¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Hola, comprando iota tienes que declarar por huevos aunque las holdees igual que el 95% de las cripto, por el mero hecho de tener que comprar eth o btc para luego comprarla. Esa variación de minutos o segundos para adquirir con fiat btc/eth y luego cambiarla a iota o a neo es considerada una permuta y tienes que dar constancia de ello a hacienda, por lo que estás equivocado, tienes que informar todas las cripto que tengas aunque hagas hold, al menos de todas las que es imposible comprar con fiat, que es el 95% por no decir el 99%

Vuelvo a no tener claro esto, en el momento que haces una permuta, cambio de una moneda por otra tienes que informar del movimiento, y por tanto de que moneda has vendido y cual has comprado.
Todo lo que no se haya comprado con fiat hay que informar por tanto, lo que viene siendo el 99% de las cripto, aunque no las hayas vendido, por el mero hecho de comprarlas con otra, sea btc/etc/tether… o lo que quieras que sea… vamos, un SIN DIOS.

A mi no me sale nada, yo miro los datos fiscales por Internet y no sale ningún aviso y el año pasado si hice tradeos.

Pero sacaste dinero a tu banco?

No, pero si meti

Puede que entonces se lo manden a los que sacan a Fiat y mandan de vuelta, con lo que entienden que has realizado operaciones y que tendrás ganancias o pérdidas a declarar…

Te aclaro: Tú tienes € y compras btc. Ahí no declaras nada en irpf. Después compras con btc iota. Ahora sí declaras, pero por la ganancia o pérdida de la venta del btc.

Solo tienes que declarar si a la hora de comprar IOTA en tu ejemplo con BTC, esa “venta” de BTC supone una ganancia o pérdida con respecto al precio en que lo compraste. Sin embargo si ambas operaciones se hacen el mismo dia con poca diferencia, seguramente la variación de precio sea irrisoria y si utilizas un precio diario promedio a la hora de declarar (una opción tan válida como otra), no existiría ninguna ganancia. En definitiva, no siempre que compras alts con otra criptomoneda hay que computar una ganancia o pérdida (aunque en muchas otras ocasiones sí, ya que los BTC o ETH suelen provenir de compras previas en hold). Es un fastidio pero tiene su lógica.

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No sé si te sirve de algo, pero yo lo que hice, ya hasta los huevos de todo este tema, es añadir las pérdidas que calculaba cointracking a los beneficios…Es decir, que si cointracking me decía que había “ganado” en un año 3000 euros y “perdido” 500, yo declaré a la hacienda de los cojones 3500 euros. No sé si eso tiene que ver con la norma antiaplicación de la que habláis a menudo. Es en todo caso el peor escenario en el que me pude poner y que les den. Me salí definitivamente en el 2018 ganando unos miserables cientos de euros “netos” y que les den mucho por ahí a los burócratas.

Es decir que si no existe ganancia/perdida no se declara independientemente de la permuta entre criptos… yo me creía que era al revés, que tenias que declarar cualquier permuta, y “demostrar” la ganancia o perdida (o neutralidad de la operación). Son cosas bien distintas, porque una estas diciendo a hacienda cuales son tus operaciones y activos, y en la que tu comentas, no, siendo según tu legal no aportar ningún dato ni documentación al respecto siempre que se suponga “neutro”
¿Alguien sabe más sobre esto?

Y te han llamado después para presentar comprobantes de operaciones o para que presentes algún documento??
O pagaste y te han dejado en paz?

Perdonad si me reitero, pero si este 2018 he tenido perdidas con mis Criptos ? no las puedo declarar como tales ?..solo ganancias (que por supuesto no he tenido) ?..Gracias…:thinking:

Para hacerlo hay que meter las transacciones, creo, en casilla 359 (antigua 340), en lugar de la que pide la aeat que rellenes, que es la 389 (antigua 372), porque esta no admite poner un resultado negativo. Yo lo haré así.

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Gracias. Si se puede poner en esa casilla para demostrar tus perdidas y aun asi Hacienda te llama, con tus comprobantes en orden y tu declaración presentada (y si encima es a pagar), no creo que te tengan que decir nada.

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Lo que habría que aclarar es si Hacienda cuando indica esa casilla no está implícitamente diciendo que no se pueden declarar pérdidas. Un lío más a todo esto. Aún no he podido entrar en el simulador,? No te piden ahí que introduzcas valor de adquisición y valor de transmisión?

Pues si fuera si, que no se pueden declarar perdidas, y en caso de tenerlas, ¿ que pasa si no lo haces constar en el IRPF ?..que asco da todo…lo hacen a posta para confundir a la gente…

Solo pone una casilla para poner una cifra de ganancias. No es como en la otra casilla, en la que se introduce cada transacción, con fechas y valores de adquisición y venta, no.

A ver si alguno sabe donde poner las pérdidas si declaramos las ganancias en la casilla 389, como pide hacienda. Yo desde luego no lo encuentro.

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Disculpad porque estoy muy pez en este tema, a ver si alguien me puede ayudar:
Yo en su día hice compras en Coinbase, en algunos casos holdee la cripto que compré y en otros lo envié a otros exchanges para tradear y holdear otras criptos.
En este caso yo debo irme a los exchanges y generar el csv de los trades en cuestión, importarlos en Cointracking y lo que me marque es lo que debo declarar y de lo comprado y holdeado en Coinbase no hago nada, es así?
Gracias.

Eso es. Y lo que hayas holdeado en otros exchanges tampoco tienes que declararlo (la pérdida o ganancia de btc/eth al comprar la moneda que holdeaste, sí tienes que declararla).

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Pagaste más impuestos de la cuenta…