Por lo que entendí, hasta que no lo pases a FIAT a tu cuenta bancaria no supone un rendimiento a declarar.
PERO si lo pasar a FIAT y quieres declarar como incremento patrimonial y luego hacienda te hace un requerimiento tendrás que dar explicación de TODOS tus movimientos (valor adquisición - valor emisión) para justificar tus ganancias… También los movimientos entre distintas criptos… Por eso los ponentes nos recomendaron guardar todas las transacciones.
Temas a estudiar: Plan de Control Tributario y Aduanero 2017.
4. Economía digital y nuevos modelos de negocio.
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-871
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Mantenimiento de los programas de captación de la información en Internet sobre los operadores de riesgo, con dos objetivos esenciales: El primero, mejorar la ordenación y sistematización de la misma, de cara a su posterior incorporación a las bases de datos de la Administración tributaria, y el segundo, seleccionar y comprobar a quienes realicen su actividad económica principalmente a través del comercio digital.
Continuación de los trabajos de análisis de la viabilidad en el uso de las tecnologías de redes sociales junto con las herramientas estadísticas de detección de patrones de fraude.
Colaboración con las Administraciones tributarias de otros países para la comprobación de los beneficios obtenidos por los distintos agentes económicos que utilizan Internet como medio para publicitar bienes y servicios a través, por ejemplo, del marketing de afiliación, dado que los principales afiliadores de publicidad son grandes empresas de ámbito transnacional con sede fuera de nuestras fronteras.
Control de las operaciones de importación asociadas a transacciones de comercio electrónico.
Análisis de los nuevos medios de pago que cada vez con mayor fuerza se están implantando –criptomoneda, plataformas mediadoras de pago, pagos desde dispositivos móviles, etc.–, ya que pueden facilitar la opacidad de las operaciones.
Asimismo, en 2017 se desarrollarán las siguientes actuaciones:
a) Análisis y explotación de la información disponible en Internet que permita descubrir actividades o rendimientos ocultos o el tráfico ilícito de bienes.
b) Actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en la actividad económica.
c) Potenciación de las herramientas a disposición de la Inspección Tributaria mediante la ampliación de la información disponible sobre los obligados tributarios con indicadores propios de las redes sociales, tales como el grado en que una empresa está conectada con otras de su sector o su posición como intermediario.
Por otro lado, se difundirá información específica en la página web de la Agencia Tributaria para informar sobre las obligaciones de quienes realicen operaciones de comercio electrónico, tratando sobre las cuestiones que más dudas suscitan, para asegurar que los distintos agentes implicados en este negocio que no tengan una voluntad defraudatoria cumplen adecuadamente con sus obligaciones tributarias.
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Lo importante es que hacienda ahora pondrá ojo en todas las transacciones que vengan de exchanges.
Creo que lo mejor será operar con exchanges descentralizados como bitsquare, aunque salga más caro.