¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Encima insisten en aplicar normas con caracter retroactivo. Es decir si has consultado con algun asesor una salida de España, se tendria que informar si esto ha ocurrido desde el 2018 en adelante. Tienes 30 dias.

Seguimos con las normas rozando lo ilegal y con la retroactividad. Y habra algun despistado que vaya corriendo a Hacienda a decirle todo lo que tiene, listo para cuando ilegalizen la posesion de criptos y tenerlos fichados para el matadero.

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Buenos días.

A ver, que se decía en estos casos?

Ah si, a disfrutar lo votado!!! :stuck_out_tongue_winking_eye:

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A los casados en gananciales del hilo. ¿Declaráis mitad y mitad aunque seáis vosotros únicamente los que trasteais con criptos? Desconocía el tema que menciona Seico en su vídeo.

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No me deja ver el video, que cojones es eso de que mi mujer tiene que declarar la mitad???:scream:

Buenos días.

Interesante, sería una manera de pagar algo menos.

Pero si la declaración ya está hecha?.. Estoy cometiendo una irregularidad?

hombreee eso no es nuevo jaja y hasta los recibos de luz y gas analizan

Buenos días

Dada la reciente luz verde que dió la CNMV a poder incluir activos relacionados con criptos en los fondos de inversión, se sabe si eso “escapará” al rollo del 720 y demás? Entiendo que sí, de eso ya se encargará la gestora del fondo con sus propios activos.

Obligaciones para las criptomonedas

Las criptomonedas se incluyen también en la modificación de la ley de lucha contra el fraude fiscal. Se incorpora la obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales, tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles. De este modo, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia. Además, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos, con criptomonedas.

Creéis que será aprobada con todo esto?

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Se refiere a exchanges con sede fiscal en España. Yo creo que ya lo están haciendo

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Ah entonces todo eso no aplica a particulares? Estás totalmente seguro?

Ese texto no es nuevo. Para estar completamente seguro hay que hablar con el asesor fiscal, pero la obligación de informar sobre “saldos y titulares de las monedas en custodia” no creo que se refiera a particulares

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me queda claro que el stake se tiene que declarar como rendimientos de capital mobiliario, cantidad de monedas que te dan al precio en euros de esa moneda.

¿Pero que ocurre cuando vendes esas monedas obtenidas como recompensas por los stakes? ¿Hay que volver a tributar?

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Para futuros millonarios jóvenes o no tan jóvenes.

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Ostras, que bueno

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El modelo D6 seguro que no hay que presentarlo con criptos?

Hola a todos!

Una pregunta: ¿cómo pensáis que sería más correcto considerar los ingresos por los pagos de referidos de Trezor, Ledger o Binance?

No estoy seguro si sería mejor introducirlos como Gifts en Cointracking o Reward/Bonus. Y también si sería más correcto considerar luego a la hora de la venta (cuando se efectúe) la ganancia considerando un coste 0€ o su valor real cuando se recibieron.

Entiendo que al ser comisiones a cambio de un servicio que se ha dado a cualquiera de esas empresas, debería considerarse su valor original y no a coste cero, ¿no? Ya que nos estaban “pagando” esas empresas un servicio, no es un regalo como tal que haya venido sin ni fin esfuerzo o trabajo por nuestra parte.

Te cito @Lovelace que te considero uno de los mayores expertos en fiscalidad por aquí, junto a @Dalai por supuesto :joy:

Gracias de antemano!

Hola ya sé que está todo por ahí pero hay miles de post…

Para la declaración de la renta tengo que sacar los informes, por ejemplo en Binance

¿Que informes son y dónde se sacan de Binance?

También he leído algo sobre cointracking pero creo que hay que dar las contraseñas? Lo recomendáis

La verdad es que tengo un gran jaleo y no me muevo muy bien con todo lo de internet

Los papeles irán a un asesor

Cuál es la forma más fácil tecnológicamente?

Muchísimas gracias