¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Si compro un cuadro con mis euros yo no pago nada a hacienda por tenerlo colgado de la pared de mi salon por que se este revalorizando…otra cosa es que lo venda al doble y gane dinero,entonces supongo que hacienda querra su parte…pero hasta entonces nanai.Si el cuadro cada vez vale mas pasta es mi “problema”.
El dia que lo venda ya me preguntara el fisco por esa ganancia y le enseñare la factura de compra y la de venta…

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Exacto.
Solo añadir que, si ese cuadro que compre en el rastro, se revaloriza y revaloriza y mañana me lo cambian por un Ferrari; también tributo por la ganancia.

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Un Ferrari tiene papeles, sería como vender el cuadro.

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Esto escribí en julio…

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El mismo ejemplo sirve para con unas acciones del Santander…

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Desde la ignorancia fiscal yo veo dos escenarios:

  1. Compro Crypto en exchange por X euros y cdo pasa el tiempo mis cryptos valen X+Y euros. Nunca cambio a Fiat. Tradeo solo entre Crypto.
  2. Mismo q punto 1 pero cambio a Fiat a veces en Exchange y hago trading con Fiat.

En el caso 1 entiendo q mientras no reconozcan la crypto como moneda o valor real para Montoro vale 0 luego ganancia patrimonial 0.

En el caso 2 en algún momento en mi exchange tengo ganancia patrimonial pero si vuelvo a pasar de Fiat a Crypto vuelvo a perder dinero pq compro algo q para Montoro no vale nada. Ejemplo: compro 1 BTC x 1000 euros, sube a 1500, lo vendo luego ganancia en exchange de 500 euros, compro con los 1500 todo en Iota ¿Q valor le da el Banco España o Montoro a la Iota? Si no lo reconoce no vale nada.

Finalmente si invertí 1000 y por necesidad saco todo en exchange a Fiat y obtengo 3000 y luego lo retorno a cuenta. Debo declarar ganancia de 2000.

Buenas a tod@s,
he leido la gran mayoria de los comentarios, muchas cosas me quedan claras y muchas otras se me escapan. Las paginas de exchange no están controladas (de momento) si dejo mi dinero alli, sean en €uros (o otros fiat) o criptomonedas hasta cuando no salgan de alli, nanai, no hay que tributar. Hasta que la misma pagina decida enviar todos los datos a todos los países estamos a salvo…de momento. Todo y cualquiera de nosotros tenemos una cuenta. De esa llegamos a finales de mes y de esa nos gastamos el dinero como nos de la gana …o no. supongamos que durante 1 año me gasto 20.000,00€ en bares, restaurantes, compras varias etc, todo lo pago en efectivo. Luego cambio cripto a fiat sin pasarme. Me envio dinero de diferentes exchange a diferentes cuentas, tambien me pillarian? Otro ejemplo:invierto 1000 en 2017, gano dinero en 2017 hago transferencia de 1000 en el mismo año, en 2018 me hago otra de 1000 y asi siempre, tambien hay que tributar? O es mejor buscar la cuenta de un testaferro o de diferentes personas que te dejen para hacerlo? Creo que si son iportes pequeños hay diferentes maneras, arriesgadas pero se podría hacer. Se podrían hacer virguerias en el verdadero sentido de la palabra y las consecuencias serían diferentes, paises, regiones, comunidades etc. Hablemos de cosas serias. En este hilo alguien tiene conocimientos (o EXCEL :slight_smile: ) de los porcentajes de tributacion de cada uno de los paises de la comunidad Europea? Esto podría ser un adelanto y podría servir a mas de uno en este foro. Muchas gracias por vuestra aportacion. Os deseo un feliz puente. :wink:

Yo creo que el fin de este hilo es intentar esclarecer la manera de actuar de cara hacienda, de una manera legar y que aporte seguridad, habrá gente que intente eludir el pago de impuestos o quizás declarar lo menos que pueda, pero no es el fin de este hilo

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Completamente de acuerdo @Darik pero si alguien tiene la opcion de sacarlo en otro pais y ser tributado en menos porcentaje podría ser util (no hablo en absoluto de paraisos fiscales). Al final lo barato sale caro.

Es legal q el dueño de Zara tribute en Irlanda…si…al final lo q todos queremos es de forma legal tributar lo mínimo posible nuestras ganancias en crypto. Otra cosa ya es el patriotismo…

Esta claro que a todos nos gustaría poder reducir nuestra carga fiscal, porque como dice el compañero el dueño de Zara y otras grandes Empresas suelen tributar en países donde le cobran menos impuestos, pero claro, estamos hablando de gente que ya juega en otra liga, tendrán un arsenal de abogados y asesores legales que les preparen el terreno para hacer eso de manera completamente legal, es algo que uno se puede plantear cuando empiece a generar grandes ingresos ya para poder contratar profesionales que te lleven todo eso ya que me imagino que no es fácil

Sigo sin tener claro como se podrian tributar, osea, demostrar ante Hacienda la compra:

  • Eth comprados en el Ethersale
  • Intercambios con Shapeshift y similares
  • Bitcoins ‘regalados’ (no es raro que te los regalaran cuando valian mucho menos)
  • IOTAs comprados en el chat de ydx.slack.org
  • Bitcoins comprados en BTC-e o exchanges cerrados ya

,… por poner algunos ejemplos.
Hay un largo etcètera de casos que ya os podeis imaginar.

Los de Shapeshift son fácilmente demonstrables: tienes que guardar el ID de la orden (tambien puedes guardar la url). Usándolo, puedes luego volver a verla online. Podrías además demostrar que las direcciones usadas (moneda vendida/moneda comprada) son tuyas con una firma digital. Las transacciones quedan además en la blockchain.

Yo guardo la ID y un pantallazo del intercambio.

Lo que me tiene a mi pensativo últimamente es como justificar la compra de Tokens en una ICO, ya que ahí, que yo sepa, no se genera un historial de compra venta como en los exchanges, es más, la mayoría de las veces se paga con Ether en vez de BTC…

Guarda un pantallazo de la dirección de depósito de la ICO, la transacción y la clave privada de tu monedero, por si tienes que firmar digitalmente algo luego para demostrar que era tuyo. Al menos, es algo.

Yo puedo coger ese mismo ID y si se ajusta en el tiempo con algún movimiento en mi banco decir q es mío. :thinking:

Poca gente tiene esos hábitos…

El ID de la orden en Shapeshift es privado. Además, aparecen los monederos involucrados en la transacción. Puedes demostrar que son tuyos firmando digitalmente con ellos. Un perito especializado te daría la razón, sin dudas, ya es que es una prueba criptográfica.

Ya se ha dicho otras veces: guarda toda la información que puedas. Puede ser la diferencia entre tributar al 50% o al 23%.

O no tributar porque no hay que hacerlo. Estos días publicaré una breve traducción de la regulación de los germanos y austriacos, que no dejan cabo suelto y especifican todo. Te adelanto, como ya he dicho varias veces, no todo es lo que parece. La legislación fiscal española respecto a las criptos es más que superficial. Merecedora de otra colleja por parte de la CE en caso de que insistan en que haya que tributar porque una simple frase lo dice, según ellos.

El que piense diferente es porque quiere contribuir a las arcas del estado por patriotismo.

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Cuando quieras sacar a euros, a tu cuenta del banco. Si al principio compraste X BTC con euros pero luego tienes X+Y BTC que quieres vender por euros para mandar a tu banco, si te preguntan, tendrás que demostrar de dónde han salido los Y BTC extras para que no te los declaren patrimonio injustificado. En este caso, cuanto más datos tengas guardados, mejor para ti.

La espero, gracias por tu trabajo.

Yo siempre guardo las claves privadas de todo, con la transacción te refieres a que guarde la dirección donde hago el depósito?