¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Si fueses autónomo si, ,lo que digo que engañes un poco a hacienda como si hubieses comprado la cantidad de monedas que tienes por el precio que te costaron los equipos de minar, vamos que los declares como si hubieses hecho trading. O pagar todo el beneficio si no te quieres arriesgar.
Saludos

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asdasdasd

Y otra vez se habla solo de la minería de bitcoin. Así que nada que no sepamos aún. Minar BTC no es minar ETH u otras alts. Hacienda sigue teniendo claro que no tiene nada claro. La consulta vinculante se refiere únicamente a BTC.

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Esntonces para poder minar sin que me toquen las narices debo darme de alta como autonomo para minar zcash o eth?

Si eso es hacerlo bien

No estoy de acuerdo @sebas331

Hacienda es un tema muy complejo respecto a las criptos. Y no hay nada regularizado excepto la compra-venta y el cambio a fiat. Todo lo otro ni ellos lo tienen bien claro. No afirmes lo que no es cierto.

Estoy con este tema desde principios de 2016 y he hablado con abogados, gestoras etc. Y todos opinan de manera diferente. Por ahora todo lo que no sea compra-venta y cambio a fiat es libre interpretación. Y cada ser humano entiende las cosas de manera diferente.

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Entonces que me dirias ami ? Soy minero tebgo un rig de 6 480 saco mas o menos cerca de 1000$ mensuales de hay tengo que quitar gasto de luz y supongo que hacienda? O que ? Xd un saludo y gracias

Es lo que digo, que en Hacienda tienen el tema de las criptos sujeto con 2 hilos, y les doy ya uno más para que no se les caiga todo. Lo malo es cuando empiezan a intervenir como les parece. Por eso yo decidí declarar de la manera que lo he hecho, pero solo lo que he convertido en fiat.

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http://www.elconfidencial.com/economia/2016-03-18/el-sepblac-marca-el-terreno-para-evitar-que-las-fintech-se-usen-para-blanquear-dinero_1170303/

Para entdades FinTech, en kyc-aml, ahora por videoconferencia

"No obstante, hay un ‘pero’: ¿qué pasa si los bitcoins están depositados en una casa de cambio a la que no tengo acceso directamente, sino que está en depósito? En tal caso, “sí podría darse la obligación de declararlo como patrimonio en el extranjero, si es un comercio de cibermonedas que se ubique en el exterior. Aunque es una cuestión sujeta a debate y Hacienda todavía no se ha pronunciado sobre ello”, aduce el especialista."
Nos estamos volviendo locos o k?

buenos dias

me explico “si es hacerlo bien”,me refiero que con cualquier asunto con hacienda ya sea compra venta o retirada de moneda virtual a fiat si has declarado y pagado en ese aspecto eso lo tienes pagado 23% o 21% la intención de hacer bien las cosas nunca queda en balde. quizás no me explique bien .

si ejerces una actividad que en un futuro reporta beneficios MINERIA como los justificas al pasarlo esos beneficios si quieres a fiat (es hay el meollo si eso se queda en la red no problem asunto resuelto .pero si quieres su dinero fiat eso estamos en duda ) ellos piden que si haces una actividad la declares ,como no se pero paga y tendrás un poco de terreno ganado cuando te pregunten , no crees

respecto a la complejidad del tema es cierto pero si ganas pasta y no declaras zasca , el doble .
ganas y declaras te hacen una paralela y con suerte no pagas.

leo poco del tema pero con hacienda siendo un currito no se juega ya que estas vendido

P:D: sin ofender a nadie mera opinión de un novato

un saludo

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Si los bitcoins han sido minados su coste de adquisición será el coste que hayas soportado para producirlos: electricidad, amortización del equipo, amortización del software, conexión a internet etc.

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Solo en caso de que estés dado de alta en hacienda/SS como autónomo.

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Pero la consulta vinculante habla de minar bitcoin. Si minamos otras monedas , la afirmación de tener que darse de alta como autónomo es porque nosotros mismos estamos dando por hecho que se aplica el mismo criterio.
Mi duda es, si mino por ejemplo zcash ¿me tengo que dar de alta como autónomo a consecuencia de la consulta vinculante sobre minar bitcoin?

Gracias por tu respuesta, pero aunque me parece muy coherente no deja de ser otra suposición.
Estoy completamente de acuerdo en lo de que no tienen ni puta idea del mundo cripto y nosotros debemos intentar adivinar sus interpretaciones de la legislación ( si es aplicable actualmente) tanto actuales, como futuras con el riesgo que eso conlleva.

Mi declaración ya la han aceptado, declarando solo lo que he pasado a fiat. Si en 4 años no me han enviado un escrito de revisión os digo lo que fue correcto, no lo que será correcto en 4 años. :joy:

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En los próximos días/próximas semanas hay que estar atentos al caso de hacienda con CR7. ¿Porqué?

Los abogados de Ronaldo consideran que aunque el tenga su resisdencia fiscal en este país, los ingresos se producen en otro, fuera de España, por lo cual la legislación española no deja bien claro ese asunto. En caso de que se confirme esa alegación por parte de sus abogados, se podría aplicar lo mismo a la minería, que yo en su día ya lo comenté. En mi opinión no pueden pedir impuestos por algo que no se ha producido en España.

A ver si se confirma.

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tu estas dado de alta como autonomo?

Hola,
Por lo que he podido ver, hay opiniones enfrentadas, entre si cambias una krypto por otra, tengas que declararlo , pongo un ejemplo, si vas a una ICO, y “donas” 1 ether , y recibes a cambio otra ER20 , por ejemplo 5000 ANT , la pregunta es:

¿ se tiene que declarar el ether como una venta y por tanto incremento o perdida de patrimonio ( según toque)? por ejemplo si lo compraste primero a 10 euros y en la ICO valía 200 euros, ¿hay que declarar un incremento de 199 ( teniendo en cuenta que nunca lo has pasado a FIAT), pues lo que has hecho es comprar otra Kryto , en este caso 5000 ANT?

Esta pregunta por lo que veo, hay diferentes opiniones… a ver si al final se aclara convenientemente, si alguien lo sabe a ciencia cierta que lo diga por favor.