Resumiendo, si has ido a hodl y no has hecho trading, ni staking, ni airdrops, entonces te olvidas.
Total que tenemos que declarar todos tengas lo que tengas. A ver quién no ha participado ni una vez al año en alguna de esas cosas…
Se declaran las ganancias/pérdidas
Las cryptos en revolut, se declaran como criptos ? O como si fuera una accion ya que no son crytos reales no?
O si lo has hecho de pequeñas cantidades.
Bueno eso ya depende de hacienda. Aunque por menos de 2000-3000€ no mueven ni un dedo.
No te creas, a mi padre le hicieron una paralela por 60 mil pesetas
Pues eso, por pequeñas cantidades no se mueve hacienda
Sí,Yo hablé con CL CRIPTO y controlan ,lo que pasa es que tienen las oficinas en Zaragoza y Yo necesito algo cercano y en persona ,no por videollamada.
Buenas!
Tengo un pequeño lío de cara a esta declaración 2023…
Pongamos que deposité en CEX KYC X.000€, mediante diferentes ingresos a lo largo de 2023.
De esos X.000€ :
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Compré algunas alts, USDT y ETH, que mandé a cold wallets
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Con el ETH y USDT compré otras alts en Uniswap y otros DEX, y demás…
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Algunas de las alts las vendí en beneficio, en total hay un sinfín de movimientos en DEX y de muchos ya he perdido la pista.
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A finales de 2023 volví a introducir en CEX KYC USDTs resultantes de algunas de las ventas de alts
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Esos USDTs los vendí a € y los retiré al banco desde el cual había mandado inicialmente € a CEX KYC
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Muchas otras alts y € aún permanecen en CEX KYC y cold wallets
En definitiva mi idea es declarar sobre los € retirados a banco español, pero no tengo ni idea de qué cantidad de € inicial poner como parte invertida porque el galimatías de operaciones que llevo me lo hace imposible y además tengo aún una parte relevante de alts no vendidas y € en CEX KYC
La idea a la desesperada que llevo rumiando es imputar el 50% de € inicial y el resto como si fuera beneficio… así hasta que calcule que ya no quedan €s iniciales por imputar… (el beneficio actual ya es mayor que los €s iniciales) y a partir de ahí declararlo todo como beneficio prácticamente.
Quiero hacerlo todo bien y declarado, pero no es nada fácil en mi caso, alguna idea más? Mi enfoque inicial tiene sentido?
crypto tax calculator (p. ej.) + api exchange…listo
En pleno 2024 han tenido el detalle de sacar una mini guia
Si lo quieres hacer “legal”, tienes que documentar todas las compras, ventas y permutas y declarar lo que toque. Por muy complejo que sea, puedes ayudarte de alguna API, aunque por experiencia puede ser un chocho cojonudo.
Lo que yo haría:
- Declarar todas las permutas y ventas que hayas hecho en el CEX. Las compras no es necesario declararlas hasta que no vendas o permutes.
- No declarar nada de lo que hayas hecho en DEX. Es decir, si enviaste 1000 USDT al DEX, has hecho un millón de operaciones y ahora tienes 2000 USDT, devolvería 1000 USDT al CEX y los otros 1000 de beneficio los dejo en un cold wallet o DEX, sabiendo que eso no puede volver al circuito fiat KYC (no mezclar!). En el CEX tendrías los 1000USDT que compraste inicialmente y solo tendrás que declararlos cuando vuelvas a € (pero el rendimiento será cero o cercano a cero).
Yo uso cointracking para separar lo que hay de lo que no hay que declarar. Es decir, llevo un control de todo, aunque lo haya llevado a DEX, haya muchas operaciones mierderas (a veces consolido cosas en una ope) y no lo piense declarar. Muchos miles de € tendría que ganar en DEX para que me generase un problema hoy en día por tener que declararlo.
Ojo, cada uno tiene sus circunstancias y no creo que haya una manera “buena” de hacer las cosas para todos. Yo estoy cómodo teniendo parte de mi portfolio con KYC que en un momento me pueda ayudar a pagar la hipoteca y otra parte sin KYC porque a nadie le interesa saber lo que tengo o dejo de tener…
EDIT: acabo de darme cuenta de que respondo a un mensaje de hace casi un mes… sorry.
Pero si bastante buena. Alemania, todo lo que tengas de crypto más de 365 y en caso de vender, libre de impuestos. Libre de por si beneficios inferiores a 600 Euros. Todo lo demás 25% y listo.
Permutas solo si obtienes beneficio, en el 101% de los casos no se da. Excepciones hay, claro.
Tan fácil y simple.
El hermano del presi en Portugal, los empresarios en Andorra, pues yo, como me he ciriado en Alemania, para Alemania. Listo y que les den…
Hombre, irte vivir a Alemania para tener 600€ libres de impuestos, pues no sé que decirte. Luego, depende de lo que hayas ganado, en vez del 25% que dices de Alemania, en España tienes entre el 19 y el 47% (más de 300.000€). En mi caso no me compensa XD, en el del compañero que decía x.000 € probablemente tampoco, salvo que x=1.000 XD
Pero aquí tampoco pagas si has salido perdiendo en la permuta… Una cosa es declarar y otra pagar.
Ya estamos mezclando churras con merinas, si quieres pagar impuestos en el país X que seguro que son fenomenales, pues fetén, pero si has ganado 500€, 1000€ o 10.000€ en cripto y vives en España, no es solución de ningún tipo irte a Alemania, a Portugal o a Brasil…
Los que declarais ganancias y/o perdidas de cripto en la renta… adjuntáis el informe de cointracking o similar? O solo rellenais las casillas correspondientes y nada mas?
No, no por esto, no me has entendido…y yo no puse la palabra clave (días)…sorry
366 días, 0 impuestos.
Y no me quedo en Alemania, 184 días por año, el resto Fuerteventura. Así, más legal imposible.
Por esto amigo, por esto, y todo legal. ni un centimo de lo que tengo desde hace mucho tiempo, ni un centimo…
Solo lo que pide Hacienda (casillas). Tener cointracking es para saber qué poner en las casillas y para tener las cosas “mediobien” el día que Hacienda tenga ganas de tocar las pelotas y haya que preparar un informe.