¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Blockfi, Nexo y Celsius… Si alguien quiere abrirse cuenta que me lo diga por privado y le paso el codigo de referido, así tiene bonus el y yo :stuck_out_tongue:

De momento en Estados Unidos.

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Si todos esos exchanges tuviesen la sede en España ya tendrían la obligación de enviarle los datos a la Agencia Tributaria.

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Una duda,

Supongamos que compras un bitcoin a 10.000$

Meses más tarde vendes a 60.000$ por lo que has obtenido un beneficio de 50.000$ de los cuales el 23% es para hacienda (11500$)

Unos días después el precio vuelve a estar en 60.000$ con tendencia claramente alcista y decides recomprar de nuevo un bitcoin a 60.000$ y esperara a que suba para vender a 100.000$

La duda sería ¿Al volver a comprar el bitcoin al mismo precio (60.000$) te toca volver a pagar a hacienda por variación de patrimonio?

Entiendo que si estas pagando con euros o dolares no… pero si estás pagando con tether se consideraria una permuta entre cryptos y te toca pagar ¿es así?

Puedes comentar a que paises se movieron?

Yo tengo movilidad muy facil por que cobro online y estaba pensando mudarme. Justo acaban de anunciar mas subidas de impuestos.

Esta claro que por ejemplo, quien haya minado un par de millones de DOGE hace 5 o 6 años o operase en Cryptsy o en algun otro exchange muerto y se levantara con el exchange caido y no haya podido guardar los datos, cuando se presente siendo millonario en Hacienda tiene un problema y hay que darle solucion. No es mi caso pero aun asi me interesa para mejorar mi capacidad de ahorro, y al tener un negocio online puedo moverme sin problemas. Luego en tema criptos obviamente tambien se veria beneficiado. A parte de subidas al ahorro tambien viene la famosa cuota de transacciones financieras. Añade la inseguridad juridica de que no sabes que te vas a encontrar, que te vean como una diana a la minima que operes en un exchange… no tiene mucho sentido andar con criptos en España incluso haciendo las cosas perfectamente al 100% si tienes la suerte de poder ser residente fiscal donde quieras.

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Que conste que sé de gente que tiene mucho dinero en btc, viven en España y no han declarado nada. (y hablamos de cantidades tochas)

No a países de la Unión Europea, el que conozco se fue a algún paraíso fiscal en América… Es decir, esto es en plan “me voy de aquí y no vuelvo” :joy: … La solución es Panama, Belice, Hong Kong y sitios de ese tipo…

Esto de todos modos es mejor preguntarle a alguien que conozca bien las leyes y asesore, y no me refiero a ir a una asesoría para que te diga como declarar las criptomonedas en España… No, no… Lo que hay que consultar es en que país hay que tener residencia fiscal y donde se pueda tranquilamente vender todas las criptomonedas…

Esto no lo va a hacer alguien con poco dinero (ése lo lógico es que declare si tiene intención de convertir a euros o dólares), pero si alguien tienes varios millones de euros en criptomonedas ya es otra historia diferente.

Hay información en la red sobre esto, no en plan generalista con consejos o artículos, sino de experiencias personales de gente que lo ha hecho… Y la fórmula es ésa, largarse de España.

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Ya lo debatimos en su día. Las declaraciones 2016 criptos aún están a tiempo. Para el que quiera pelear, claro.

Un cambio de criterio de Hacienda no puede aplicarse de forma retroactiva si perjudica al contribuyente

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Leo que usais CoinTracking para poder presentar a Hacienda los movimientos que hacéis con las Criptomonedas . Yo tengo cuenta en Coinbase y Bittrex y tienen un apartado del histórico de todos los movimientos que hago, ¿ese histórico no sirve para presentarlo a Hacienda en caso de que por lo que fuera lo requirieran? , no comprendo bien porqué utilizais CoinTracking si los exchanges te facilitan el histórico de movimientos( que luego puedes descargar en un Excel o pdf ). Gracias.

buenas!! he contactado con una gestoria para que me ayude en la revisión del informe a presentar a Hacienda, ellos me facilitan un usuario de Contraking, ya que tienen el ilimitado, yo trasteo filtro y lo dejo lo más depurado que pueda, para que juntos demos el último repaso y aquellos movimientos que generen dudas o esas operaciones mas complejas, ayuden a imputar correctamente de cara a hacienda.
Mi duda es, yo me conecto mediante API a estas, en alguna ocacasión que las he utilizado les das los permisos que necesitas a la aplicación para según lo que necesitas, es decir,¿ que la gestoria me ceda temporalmente el acceso y yo lo utilice mediante API no compromete el acceso a los exchanges.? No tengo nada que me haga dudar y me han parecido super profesionales de verdad, pero también creo que cualquier precaución es poca.

saludos

Ningún problema, tu cuando creas la API en el exchange le dices que solo tenga permisos para leer tus datos.
Seria un problema crear una api con permisos para retirar y hacer operaciones, aun asi, una vez metas la clave privada en cointracking luego no se puede ver para usar esa api en otro sitio.

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A ver si alguien me resuelve esta duda. ¿Las fees de una compra se pueden incluir en la declaración de la renta aunque no haya habido venta de ese elemento? O hay que esperar a la venta para incluir las fees de la compra.

Es que si no vendes no hay nada que declarar hasta ese momento, por lo tanto no.

Ya, tiene sentido. Pero así si haces una compra en 2016, y vendes en 2020, ¿la fee de la compra la tienes que incluir en la declaración del año 2021, junto con la de la venta?
Gracias por tu ayuda.

Exacto, tendrías que restarte la fee total (compra del 2016 +venta de 2020).

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Quiero comprar un token que no esta disponible con EUR. Tendria que comprar ETH o USDT para comprar, ademas es un exchange tipo bilaxy, mxc, lbank, que son exchanges bastante desconocidos, tengo dudas siquiera el banco me va dejar hacer la transaccion. Conoceis alguna cuenta que funcione con estos exchanges?

El caso es que si envio dinero a un exchange de estos, me aparecera directamente como USDT? Se genera una permuta y tengo que declarar la diferencia entre los euros que envie y los USDT que me aparezcan? es muy lioso. Ademas dudo que esos exchanges funcion el cointracking y me da miedo luego no tener todo en orden…

Que ganas de mudarme para evitar tanta tonteria.

Hola,

Tengo una duda que por ahora nadie me ha sabido resolver:

Supongamos un escenario en el que durante 1 hora el precio de bitcon y etherum se mantiene plano.

Supongamos que durante ese periodo compro 1000 € en ETH e inmediatamente los permuto por Bitcoin… y holdeo indefinidamente.

Al año siguiente tendria que tributar algo? :face_with_raised_eyebrow:

Recalco el detalle de que tanto en el momento de comprar los ETH como en el momento de permutarlos por BTC, los precios de ambas crypto se mantenian planos… por tanto a mi criterio no hay ganancia ni pérdida patrimonial y no hay nada que declarar.

Aunque la diferencia salga a 0 tendrias que meterlo en la renta igualmente (si lo quieres hacer bien).

El programa de hacienda te calculará 0€ imponibles pero queda registrado el cambio de moneda que hiciste.

Y en realidad sería una operación a perdidas por las comisiones.

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Gracias por la aclaración. Es decir que tendrias que declarar que has hecho la permuta pero a efectos practicos sería solo a titulo informativo porque no tendrias que pagar nada por ello…

Salvo las comisiones en caso de haberlas.

14/05/2021.

Madre mía, a ver quién contrata ahora un asesor legal o abogado si quiere irse de España para que lo asesore…

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