¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

¿Existe alguna normativa en PDF para descargar?

Me he leído la noticia y solo puedo decir que… MENUDO DESPROPÓSITO!!! :man_facepalming:

Aún falta confirmarlo con el texto original. Pero en caso de que se confirme lo que dice el artículo veo partes positivas (yo siempre tan optimista):

1º si no quieres tener la obligación de declarar mediante el 720 procura mantener en tu wallet todas tus cryptos durante el ultimo trimestre del año. En otras palabras, haz HODL en tu wallet hasta el 31 de diciembre!

2º Las multas por no presentar el 720 (en caso de que corresponda) son completamente desproporcionadas, así que van a tener que cambiarlas tarde o temprano ya sea porque se lo exige Europa o porque se lo exigen los tribunales españoles por la avalancha de demandas que pueden recibir.

El problema de eso es que pasarán años hasta que le den un tirón de orejas seguramente, aunque bueno viendo la parte positiva como dices tú, solo se habla de informar de las criptos que tengas en el exchange, es decir, no tendrías que estar haciendo el cálculo engorroso que toca hacer en las compra-ventas de critptos, simplemente sería sumar lo que tengas en criptos.

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Exacto, el 720 solo es informativo :+1:

Otra cosa es que a raiz de dar esa información decidan hacerte una inspección, pero si has declarado las operaciones que corresponden en años anteriores pues no deberías preocuparte demasiado. Y si quieres evitar declarar pues manten tus monedas en el wallet durante el ultimo trimestre del año y problema resuelto.

En realidad hubiera sido mucho peor que nos obligasen a declarar lo que tengamos indistintamente de si está en nuestro wallet o si lo tenemos en el “extranjero”.

Pero la norma es retroactiva? Xq tengo que mirar si el año pasado tenía mas de 10k en algún exchange…como pensaba que eran 50k…

No debería serlo, pero con Hacienda nunca se sabe…

No hay nada que indique que sea retroactiva, de hecho que el modelo 720 tampoco es retroactivo.

Por tanto, salvo sorpresa de ultima hora, esta normativa solo se aplican a partir de este año en adelante.

Buenos días.

He visto lo del mínimo de 10000€ como multa pero no como el importe a partir del cual hay que hacer el 720. Alguien lo ha visto en el BOE?

Yo no he encontrado el BOE con la ley.
Por cierto, lo de multa minima de 10.000 €???que quiere decir eso?..pero no era a 5000 € lo minimo por dato falso o erroneo/omitido???
Hasta que no veamos la ley integra en el BOE no nos vamos a aclarar creo yo

Yo me espero criptosorpresas fiscales

Pero en la web pone una X roja donde fees que deduzo que significa que el csv no te importa las fees de las transacciones… ojo con esto que no hayas presentado la declaracion con el cointracking sin tener en cuenta esas fees que entiendo que hay que meter manualmente de alguna forma.

Y como divido la parte de critpos con la parte de facturas de autonomo? la declaracion de la renta es al final un todo entonces no se como se haria. A mi solo me pasan un pdf de 7 hojas que es el modelo 100 y eso es lo que presentan entiendo. Entonces?

Pero esto seria 10000€ en una sola transaccion o se acumula en u mismo año fiscal y si transfieres mas de 10000€ en diferentes transacciones ya habria que rellenar ese o algun modelo informativo?

Aunque bueno el 720 veo que lo han bajado a 10000€ solo para criptos o tambien acciones?

Pero entiendo que aqui si que es pasarse de 10000€ y no acumulativo. En ese caso, si tienes 10001€ en cualquier dia del mes ya hay que rellenarlo o solo a final de mes, o solo a final de año o en una media de los 3 ultimos meses como el 720 actual???

El problema de esto es que si en los ultimos 3 meses hay accion interesante en el mercado como te veas con mas de 10000€ en el exchange ya te toca rellenarlo.

Y bueno yo creo que es cuestion de tiempo que quieran meter mano a tu wallet directamente y ahi ya si veo un exodo de criptotenedores a otros paises.

Sigo pensando que el modelo S-1 no aplica a transferencias. No tiene nada que ver con el 720.

Por ejemplo, te pillan en la aduana del aeropuerto con 10000€ sin declarar y te los confiscan.

Pero en la web pone una X roja donde fees que deduzo que significa que el csv no te importa las fees de las transacciones… ojo con esto que no hayas presentado la declaracion con el cointracking sin tener en cuenta esas fees que entiendo que hay que meter manualmente de alguna forma.

Transferirte tus cryptomonedas entre varios de tus monederos o entre un monedero y tu cuenta de exchange (o viceversa) en ningun caso implica pagar impuestos.

Únicamente has de pagar impuestos en caso de venta de tus cryptomonedas (ya esa por fiat o una perumta por otra crypto). Por tanto las únicas comisiones que te tienen que importar de cara a hacienda son las que te apliquen en el exchange en el momento de la venta.

Y en cualquier caso es problema tuyo si no las declaras ya que son “microperdidas” a tu favor ya que es una ganancia teorica que no tienes tú pues se la queda el exchange. En cualqueir caso digo “microperdida” pues salvo que estés moviendo millones de dolares en cryptos, las comisiones por cada compra/venta suelen ser ridiculas en la mayoría de exchange (0,1%) o similar.

Y como divido la parte de critpos con la parte de facturas de autonomo? la declaracion de la renta es al final un todo entonces no se como se haria. A mi solo me pasan un pdf de 7 hojas que es el modelo 100 y eso es lo que presentan entiendo. Entonces?

Para que lo entiendas y simplificándolo mucho, entras en la web de hacienda y accedes a to borrador ONLINE. En ese apartado tú mismo puedes rellenar los datos que quieras y modificar tu borrador antes de presentarlo.

Para el tema de las crypto lo único que tienes que hacer es calcular tus ganancias/perdidas totales anuales por cada cryptomoneda con la que hayas operado (BTC, ETC, etc) e insertar cada una en el apartado correspondiente de la declaración. Según las vas insertando el propio borrador te autocalcula el importe final junto con todos los otros datos que tenas como autonomo y al final te saldra la cifra final a pagar o a devolver. Así de sencillo…

Llegado el momento, si tu asesor fiscal no tiene ni idea de cryptos pues que deje ese apartado en blanco (tal como haría habitualmente) y que se dedique a rellenar la parte de autonomo que es la que sí te sabe llevar. Y deja ese apartado para que te lo rellene el asesor de cryptos.

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Aun está por confirmar si obligaran a declarar a partir de 10.000€ o de 50.000€ en cualquier caso que cada uno valore si le merece la pena operara en el 3º trimestre del año con importes superiores a esas cifras. Puede que interese hacerlo aun exponiendote a tener que declarar el 720.

Imagina que tienes 10 bitcoins y el precio se dispara a final de año a 200k por bitcoin… Pues yo no sé tú pero en mi caso lo más probable es que venda una parte de ellos y me importa un pimiento si tengo que declarar luego el 720 o el que corresponda con tal de poder disfrutar de semejantes ganancias :sunglasses:

Se el tema de las permutas, y cointracking si que incluye las comisiones en el csv del exchange que uso, el problema son las fees de electrum que no las importa. Entonces claro, tu compras X cantidad, pero luego haces retirada a tu Electrum y ahi ya es X-Y (Y es la comision a los mineros). Luego para llevarlo de vuelta al exchange, vuelves a pagar otra fee a los mineros. Haciendo esto varias veces te puede salir un descuadre si no lo tienes en cuenta, mas si haces transaccion en epoca donde hay congestion en la blockchain y hay que pagar mas. Poco a poco va sumando. Por eso digo que ojo si no lo has tenido en cuenta por que te puede descuadrar el cointracking. Y yo no se como se meteria esa fee manualmente. La fee que pagas por cada transaccion se puede consultar en blockchain.info por ejemplo, pero no se como funciona cointracking por que nunca lo he usado, imagino que hay forma de añadir una fee manualmente, aunque es un coñazo tener que hacer y es otra cosa mas que puede dar lugar a error pero bueno.

Ni idea de esto, lo tiene que hacer el gestor por mi. Lo que digo es que si por ejemplo contrato a Seiko o a Jesus para que haga la parte cripto, que le pido para que esos datos los pueda meter en el computo final mi asesor normal?

Eso que dices se mete dentro del modelo 100?

Se el tema de las permutas, y cointracking si que incluye las comisiones en el csv del exchange que uso, el problema son las fees de electrum que no las importa. Entonces claro, tu compras X cantidad, pero luego haces retirada a tu Electrum y ahi ya es X-Y (Y es la comision a los mineros). Luego para llevarlo de vuelta al exchange, vuelves a pagar otra fee a los mineros. Haciendo esto varias veces te puede salir un descuadre si no lo tienes en cuenta, mas si haces transaccion en epoca donde hay congestion en la blockchain y hay que pagar mas. Poco a poco va sumando. Por eso digo que ojo si no lo has tenido en cuenta por que te puede descuadrar el cointracking. Y yo no se como se meteria esa fee manualmente. La fee que pagas por cada transaccion se puede consultar en blockchain.info por ejemplo, pero no se como funciona cointracking por que nunca lo he usado, imagino que hay forma de añadir una fee manualmente, aunque es un coñazo tener que hacer y es otra cosa mas que puede dar lugar a error pero bueno.

No hay ningún descuadre porque cointracking solo cuenta los datos que le pasas, no se inventa cifras.

Las comisiones de los mineros son pequeñas perdidas que tú y nadie más tienes que asumir por cada vez que mueves tus cryptos de un lugar a otro. Pero eso no es ningún descuadre para cointracking ni para hacienda ya que las comisiones simplemente son cryptos que “se pierden” o si lo prefieres que “no se venden” y por tanto no tributan de ningún modo.

Ni idea de esto, lo tiene que hacer el gestor por mi. Lo que digo es que si por ejemplo contrato a Seiko o a Jesus para que haga la parte cripto, que le pido para que esos datos los pueda meter en el computo final mi asesor normal?

Si contratas a un asesor en cryptos (Seiko Asesores o quien sea), no te preocupes que te informará absolutamente de todo lo que tienes que hacer. Tanto si te hacen la declaración completa como si únicamente se encargan de la parte crypto. En ese segundo caso ellos te facilitarían todos los datos fiscales para que tu asesor personal los introduzca donde corresponde.

Tú solo tienes que preocuparte de facilitar a tu asesor de cryptos toda la info posible para cointracking (CSV, APIS o lo que tengas).

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Una cosa es que no tributen y otra que no se tenga que indicar, porque en el exchange consta que compraste X y cuando te lo has llevado fuera y lo has traido de vuelta no tienes X si no X-Y. Si Hacienda alguna vez te pide informacion se tendria que aclarar en el cointracking que se debe a comisiones de minado. Es como las perdidas. Las perdidas tampoco tributan obviamente pero hay que documentar a que se deben para que cuadre cronologicamente. No se si me explico.

En tu caso a quien contrataste al final?

Tambien dice Seiko en un video que hagas pantallazos de tu wallet cada mes por si acaso, aunque los pantallazos se pueden falsificar. Seria mejor capturarlo en video.

https://www.youtube.com/watch?v=GMC1H8ZH3UE

Aunque no me hace ni pizca de gracia hacer eso. En cualquier momento ilegalizan la posesion de criptos ya saben cuanto tienes. Aunque la idea es guardar esa info para casos extremos por si hay algun jucio o algo asi.

Bastante coñazo resulta ya la contabilidad de criptos como para andar haciendo pantallazos o videos cada mes a tus saldos… me parece excesivo aunque bueno cubrirse las espaldas de esa forma nunca viene mal. Es más no se hasta que punto un video o un pantallazo valdría.