¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Así estamos muchos. En mi caso he hecho una complementaria a la declaración de la renta de 2017 en base a esa consulta vinculante. Y creo que no soy el único en este foro que ha hecho lo mismo.

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Bienvenido a bordo, tomate un tiempecito, con el buscador de forobits busca con palabras clave y lee en los comentarios… Te darás cuenta que todo lo que expones lo hemos masticado una y otra vez, bueno, no, 1000 y una vez…

En este hilo lo importante es leer lo que te responden, sino no llegas a ningún puerto…Entre el cabreo y el mareo y otro cabreo más… pues ya sabes lo que pasa al final…

Gracias por las respuestas en primer lugar.

Sigo sin aclararme con algunas cosas, pero una que por el momento no he encontrado. Supongamos que en el ejemplo declaro esos 22000 usd que debo a hacienda de mi bolsillo. Al año siguiente vendo los 100 ethers a 100 usd por un valor total de 10000 usd, ¿me serviría declarar las pérdidas de algo más que para no pagar impuestos por los 8000 usd de beneficio? Es decir, seguiría habiendo perdido más de lo ganado por haber tenido que pagar esa cantidad de impuestos, ¿verdad?

¡Buenas compis!

¿A alguno le ha pasado eso de recibir el aviso pero no haber realizado operaciones con exchanges el año pasado? Mi padre me llamó como que le saltó el aviso pero él en 2018 no hizo operaciones (en 2017 sí y ya declaró).

Saludos!

Las pérdidas que declares pueden compensar beneficios de ejercicios posteriores, durante un plazo de cuatro años creo recordar.

Sí, el problema es que no sé si eso te lo comunicarían o callarían como putas… ¿nadie sabe nada al respecto?

La consulta vinculante es de abril, concretamente 18/04/2018 pero vaya, aún así, una putada.

A ver si lo entendí…

Yo en los ultimos 4 años de declaracion de la renta me ha tocado pagar unos 250€ por temas de IRPF.

En caso de declarar perdidas en crytpos debido al trading, puede darse el caso que pueda decirle a hacienda:

Por IRPF me ha tocado pagar 250€ x 4 = 1000€, pero como he perdido en 2018 un total de 1000€ en trading, se compensa una cosa con la otra y por tanto no he de pagar nada. En todo caso Hacienda me ha de devolver los 1000€ de años anteriores?

:sweat_smile:

Ojalá fuese así pero creo que solo se pueden compensar las pérdidas con ganancias patrimoniales en los años siguientes.
En cualquier caso, si hay algún experto en el tema que nos lo pueda aclarar, no estaría de más.

Solo se puede compensar en los cuatro años siguientes a razón de un 25% máximo por cada año.

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Yo también he hecho complementaria de 2017 declarando las pérdidas.
Me quedare mas tranquilo cuando venga la resolución de que esta correcto. Así no habra problemas cuando declare ganancias en años siguientes

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Independientemente de lo que “valga” tu inversión a final de año, si no vendes antes de que acabe el año, es decir no realizas esas pérdidas, no puedes descontarlas de tus ganancias. Ahora bien, si vendiste algo eso minoraria dichas ganancias.

En este hilo hablamos en su día que era importante hacer un balance a final de año para ver las ganancias realizadas y las pérdidas no realizadas, por si hay posibilidad de compensar las primeras con las segundas. Si no haces una planificación fiscal como te digo, te puedes encontrar con un buen susto a la hora de declarar. Cointracking puede ser de gran ayuda ya que te muestra de forma sencilla estos dos parámetros que te comento, y a mi me ha venido de perlas.

A mi ya me pasó en 2017 lo de no planificar y me tocó pagar impuestos por 15.000 euros de beneficio “ficticios” (sin pasar un euro a mi banco) y de haber sido igual de descuidado en 2018 me hubiese pasado lo mismo, pero al realizar pérdidas antes del 31 de diciembre conseguí compensarlas casi totalmente.

A la hora de evitar la regla anti aplicación de pérdidas patrimoniales, @Alejo entre otros comentó la posibilidad de comprar antes de vender, de forma que no hubiera recompra tras dichas ventas y eso nos impidiera computar las pérdidas (teniendo en cuenta que sobre esta cuestión hacienda no se ha pronunciado todavía, pero como ya hicimos antes de la consulta sobre permutas, nos pusimos en lo peor y al final acertamos, como dice el refrán).

Todavía nos pueden sorprender para mal o para bien respecto a esta cuestión, pero tenemos el antecedente de la escabechina con las ganancias de juego y yo ya no espero nada, sólo podemos verlas venir…

En resumen, recalcar que a la hora de hacer trading, es muy importante considerar las posibles implicaciones fiscales de nuestras acciones, y actuar en consecuencia antes de que acabe el ejercicio fiscal lo que nos evitará sustos en la próxima declaración. Lo dice uno que ha aprendido a base de palos.

Independientemente de que una consulta vinculante no “dicta” ley nueva sino que interpreta la existente, interpretación que muchos ya consideraban antes de las misma (otros no), y al no existir consulta previa sobre este asunto no se puede decir que haya habido un cambio de criterio… En cualquier caso si dicha consulta se refiere a un ejercicio fiscal cuya obligación de declarar no había terminado todavia, no hay retroactividad, como es este caso. La putada es que nos puede fastidiar la planificación fiscal. Por eso digo de ponerse en lo peor, es una postura defensiva, para no tener que llorar y maldecir cuando al fisco le de por pronunciarse.

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¿Has vendido en pérdidas para pagar menos a hacienda? Pero cuando vuelvas a comprar y vuelvas a tener beneficios tendrás que pasar por caja nuevamente, y no podrás volver a vender en pérdidas

En cambio si el bitcoin se va al suelo, habrás pagado 15000 euros a hacienda de los cuales no podrás compensar posteriores perdidas en el supuesto anterior.

Y todos aquí tan felices con la mordida injustificada, es como si yo compro una casa sube su valor al doble y tengo que vender la cocina para que hacienda se quede mi “ganancia patrimonial” no materializada.

Tan surrealista como ridículo.

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En efecto si Bitcoin a) sube de nuevo Y b) vendo, entonces para hacienda es como si hubiera comprado en 3.000 y tengo que computar ganancias de nuevo, pero eso es mejor que pagar por miles de euros de ganancias ficticias por hacer trading a primeros de 2018, y ver cómo todo se esfuma por el bear market del resto del año.

Prefiero pagar cuando vea las ganancias de verdad porque por ahora no pienso vender más, estoy en fase de acumulación/hold hasta el proximo halving por lo menos, con pequeñas compras escalonadas, promediando si es necesario. Y si no vendes no hay ganancias que declarar.

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Al final lo más práctico va a ser no hacer trading, como mucho acumular mas bitcoins cuando hayan bajadas importantes de precio y esperar a que suban sin vender nada por el camino.

El día de mañana cuando el precio haya subido lo suficiente como para que te merezca la pena vender, se vende liquidando los impuestos de esa venta y listos… :sweat_smile:

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Es lo más sabio…

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A ver si me aclaro… he hecho una prueba con coitracking exportando el CSV de un exchange. Tras analizarlo me ha dado unos resultados pero no sé si los estoy interpretando correctamente.

Os pongo un ejemplo con cifras inventadas a ver si lo interpreto bien:

  • coste: 11.000€
  • ganancias/perdidas no realizada: -8.000€
  • ganancias/perdidas realizada: 10.000€

¿¿??

Significa que me he gastado 11.000€ para acabar ganando 10.000€ y por tanto he tenido una perdida de 1.000€ ??

Lo que te está diciendo es que tradeando hasta ahora has ganado 10.000, y si ahora vendieras todo lo que te queda obtendrias otros 8.000 (ganancias no realizadas).

Al lado del coste que es el precio medio de compra de tus BTC, tienes el valor actual en el mercado que imagino que será de unos 19.000, es decir sumandole las ganancias no realizadas.

Si las ganancias no realizadas son negativas, son pérdidas latentes que podrian compensar las ganancias si se opta por realizarlas antes de que acabe el año, pero no es tu caso.

Gracias por la respuesta, he editado el post para aclarar que el -8000 era en negativo.

Es decir, segun entiendo de tu explicación…

-8000 + 10000 = 2000 <— al final tendria que tributar por esos dos mil euros aplicandoles el 19%

Ese seria el caso?

Por cierto, a alguno le pidieron justificar las pérdidas declaradas en la declaración del ejercicio 2017? No es lo común ya que por lo general se generaron ganancias pero he leído en algún foro que a alguno sí le han pedido y no le han aceptado justificación de transferencias (igual no aportó todos los moviemiento). Y este año podría no ser extraño, ya que a principios de año ha habido más bien pérdidas (según la estrategia de cada uno). Veremos.