba :smiley:

No, pero si es que tienes toda la razón. No digo lo contrario.

Lo único que comento es que, aunque no es lo óptimo, una vez que se me ha pasado el plazo (no puedo volver atrás) y por 70 euros no voy a estar haciendo declaraciones complementarias, ni contratando asesores ni nada de eso, mis opciones son hacerlo BIEN (Cointracking) a partir de 2019, y quiero decidir cómo lo hago en IRPF 2018 dentro de unos meses:

a) Declarar esos 70 euros como ganancia patrimonial y que no haya mala fe (nunca la ha habido), y rezar para que no me vengan luego con sanciones, requerimientos y demás.

b) Dejarme de historias, dado lo “irrisorio” de la cantidad y mejor no declarar nada para evitar que eso de lugar a que luego me estén mandando cartas y requerimientos pidiendo explicaciones.

¿Cuál ves como la menos mala? Yo estaría más por la A), pero hay quien dice que mejor no declarar nada por 70 míseros euros (ojalá hubiera ganado miles de euros).

Gracias de nuevo por la ayuda.

Además, estoy seguro de que hay miles de personas que están en mi misma situación. Empezaron en esto de las cripto en 2017 y habrán ganado o perdido, pero por puro desconocimiento no se han enterado hasta ahora (si es que se han enterado) de cómo declarar las pérdidas o ganancias.

Una vez aprendida la lección, toca hacerlo bien a partir de 2019 si volvemos a entrar en cripto, pero la duda y lo que hay que resolver ahora es si en cantidades bajas de ganancias (como es mi caso) merece la pena declararlo como incremento patrimonial en IRPF 2018.

La cosa es que no creo que eso le valga a Hacienda como excusa, es nuestra obligación conocer las leyes y no la de ellos venir puerta por puerta a explicarnoslas. Yo tuve una ganancia mínima en 2017 (150 € o asi) y aún así los declare. Por esas cantidades no creo que te digan nada, pero yo para estar más tranquilo lo añadi en la declaración.

Pero es que hay un error de forma al decir “empezar a hacerlo bien dsd 2019”. Eso es imposible si no lo hiciste conforme a ley los años anteriores xq sino como justificas lo que tienes ahora?