¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Según en la comunidad autónoma en que residas el impuesto de patrimonio se paga a partir de cifras cercanas al millón de euros. Por supuesto que no es una cifra estratosférica, pero tampoco es una cifra frecuente en el ciudadano medio.

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Típico titular llamativo para meter miedo, luego lees el articulo completo y solo hace referencia a quienes presten servicios financieros (empresas, etc) …

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MENUDA BASURA

El inversor se debe asegurar que su proveedor de Bitcoin y otras criptomonedas sea de fiar

En este momento para el inversor va a ser sencillo que un proveedor de Bitcoins y otras criptomonedas se ha haya inscrito dentro del Registro del Banco de España y, por tanto, da más confianza a la hora que no tenga sanciones o investigaciones.

ESTO ROZA LA EXTORSIÓN

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Me hace gracia la frase final del artículo:

“…Por tanto, el aumento de papeleo por parte de los inversores de criptomonedas ha aumentado considerablemente.”

En realidad al inversor no le ha aumentado “considerablemente” el papeleo. Lo único que le están diciendo es que debe guardar la información que justifique el origen de sus cryptos. Puede ser algo tan sencillo como una factura o un recibo de transferencia bancaria para justifiar la compra.

En caso de que un inversor venda o permute sus cryptos y tenga que declarar beneficios o perdidas, la burocracia e impuestos son los mismos de antes, en ese sentido el modelo 720 no aporta nada nuevo al respecto ya que solo es un tema de informar a hacienda de lo que tenemos.

Por otro lado el artículo omite un detalle importante y es que a día de hoy Hacienda aun no ha terminado de definir en qué casos se tendría que cumplimentar el modeo 720, es decir a partir de qué cantidades y en qué momentos del año nos obligaría a tener que presentarlo.

Aprovecho por si por estos sitios hay algun político.

El día que salga un partido político que promulgue abiertamente leyes cryptofriendly, que acerquen a España al tipo de tributación de Suiza o Portugal o Alemania en lo que a cryptos se refiere y que promueva la inversión e innovación en el sector… tiene mi voto asegurado y seguramente el de otros cientos de miles de ciudadanos :+1:

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Yo creo que simplemente han incluido explícitamente las criptos (que estén en un Exchange en el extranjero) en el modelo 720. La cantidad a partir de las cual hay que hacer la declaración informativa entiendo que es la misma de siempre, y los plazos suelen publicarlos a principios de año. En la hacienda foral ya las incluyeron hace algunos años.

Osea que si las tienes en tu ledger no hay que hacer ninguna declaración informativa, de momento.

Con la mentalidad retrógrada de este país, vamos a ir de mal en peor, se nos seguirá tratando como a presuntos delincuentes y agravando al máximo tributariamente.
Históricamente este país ha perdido profesionales y empresarios por actuar de esta forma, y seguirá sucediendo.
No espero, al contrario, un cambio de dirección, TRISTE Y VERGONZOSO.

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No te creas. A la minima que BTC se vaya a 250k de aqui a X años ya alcanzas esas cifras, mas si tienes una segunda vivienda y otras cosas a añadir al patrimonio. Fuera de Madrid llegas fijo (y ya estamos viendo como quieren “armonizar” los impuestos para que no te puedas salvar ni en Madrid, curioso que los indepes quieran meter mano fuera de Cataluña). En ese caso tendrias que decirle todo lo que tienes al gobierno. Una idea fantastica si, viendo lo que andan planeando.

Seria sensato esperar y ver como se posiciona cada pais antes de enseñar todas las cartas, pero bueno cada uno vera lo que hace. Yo ya no vivo en España y dudo que donde estoy exista nunca un impuesto de patrimonio entre otros.

Lo del articulo… lo que buscan con eso es una BitLicense a la Española. Esto al final repercute al inversor por mucho que digan que solo es para los proveedores de servicios. Si tu liquidas BTC fuera de lo que es en definitiva “exchanges amigables al gobierno” te suben las papeletas para inspecciones etc, que siempre son a evitar por mucho que creas tener todo en regla. El hecho de que exista una lista de “estos exchanges si y estos no” ya les da una base para poder sobrarse con las suposiciones y inspecciones.

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Ojalá algún día me toque tener que pagar impuesto de patrimonio… ahí lo dejo!

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Tengo una duda sobre las ordenes de compra y venta. Si por ejemplo coloco una orden de compra de 0.1 BTC a 33.000€ y el precio baja ahi y se ejecuta, creo recordar que algunos exchanges la orden se partia en varios trozos, y cara al csv quedaba un poco liante. Yo quiero tener solo una linea que diga “0.1 BTC - 33.000€” y no un monton de ordenes divididas. No entiendo por que pasa esto.

Por ejemplo en el exchange FTX existen unos botones que no entiendo que no se si tienen que ver con esto:

https://ftx.com/trade/BTC/EUR

El boton POST y IOC. Alguien sabe para que se usan?

Quiza es que compre usando una orden de mercado y no una orden limite? Es que hace mucho tiempo que no compro ni vendo pero viendo mis historiales de csv no recuerdo poner tantas ordenes, creo que son la misma orden partida en muchas y no entiendo por que paso esto. Lo comento en este hilo por que me gustaria simplificar al maximo el cointracking.

HFT

No entiendo
https://sevenpillarsinstitute.org/case-studies/high-frequency-trading/

Que tiene que ver esto con lo que comento? yo solo pongo una orden de compra, no miles.
Quieres decir que el exchange te enseña por separado todas las personas diferentes que han comprado trozos de tu orden de compra de 0.1 BTC?
Esto no es un poco lioso para rellenar el csv? te pueden salir montones de lineas contra mas grande sean las posiciones de compra o venta. Por ejemplo si pones una orden de compra de 1 BTC, igual participan 100 o mas personas en trozos pequeños vendiendote ese BTC.
En ese caso, te aparecerian un monton de ordenes de compra por cada trozo? como puedo saber que todas pertenecen a la misma orden de compra?

En cualquier caso alguien sabe para que sirven esos botones de POST y IOC? los dejo desactivados?

Mira el orden book y verás las órdenes bailando.

Correcto, para realizar tu orden de compra/venta a veces se realizan varias ventas/compras.

Cointracking lo hace automáticamente.

Con sus correspondientes fees

Por que hay una Trade ID

Ni idea, preguntalo en otro hilo

Hola!

Sí, ahora con el modelo 720 entiendo que si supero los 50.000 euros al cambio en un exchange y/o wallet, toma informar a Hacienda. Bueno tenerlas en un ledger (no demos ideas a Hacienda).

Tengo otra consulta… perdonad si es tonta pero llevo poco en este mundo y los temas fiscales me generan mil dudas y preguntas y aun no tengo un asesor fiscal :wink: (y también soy nueva en el foro):

  • Entiendo que si cambio criptos a € y los retiro desde un exchange a mi cuenta bancaria tendré que pagar un gravamen entre 19 y 23% dependiendo del importe. ¿Qué pasa si el retiro lo hago a un banco extranjero sin superar los 50.000€? ¿Tendría que pagar algo?

Mil gracias!!!

Todas las ventas a Fiat o permutas entre criptos tienes que declararlas, da igual que las dejes en el exchanges, que las mandes a tu cuenta española o a una en el extranjero.
Lo de los 50000 es solo a efectos informativos, y no para tributar…

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Es tu interpretación. Si tienes criptos en un Exchange con sede fiscal en España el propio Exchange estará obligado a informar de tus saldos, si el Exchange tiene sede fiscal fuera de España y superas el límite del modelo 720 entonces te toca a ti informar a hacienda de esos saldos. Pero si tengo mis criptos en un ledger o cold Wallet dentro de España no veo por qué tendría que informar a hacienda de nada.

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De todos modos, hay muchas cosas que quedan a la interpretación personal (o en el peor de los casos del inspector de Hacienda o juez de turno…) Por ejemplo, si tú tienes 100.000€ en acciones de Coca Cosa, un piso valorado en 200.000€, un coche valorado en 20.000€ y una cuenta con 50.000€, tienes 370.000€ de patrimonio a tu nombre, todo legal, todo con contratos, documentos, etc.

Pero si tengo 4BTC en dos paper wallets… quien es el titular de ese patrimonio? Por qué no puede ser uno mío y otro de mi hermana que se lo guardo yo? Cual es el lugar “oficial” donde indica que 1BTC = 30.000€ a efectos de tener que declararlos como patrimonio si me paso del umbral? Es como si tienes un cromo de Pokemon guardado y de repente un coleccionista paga en wallapop 500.000€ por un cromo igual que el tuyo.

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Supongo que tendrás que evaluar tu patrimonio a 31 de diciembre. El precio que le des a las cripto en esa fecha puede variar un poco de un Exchange a otro pero bueno… yo siempre hago hipótesis poniéndome a favor de hacienda para que luego no me toquen las narices.

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