Bueno, ahí vamos con lo que me ha contado la gestora:
Que conste que esto no es un texto legal y no son los pasos que se deben seguir. ¿Porque? La regulación (si la podemos llamar así) tal cual la conocemos hoy en día no deja absolutamente nada claro. Es decir, que cada individuo la va a interpretar de una manera diferente. Lo que tiene que decidir cada uno, es si quiere evitar una posible investigación (digo posible porque quizás nunca se de el caso), o se arriesga (o no) a que le pillen, lo cual es el equivalente a elevados costes.
1 - Minería - en la consulta vinculante se habla claramente del minado de Bitcoin, en ningún momento se menciona cualquier otra cripto. Por lo cual, interpretación libre (por decirlo así). En otras palabras a nadie le queda esto claro. Ni a los de hacienda.
2 - Cambio de monedas minadas a BTC - la gestora considera que esto es un aumento de patrimonio, aunque tampoco queda muy claro, pero piensan que en caso de que les de la venada a los de hacienda y investiguen estos casos lo verán como aumento de patrimonio, ya que BTC está, aunque no respaldado, relacionado con la economía real.
Aquí cada uno debe decidir que hacer. Datos sobre estás transacciones (como las que tienen de antemano de las compras-ventas en los mercados tradicionales de valores) no tienen. El problema puede surgir, como en mi caso, que al usar una tarjeta débito no anónima como xapo, pues se puede dar el caso que todos los movimientos relacionados con dicha tarjeta los obtengan. Y entonces a dar explicaciones. Con la consecuencia de costes elevados.
Así que yo, ya que muevo bastante a través de esa tarjeta, he decido declarar todo los ingresos relacionados con esa tarjeta como aumento patrimonial. Este aumento se puede declarar de 2 maneras, el clásico según el beneficio anual de compra y venta, o otro que, si recuerdo bien (lo volveré a preguntar, no se donde tengo el apunte
), tributa con un porcentaje del 23 %, pero como digo, ahora mismo no estoy seguro. Este más alto he elegido yo. Si elijo el mas bajo y me revisan y resulta que lo he declarado mal, ya me pueden acusar de fraude, etc…
3 - Comra venta exchanges
Esto es como ya se ha explicado en varias ocasiones
Hasta 6000 Euros de beneficios anuales - 19%
6000,01 - 50000 Euros de beneficios anuales- 21%
Más de 50.000 Euros de beneficios anuales- 23%
4 - Cuentas extranjero etc…
Según mi gestora no tiene base legal comparar las cuentas exchanges, sitios como coinbase o xapo, etc. con este tipo de cuentas al que se refiere hacienda. ¿Porque? Porque al igual que las criptos no tienen ningún respaldo legal, por lo cual si consideran (en caso de que te pillen) que estas ocultando dinero a hacienda, te va a caer la gorda.
Lo dicho, esto no es un manual de como actuar ante hacienda. Esto es lo que me ha comentado mi gestora, en la que por supuesto confío. Cada uno debe saber lo que hacer y lo que no. Yo he decidido declarar un aumento patrimonial por la cantidad que muevo a través de esa tarjeta y porque un problema con hacienda me podría fastidiar bastante. Además con esta declaración (y al porcentaje más alto) evito que me acusen de fraude y en todo caso me tendrán que explicar como hacerlo bien.
Ahora a ver lo que dicen los del meeting esta tarde.