He investigado un poco en ese “tan aclamado sistema austriaco”.
Todo lo que he escrito hasta ahora es lo que hay. No toca indemnización, a cambio ese pago mensual a partir del 2º mes, y las condiciones para cobrarlo que he mencionado. Esas son las condiciones por ley de los austriacos. Pero falta por contestar lo que sucede con ese dinero mientras el propietario (el empleado, también se pueden incluir en ese plan los empresarios) no exige el pago de la cantidad que corresponde.
La primera vez que uno recibe esa bonificación, la empresa lo ingresa en una caja de pensiones (en la que está inscrita la empresa). No lo vamos a llamar fondo de pensiones, porque es algo muy diferente. Caja de pensiones, porque son cajas fundadas nada mas para recibir las cuotas de los empleados (también empresarios que se inscriben a este sistema). No hacen otra cosa. Existen unas leyes específicamente para esas cajas, … Y otras cuantas condiciones que tienen que cumplir.
Si uno cambia de empleo tiene las siguientes opciones para lo ingresado hasta la fecha en la que cambia de trabajo:
- Pago del total (incluyendo “intereses” en “efectivo” (esto es posible cuando uno ha recibido las cuotas mensuales por 3 años)
- Dejar el total en la caja de pensiones actual (sería por ejemplo el caso si no tengo un trabajo nuevo)
- Trasladar el total a la caja de pensiones del nuevo empleador
- Trasladar el total
- a un seguro colectivo de la empresa, en el que el participante ya tenga sus “derechos” (otro contrato) o
- a una aseguradora como prima única, siempre que pueda justificar que se trata de un seguro de pensiones adicional o
- a una caja de pensiones, en la que el participante ya tiene “derechos” (otro contrato) o
- a una caja de pensiones propia de la empresa, en la que el participante ya tiene “derechos” (otro contrato) o
- a un seguro de pensiones adicicional, en la que el participante ya tiene “derechos” (otro contrato)
Como comenté antes, el total de lo abonado se puede cobrar después de haber ingresado las cuotas mensuales durante 3 años y bajo las siguientes condiciones:
Cuando hablan del despido sin ser culpable, se refieren a situaciones como en las que uno por motivos de salud no puede seguir realizando el trabajo, por ejemplo.
Luego existen otras condiciones en las que se puede cobrar lo ingresado en la caja de pensiones. Por ejemplo a la hora de jubilarse, cuando uno llega a la edad minima para jubilarse etc.
Creo que la mayor duda era la de no poder acceder a los fondos e invertirlos donde uno quiera. Pues como comenté, a partir del tercer año y si uno ha sido despedido puede decidir cobrar todo en efectivo e invertirlo en lo que quiera.
Si uno deja el trabajo por su cuenta no tiene derecho a que le paguen lo ingresado, excepto en los casos de jubilación. El dinero queda en la caja y no se pierde. Cuando uno sea despedido de su siguiente trabajo y/o hallan pasado 3 años lo dicho anteriormente.
En el caso de muerte tienen derecho los familiares (esposa/o, hijos) a partes iguales, o los herederos legales.
El rendimiento de estos “fondos” (no lo iba a llamar así ) actualmente es de hasta un 1,73% neto, dependiendo de la caja a la que la empresa o, a partir del 3 año, el participante esté asociado . Aunque repito, que la ley solo garantiza lo ingresado.
A la hora de recibir la cuantía final (cuando uno se jubila) hay 2 posibilidades. Todo a la vez y se paga un 6% de impuestos. O como pensión mensual libre de impuestos. En este caso, si lo he entendido bien, a la hora de la muerte se pagaría el resto en el orden mencionado, aunque esto no lo tengo muy claro.
Bueno, espero que esto aclare un poco las cosas. Si os quedan dudas, preguntadme y haré lo posible para investigarlo.
Y he olvidado lo “menos importante”. La caja cobra entre un 1 y un 3,5%, coste de administración.