¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

@Lovelace @Dalai pudisteis echarle un ojo a esto? Cualquier opinión es bienvenida. Gracias

Quédate, compañero. Tus aportaciones son muy útiles.

5 Me gusta

Lo mismo digo, estoy seguro de que muchos aquí apreciamos tus aportaciones!

2 Me gusta

Buena serie de artículos sobre las prácticas tan abusivas de la Agencia Tributaria española(en especial el tercero):

“La impunidad de la inspección de Hacienda es otro de los problemas. El inspector de Hacienda cobra una parte en variable y por objetivos. Unos objetivos que no se tocan en caso de que algún tribunal haya tumbado alguno de sus procedimientos iniciados. Es decir, que la Agencia Tributaria puede iniciar acciones contra los contribuyentes sin miedo a que alguna de ellas termine siendo rechazada. La consecuencia del rechazo se limita a no cobrar lo requerido y, en algunos pocos casos, a pagar unas costas ridículas (sólo en instancias jurisdiccionales y únicamente cuando no les dan la razón ni siquiera parcialmente).

Este es el punto en el que más se nota el desequilibrio. Básicamente, Hacienda dispara y después pregunta. Mientras, el contribuyente que, pongamos de ejemplo, cree que ha hecho todo bien y termina recurriendo, tras seis o siete años, consigue que los tribuales le den la razón. Como decía Domingo en su artículo, el que gana, el contribuyente, se lleva varios años de preocupaciones, de no poder disponer de su dinero, de pérdida de tiempo, de más dinero y de asesores y, como mucho, que le devuelvan lo que pagó indebidamente. Mientras que el inspector, pese a haber actuado de forma indebida, sólo tiene que volver a abrir un nuevo procedimiento a ver si en esta ocasión el contribuyente termina pagando. Además, su variable por objetivos no se toca y tampoco recibe una sanción por parte de la administración tributaria.

En definitiva, Hacienda vuelve a ser un instrumento de terror porque al final es lo que transmite a los contribuyentes, a los pequeños empresarios, a los autónomos. Hacienda siempre gana. Hasta cuando pierde.”

9 Me gusta

Creo que esta frase resume a la perfección el discurrir de la Agencia Tributaria en los últimos años. :clap:

2 Me gusta

Pues si que te molestas fácil. Solo eres ( como todos), una persona/nick anónima de la que no se nada… Apareces dando consejos y si digo hechos reales para saber de que palo vas te molesta?

A mi no me molesta que escribas, es más te lo agradezco porque es un punto de vista más a considerar de la que igual puedo aprender algo.

Yo sea como tu dices o no, Hacienda debería estar al servicio de los españoles y no en contra haciéndoles la vida imposible.

Y ya personalmente sin dar consejos a nadie, declarar un airdrop que ni siquiera has vendido ni nada me parece completamente ridículo, además de que es prácticamente imposible que te reclamen algo así.

¿Decir que vengo a meter miedo y que soy inspector de Hacienda son hechos reales? Venga, amigo, que tengas buen día.

Esa es la impresión que me has dado, lo siento si te molesta. Que tengas un buen día!

Entonces son impresiones, no hechos reales.

No quiero discutir esto aquí por dejar de molestar a los demás usuarios. Pero lo de inspector es una pregunta, lo de meter miedo es como he escrito literalmente, lo que me parece.

Los airdrops creo que son como las acciones que te regalaba el santander con la cuenta 123 hace años. No hacía falta venderlas para tener que incluirlas en la declaración de la renta. Es más, ya las incluían en la info fiscal que le pasaban a hacienda, aunque fuesen unos euros

Y al venderlas supongo que habría que volver a incluir las ganancias/pérdidas en la siguiente declaración de la renta

1 me gusta

El banco pasa esa información de acciones directamente. Y por ejemplo en Waves Exchange o en una dirección medianamente activa de Eth/BSC te dan miles de shitcoins que valen céntimos y no merece la pena ni molestarse en venderlas como para declararlas.

1 me gusta

Yo creo que no hace falta venderlas para tener que declararlas. Al menos el banco le dice a hacienda que te ha regalado X acciones a Y €/acción y eso va a la declaración

Un airdrop es una ganancia patrimonial a efectos de IRPF. Se declara por valor de mercado de lo recibido a la fecha de entrada en el patrimonio, sean 0,01 o 10.000 euros. Otra cosa es que estemos por debajo de los rangos de renta, que nos permite no presentar la declaración.

Si posteriormente se venden —salen fuera de nuestro patrimonio—, habrá una ganancia o pérdida patrimonial, que estará determinada por el precio de venta (Y) menos el valor de mercado del anterior párrafo, por el que entró a nuestro patrimonio (X): GP = Y - X.

1 me gusta

Gracias, lo que se debe hacer según parece para evitar todo esto sería cambiar los euros por usdt en lugar de btc para comprar luego iota. Saludos.

He visto la web de este asesor y al parecer tienen también cajero de btc en Alicante, extraña que diga eso la verdad.

1 me gusta

O es un ignorante o tiene malas intenciones.

4 Me gusta

Tampoco cambia. Te pongo el siguiente ejemplo: quieres invertir 100.000 euros en miotas, así que los conviertes a tethers por 0,8404 euros cada uno; tres minutos más tarde, cambias los tethers (que ahora cotizan a 0,8388 euros) por miotas. Es decir, han entrado tethers en tu patrimonio y han salido tres minutos después a un precio menor: tienes una pérdida patrimonial de 100.000 * (0,8388 - 0,8404) = -160 euros. Ten en cuenta que tether es estable respecto del dólar, pero el dólar fluctúa respecto del euro. E incluso con un EURC o EURT, habría ganancias y pérdidas patrimoniales.

¿Que pasa en el caso de que tengas permutas/ganancias de años anteriores sin declarar y esperas a que prescriban?

-Una vez que estuvieran todas prescritas podrías declararlas en España sin recargos, multas, etc…?
-Podrías irte a algún otro país con bajos o sin impuestos de criptomonedas sin que España pueda multarte?

Entiendo lo que dices. A la mayoria seguro que no esta en su prioridad salir de un pais como España, pero para todos aquellos que no puedan demostrar todo con tickets de compra y venta en exchanges, que es el 99% de gente que empezo en esto hace años, no les queda otra, por que es demasiado arriesgado el estar entre un hachazo del 50% por ingresos in justificar, o ser multado de manera exagerada. Lo de Andorra a parte de la cercania y el idioma, es lo que comenta el asesor, que parece que deben tener una especie de convenio con el sistema Suizo de validacion de claves con el software que usan, y una vez validado por Suiza te dejan tributar ahi. Portugal tambien suena bien pero desconozco como actuaria la Hacienda Portuguesa si te presentas con BTC sin declarar y todo el batiburrillo de historial incompleto (trades en exchanges que ya no existen, minado de altcoins cambiadas por BTC, airdrops random, hardforks derivados de todo lo conseguido, etc etc). Lo mismo para cualquier otra Hacienda. Al menos Andorra (o Suiza) sabemos mas o menos como gestionan esto y claramente es una mejor opcion que jugarsela con España a ver por donde te sale el inspector. Por que ya hemos visto asesores comentar que segun la comunidad autonoma estan aceptando cointrackings y en otras no y han tenido que recurrir a ver que les dicen.

Si alguien da el paso seria genial si se comenta como es la experiencia y como fue todo el proceso.

3 Me gusta