¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

ojalá un nuevo 2017 :joy:

Eso es para las empresas que ofrecen servicio e criptomoneda, exchanges, empresas de custodio, etc, pero no para las personas que tienen su propio Wallet.

Donde dice que eso solo aplique a empresas?

Tu solo estás como persona obligado a declarar las transacciones, no la tenencia ni los movimientos de estos si lo tienes en tu propio Wallet siempre que no estés obligado a pagar el impuesto de patrimonio porque seas un ballena.

Que transacciones tengo que declarar entonces? No entiendo.

Imaginemos lo siguiente:

  1. Envio fiat a Binance
  2. Compro 0.1 BTC un dia, otro 0.15, otro 0.05… y asi hasta tener 5 BTC
  3. Mientras tanto voy haciendo retiros a mi wallet local por el riesgo intrinseco de dejar coins en wallets y de no pasar nunca esos 50k para evitar el 720

No he vendido en ningun momento. Que es lo que hay que hacer entonces?

Y por cierto, que pasa con el dinero que se pierde por el camino entre las fees de los tradeos del exchange y las comisiones de los mineros al mover las coins del exchange a tu wallet? (o cuando vaya a vender, de tu wallet al exchange)

Mientras no vendas y el valor total que tienes un Binance es inferior a 50.000€, cosa que sucede si sacas esos 5Bitcoin a tu propio wallet, no tienes que declarar nada.
Solo cuando vendes o cambias entre criptomonedas es cuando estas obligado a declarar.

:point_down:

A.- Obligaciones formales de información a proveedores de servicios.
Se añaden dos apartados nuevos a la Disposición Adicional 13ª de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para establecer dos nuevas obligaciones informativas referidas a la tenencia y operativa con monedas virtuales:
*Las personas y entidades residentes en España (y los EP en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero), que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros (wallets, ledgers, etc.), para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, ya se preste dicho servicio con carácter principal o en conexión con otra actividad, deberán suministrar a la Administración tributaria, en los términos que reglamentariamente se establezcan, información sobre la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas.
Este suministro comprenderá información sobre saldos en cada moneda virtual diferente y, en su caso, en dinero de curso legal, así como la identificación de los titulares, autorizados o beneficiarios de dichos saldos.
*Las personas y entidades residentes en España (y los EP en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero), que proporcionen servicios de cambio (exchangers) entre monedas virtuales y dinero de curso legal o entre diferentes monedas virtuales, o intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones, vendrán obligados, en los términos que reglamentariamente se establezcan, a comunicar a la Administración tributaria todo tipo de operaciones con criptomonedas (adquisición, transmisión, permuta y transferencia), así como de los cobros y pagos realizados en dichas monedas, en las que intervengan o medien, presentando relación nominal de los sujetos intervinientes (con identificación), clase y número de monedas virtuales, así como precio y fecha de la operación.
Esta obligación de información afecta también a las ofertas iniciales (ICO) de nuevas monedas virtuales, respecto de las que entreguen a cambio de aportación de otras monedas virtuales o de dinero de curso legal.

Fíjate que dice: Que proporcionen servicios, así que tu como individuo como no proporcionas servicios para otros, sino que lo haces para ti mismo, no estas obligado a informar.

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Todo gasto derivado de la operación se tiene en cuenta a la hora de calcular el verdadero beneficio de una operación.
Con CoinTracking lo puedes calcular todo de forma sencilla teniendo en cuenta fee, etc etc

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¿Y qué pasa si, por ejemplo, quieres comprar IOTA en Binance? No tienen el par IOTA/EUR, por lo que tienes que comprar otra (por ejemplo BTC) y con ella comprar las IOTA.

Entonces tienes otra transacción más que declarar, la de € a Bitcoin y la de Bitcoin a IOTA

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Como va a saber Cointracking los fees que pagas? imagino que hay que meterlo manualmente?
Esto el gestor que me realiza la declaracion de la renta lo sabra hacer o aun no saben por lo general?

Entonces tienes otra transacción más que declarar, la de € a Bitcoin y la de Bitcoin a IOTA

Pero no hemos quedado en que de € a cripto no se declara nada? (hasta que vendas de vuelta a €)

En cointracking te dicen como hacerlo, personalizado por exchanges. Básicamente descargas un archivo del exchange y lo importas a cointracking.

Si no lo haces tú, a tu gestor seguramente le vas a cortocicuitar el cerebro. No, los gestores no suelen saber nada de esto todavía.

Está explicado muchísimas veces en este hilo. Se tributa por la ganancia patrimonial de cada transacción, sea entre criptos o de criptos a fiat.

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Yo no se hacer nada que tenga que ver con impuestos, nunca lo he hecho, siempre lo hace la gestoria. Son unos gestores de Madrid bastante buenos, nunca he tenido problemas, pero no anuncian nada de criptos en sus servicios.

En cointracking no pueden saber la fee que has pagado al enviar BTC al exchange por que esta varia.

Está explicado muchísimas veces en este hilo. Se tributa por la ganancia patrimonial de cada transacción, sea entre criptos o de criptos a fiat.

Entonces si te quedas en fiat no hay que hacer nada hasta que vendas (me refiero a lo que comentaba el otro forer, que queria comprar IOTA. Si solo compras de € a BTC no hay que declarar, solo habria que declarar si pasas esos BTC a IOTA.)

En Cointracking puedes importar los movimientos de tu Wallet en los que está reflejadas las fee que has pagado para realizarlos.

Exacto, de Fiat a BTC no declaras porque no se ha producido venta alguna, pero sí declaras de BTC a IOTA porque se ha producido la venta de BTC para comprar los IOTA, la clave está en que siempre que se produce una venta hay que declararlo.

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Cointracking soporta Electrum y Bitcoin Core? entonces se trataria de exportar esos movimientos en Cointracking junto con el historial que genera el exchange y ya te daria el resultado?

Y para presentarlo en Hacienda le paso el resultado al gestor? Yo no se presentarlo, la declaracion de la renta la hacen ellos.

Supongo que ellos podran entender el resultado que me de Cointracking y presentar los modelos correspondientes cuando toque. Al menos me quedo mas tranquilo sabiendo que solo habra movida la hora de vender. Yo ya habia entendido que los nuevos cambios implicaban modelos informativos de cada transaccion y compra que hagas junto con informar de las criptos que tengas.

Electrum si lo soporta, Bitcoin core lo tendrías que introducir a mano, introduciéndolo a mano puedes incluir la fee de la transacción, para ello debes de usar el apartado de introducción manual.
Yo presento mi declaración, si tú lo haces a través de gestor solo tienes que llevarle el informe de Cointracking y el se supone que sabrá usarlo correctamente.
Recuerda introducir como método de calculo el sistema FiFo, es el que en una consulta vinculante la dirección general de tributos dijo que era el correcto.

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Y como sabe Cointracking automaticamente que transacciones corresponden a temas de exchanges y cuales no?

Por ejemplo tienes 6 transaccionse en el historial de tu wallet

T1: 0.1 BTC de Binance a Electrum
T2: 0.3 BTC de Binance a Electrum
T3: 0.05 BTC de Electrum a una direccion para pagar el VPN
T4: 0.01 BTC de Electrum a una direccion de un amigo
T6: 0.3 BTC de Electrum a Binance por que quieres vender

Tu exportas ese historia de transaccion a Cointracking… pero ahi la transaccion T3 y T4 no tienen nada que ver. Ademas tampoco tendria que saber Cointracking ni nadie que has hecho esas transacciones. Entonces no entiendo. Como calcula Cointracking ese historial?

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Ya mirare a fondo a ver como va el Cointracking, de todas formas mi objectivo es complicar al minimo el historial… todo compras y nada de ventas a no ser que me vea con una pasta y toque vender algo por si acaso.

Otra duda que tengo es con los forks. Como sabes siquiera si has recibido forks? Alguien que tiene BTC, puede ahora mismo haber recibido el equivalente de un fork que se le ocurra a alguien hacer de BTC y ni lo sabe.

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No te pueden obligar a declarar algo que ni siquiera sabes que tienes… Además a no ser que tuvieras BTC desde 2017 no deberías preocuparte de ello, el boom de los forks de BTC ya pasó

Hola tod@s,

El año pasado pagué mucho dinero a la hacienda porque (soy tonto) hice muchos cambios entre criptos. Utilice cointracker y aunque había sufrido muchas perdidas tuve que pagar bastante a la hacienda (mas que nada por hacer esa declaración fuera del plazo).

Ahora, obligado a vender un poco de bitcoin, no estoy seguro como proceder. 1º, quiero saber si tendré que pagar ganancias otra vez (y cuantas serán), y aclarar dudas de este tipo. Conocéis a alguien que da un servicio (que sepa bien sobre los criptos) que me pueda ayudar con esto?

Mil gracias,

Si tienes ganancias y eres residente en España probablemente tendrás que pagar impuestos por la venta, salvo que tus ingresos globales sean mínimos.

En este mismo hilo se han recomendado gestores que tal vez puedan ayudarte.

Si tienes ganancias hazlo a través de cajeros bitcoin si es poco. Te ahorraras a hacienda

Hola,

Conocéis a alguien que da un servicio (y claro, sepa sobre los criptos) que me pueda ayudar con temas de declaración de renta? Aunque no sea un profesional, alguien que lo ha hecho y con experiencia. Preferiblemente en Madrid.

Lo siento por preguntar de nuevo pero he buscado en este hilo y o no se buscar o no es fácil encontrar…

Gracias,
descojonado