Perdonad, supongo que ya se ha respondido a lo largo del hilo, pero el caso es que compre btc en pleno bull run, dejandolo en el exchange, en el 2018 me hacia falta dinero y vendi parte de mis btc que ingrese en mi cuenta bancaria dejando parte en el exchange, luego en el 2018 decidi vender parte de btc y comprar ETH sin moverlos del exchange y los mantengo actualmente en el exchange. En este 2020 decidi hacer una transferencia de mi cuenta bancaria a la de mi exchange para comprar btc. He visto que para la declaracion de renta me dice que he operado con criptos, pero el caso es que yo todo lo tengo en hodl en el exchange, solo vendi btc y traspase a mi cuenta bancaria en el 2018… mi duda es que no tengo ni idea de como declarar esto, lo quiero hacer todo legal y mi vision es que yo estoy en esto como inversion a medio/largo plazo y vender cuando sea el momento. Alguien me podría decir como declarar esto?
Muchas gracias
Puedes leer un poco o buscar asesoramiento profesional.
Salut.
Por lo que a criptos se refiere, en la declaración de 2019 no haces nada, pero en teoría deberías hacer complementaria de la de 2018, para declarar ganancias o pérdidas (sospecho que pérdidas, por lo que dices).
Hay algún forero al que le haya llegado el aviso el año pasado y este año no, habiendo hecho compras durante 2019? Me lo ha dicho un compi de curro y me ha dejado a cuadros.
Gracias, una duda, cuando dices que en la declaracion del 2019 no hago nada. ¿Es pq no he realizado ninguna venta de criptos que haya luego mandado a mi cuenta bancaria? Solo se declara si hago una venta (en beneficio o perdida) y lo mando a mi cuenta bancaria luego? Y en caso de que realizara esa venta, pero ese dinero lo mantengo en el exchange sin mandarlo a mi cuenta bancaria? Muchas gracias
Se declara si vendes cripto (por fiat o alt). Lo de pasarlo a la cuenta bancaria es irrelevante, a efectos impositivos.
No entiendo muy bien intervenciones como la tuya.
Vamos a ver. Todo movimiento de crypto dentro del exchange no es un incremento patrimonial. Por ejemplo el cambio directo de una crypto por otra NO ES UN CAMBIO PATRIMONIAL. De hecho, de hacerse así, habitualmente tiene pérdida salvo que tus gestiones de trading se hagan con unos exchanges con pocas comisiones. Tiene pérdida porque el exchange nunca te da el precio del momento de la venta sino más bajo (para quedarse una parte como comisión encubierta), te cobra una comisión por el cambio ,y con la compra te da el precio más alto (quedándose de nuevo otra parte). Cualquier intercambio directo entre monedas sin paso por tu monedero en € no solo no es un cambio patrimonial sino una pérdida.
No entiendo que fijación tienen algunos con defender las posturas de hacienda. Estamos hablando de que hay gente que ve bien pagar impuestos por cryptos cuando ese dinero no está en efectivo en tu cuenta bancaria. El argumento de hacienda , es que todos los usuarios de crypto somos unos corruptos, y claro, como algunos podrían ganar mucho dinero en sus exchanges, y hacienda no vería un duro, lo mejor es cobrarles también en los exchanges, no esperar a que lo cobre en su cuenta, como hace con las acciones, las sicavs, los fondos de inversión,etc. . La fiscalidad intrusiva y fascista por delante. Claro, es que, según hacienda luego podrían intentar evadirlos mediante sociedades interpuestas (cosa que la inmensa mayoría no sabe ni lo que es, mucho menos montarlas) , testaferros que cobraran el dinero en el extranjero (y rezar para que no te pillen en aduanas al pasarlo en efectivo), compra de bienes y servicios (jaja), enfin…es que es de chiste.
Así pues, hacienda nos intenta cobrar por algo de lo que no podemos disponer (sean cryptos o efectivo en el exchange), y que LA INMENSA MAYORÍA LA ÚNICA FORMA QUE TIENE DE DISPOSICIÓN ES A TRAVÉS DE UN BANCO CONTROLADO POR HACIENDA. Es decir, para la inmensa mayoría de la gente, la única forma de disfrutar el dinero ganado, es enviarlo a su banco, y ahí entrarías en declaración directa de ingresos o a través de patrimonial. Pero no!!! de eso nada, que tenemos que pagar a mucha “gente” y necesitamos dinero. También en el exchange , porque claro, nosotros (Hacienda) queremos disfrutar de tu dinero también. Y luego habría que ver si no hay doble imposición, que ese es otro tema controvertido.
Luego si eres minero ya es la ostia. Pongamos que generas 6ETH con tus máquinas en un año. Y luego vendes esa moneda dentro del Exchange. Para hacienda eso es un cambio patrimonial verdad? Cómo declaras el beneficio, si no tienes coste inicial de inversión?? Hay alguna casilla en hacienda para poner que la luz te ha costado de hecho más cara que lo que has ganado?? Pero es que es peor, porque si luego lo inviertes el dinero de nuevo, en principio has vuelto a tener otro cambio patrimonial (porque hacienda utiliza lenguaje siempre a su beneficio)porque has cambiado € por monedas, pero claro, y si durante el periodo que lo tienes invertido, SIN VENTA, tus monedas valen más, entonces podría ser considerado como otro incremento patrimonial no? porque claro, hacienda no se conforma con saber la cantidad, quiere saber QUÉ MONEDA TIENES Y CUÁNTAS, Así es que qué va a hacer hacienda? Mirar el coste medio de la moneda los últimos meses, y luego darle un valor medio que puede no corresponderse con el valor actual, habida cuenta de que por ejemplo las criptos se han hundido un 50% en las ultimas semanas, pero veníamos de precios más altos??
y la cosa va a peor, porque resulta que para hacer minería, hasta por hobby, Hacienda quiere que te pagues un autónomo. Y si no lo hago? Pues que si no lo haces, porque trabajas por cuenta ajena por ejemplo, no te puedes deducir los gastos en los que incurres con la minería, por lo tanto, para hacienda, TODO SON INGRESOS. Ves que bien?? Como al mes no sacas 283€ ni de coña en minería (necesitarías como 50GPUs para sacar el equivalente a 300€, y 10KW de potencia con el sobrecoste añadido en la factura), y eso sin contar el coste de amortización, solo darte de alta en autónomo ya supone QUE TU ACTIVIDAD DA PÉRDIDAS.
Falta saber, si las pérdidas patrimoniales por esta actividad se pueden imputar a tu renta via directa. por ejemplo pongamos que yo gano 20.000€ al año, y pago el 17% creo que es. Si mi actividad como minero tuviera pérdidas de (autónomo + amortización inversión + luz + internet + local si lo hubiera) y diera pérdidas anuales de 3.000€ se podrían imputar a la renta dejándome exento??
Nos damos cuenta de que Hacienda lo que busca es DES-IN-CEN-TI-VAR LA INVERSIÓN EN CRYPTOS?? Enfin…
Buenos días. Bienvenido al foro. Tenemos unas normas aplicables, unas interpretaciones de la DGT y una declaración de irpf que presentar. Me limito a exponer lo que se aplica, no lo que me gustaría que se aplicase. Más allá de esto, cada uno es libre de presentar o no presentar declaraciones como le venga en gana.
Un saludo,
Si hacienda en una consulta vinculante dice que hay que declarar las permutas entre criptos… eres libre de hacerlo o no, claro está, pero ya sabes la postura de hacienda.
Si compras una cripto con FIAT para comprar al momento otra cripto, seguramente hayas tenido unas pequeñas pérdidas por las fees. Es el único caso que me plantearía no declarar.
Llegará el momento en el que nos cobren hasta por respirar, y lo que se dirá es que ese es el criterio de hacienda.
Vale, entendido. Un saludo.
Las permutas entre cryptos sin pasar por tu monedero previamente, es decir, venta y compra instantánea es siempre a pérdida.
Si hacienda exige la declaración por permuta directa es porque no tiene ni p.idea de como funcionan las cryptos y lo único que le importa es trincar dinero de donde sea, o poner tan dificil la declaración que la mayoría decida pasar del tema.
Si aceptamos barco como animal de compañía, pues adelante. Hacienda seguirá a lo suyo.
Por permuta instantánea no creo que pongan demasiados problemas si no lo declaras. Me refería a permutas entre criptos debido al trading.
Cualquier permuta entre cryptos por el mismo valor es siempre a pérdida. por ejemplo:
vendo 1ETH para comprar , no se, Monero, por ejemplo, Vendo la moneda ETH a 140$ y compro monero por valor de 140$, no hay incremento patrimonial sino una permuta de valores con pérdidas por fees. Cambio un dinero de una venta por otro valor crypto con el mismo coste de la venta. con dobles o triples pérdidas. 1º porque el exchange no te paga lo que vale en ese momento, sino un poco menos. 2º luego te compra la comisión de venta, 3º haces la compra, y ellos te venden la precio más alto de los últimos 20 min con lo cual vuelves a perder dinero, y finalmente te cobran la comisión por la compra. Creo que más claro imposible.
Pongamos otro caso. Vendo 1ETH a 140$ y no compro al momento, sino que me espero. Al poco, Monero cae. Voy a poder comprar más moneda con 140$ que tengo disponibles, pero el valor TOTAL de la operación es el mismo, es decir, 140$, por tanto, eso tampoco es incremento patrimonial procedente de la permuta además, conllevará ineficiencias de nuevo por fees, con lo cual serán pérdidas sobre el montante total. El incremento patrimonial no vendría, en mi opinión de la permuta, sino de la venta posterior. (es decir, has comprado 140$ de monero con los 140$ de ETH y vendes a 200$ por el incremento de precio de monero, eso sí, pero eso requiere una venta-compra-venta). En una venta-compra tu no ganas dinero, puedes ganar monedas, pero en Hacienda tu no declaras monedas, tu declaras dinero, así es que no hay incremento patrimonial.
Otro caso, tengo los 140$ de mi venta de ETH, y el precio de monero sube, y como soy burro compro. Compraré menos moneda que antes, pero de nuevo yo solo tengo disponibles los 140$, el coste de venta y adquisición de Monero es el mismo, sigue sin haber incremento patrimonial por permuta, y además con fees darás pérdida en la operación, porque la permuta parte de una venta y un valor fijo, que se convierte en otra moneda. Tu no ganas nada con esa operación, de hecho pierdes casi siempre.
Con la permuta puedes ganar cantidad de moneda que luego es posible derivar de ella una ganancia, pero en sí, el hecho de comprar más moneda porque el valor cae no implica ganar nada, salvo que luego lo vendas, entonces sí.
Alguien puede poner algún ejemplo de permuta con incremento patrimonial derivado de la venta y posterior compra de otra moneda? A lo mejor es que a mi se me pasa.
Me respondo a mi mismo con un ejemplo que he leido por internet. Remo Domingo: Blog Salmón
Compro ETH a 200€ y cuando vale 300€ cambio ETH por Monero. Para mi, no hay ganancia en la permuta (compras 300€ de monero con 300€ de ETH y con pérdidas por fees, ergo palmas pasta).
La ganancia está en el incremento del valor posterior a la compra inicial de ETH. Eso, para mi no es un incremento patrimonial por permuta.
Jugada maestra de Hacienda. Como no tienes valor de venta porque de manera oficial no has vendido, pues te meto el cuerno con la permuta para que no te escapes. Bravo!!
Parece mentira coño, vivimos en España, esperabas un mejor trato?
Es que eso es justamente una permuta, al cambiar ETH por Monero, estas utilizando una valoracion diferente a la inicial, y eso constituye un hecho es imputable.
Si en lugar de criptos, pones acciones como se ha comentado estas en las mismas. Compro acciones del BBVA a 200, cuando estan a 300 las vendo y compro del Santander: declaras los 100 € de ganacia.
Mientras se consideren a las criptos bienes patrimoniales es lo que hay…
Yo he consultado con un experto en fiscalidad criptos mi caso y me ha dicho que como he comprado por ejemplo ethereum para comprar iota u otras criptos al momento y todo lo demás es a hold nunca he vendido nada que declarar eso supone céntimos de euro esas permutas unas a mí favor otras en contra y al final serian declarar céntimos que puedo hacerlo pero lo ve ridículo , me ha dicho que lo haga cuando venda.
Asique voy a pasar, incluso me ha dicho que si me sancionarán sería con un porcentaje de esas ganancias de céntimos en el caso de haber ganado…es de retrasados… Me vale más la declaración que la supuesta sanción sobre céntimos de euro
Sip, creo que se ha comentado que en esos casos no merece la pena liarse. También vale más el tiempo que dedicarían los técnicos de hacienda en abrirte una inspección que lo que sacarían por esos céntimos. Haces bien! acumule ahí!
En mi caso, en el 2018 compre ETH…durante el año, con esos ETH iniciales hice varias compras y ventas de ETH aprovechando caidas y/o bajadas (trading)…pero echando cuentas al final del 2018 me quedé con menos ETH y con ciertas perdidas…a la hora de reflejar eso en la declaracion, he ido a la casilla 1624 y en el lapiz para escribir elijo el numero 7 y ahí introduzco la fecha de transmision (la resultante de tener menos ETH a finales del 2018 )y la fecha de adquisicion (en la que compré a inicios del 2018 los ETH iniciales)…por tanto me sale una cantidad calculada de perdida patrimonial. ¿Asi es como hay que declararlo? Me podeis poner un ejemplo?
Deciros que esa cantidad de ETH a final del 2018 resultante no la pase a mi cuenta bancaria, sino que la mantuve en el exchange.
Muchas gracias
Bueno… este año me ha desaparecido el mensaje de la renta… el año pasado fui uno de los seleccionados… este año me libro del mismo o lo cargarán más adelante Último movimiento que hice trazable fue en 2017