¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Esto es lo único que dice el BOE al que hace referencia la portada del panfleto económico ese:

En concreto, las actuaciones a realizar en 2021 en relación con las criptomonedas
son las siguientes:
a) Obtención de información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones
realizadas con criptomonedas. Se prevé su incorporación al modelo de bienes y
derechos en el exterior, así como el establecimiento de una obligación informativa
autónoma sobre criptomonedas.
b) Sistematización y análisis de la información obtenida, a efectos de facilitar las
actuaciones de control de la correcta tributación de las operaciones realizadas y el origen
de los fondos utilizados en la adquisición de las criptomonedas.
c) Potenciar la cooperación internacional y la participación en foros internacionales
con el objeto de obtener información sobre las operaciones con criptomonedas y otros
activos virtuales

Lo demás es todo desinformación.

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Hace años que leo el Economista… y siempre han sido muy criticos con Bitcoin y las cryptomonedas.

Lo tipico es ver noticias en primera página cuando hay alguna mala noticia de Bitcoin (bajada de precio brusca, FUD, etc) y cuando hay alguna noticia positiva… o no la mencionan o lo hacen lejos de la portada.

Recuerdo que cuando empezó el rally alcista a finales de 2020 tardaron varias semanas en publicar alguna noticia al respecto cuando en otros medios supuestamente no especializados ya hacía días que se hacían eco de la noticia.

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Tanto esta basura de medio, que es del mismo grupo de El País, como Expansión, que es del mismo grupo que El Mundo, son propiedad de los menos interesados en que triunfen las criptomonedas, el sector financiero actual.
Siempre están, única y exclusivamente, al servicio de su amo, el cual los mantiene a flote artificialmente, ya que como medios son deficitarios con grandes pérdidas, necesitan inyecciones continuas de los que luego se benefician de las tendencias creadas por sus titulares interesados.

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Eso explica por qué hay tanto publireportaje sobre la banca tradicional y sus beneficios

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Se comenta en este mundillo que es raro las personas que no hayan perdido monedas: robos, hackeos, malas direcciones, pruebas, scams, pérdidas de billeteras, un largo etc. creo que es un poco tabú el tema, yo lo llamo a todo eso hacer Perpetual Staking.

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Si algún día las criptos dan para ser rico rico, pues 183 días en el extranjero favorable fiscalmente y España una vez al año unos pocos días para ver a los queridos. No veo el problema. Mientras tanto el 720 que lo presente Echenique y toda esa panda…

Pero ojo, cuenta bancaria fuera de España.

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No se vosotros pero yo llevo los últimos 3 años declarando cada transacción con beneficio y/o perdida. Como buen colorido, este es el primer año fiscal (2020) donde declararé ganancias y pagaré los impuestos correspondientes. No vale declarar cuando retiras a Fiat, tenemos que declarar cada transacción. Con cointrack no he tenido ningún problema y hasta la fecha no me han solicitado nada. Eso sí, me hace la declaración mi gestoría.

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Hola @Tommy10, una duda, sería el primer año que declaro, aún no he buscado gestoría que controle de de estos temas, la pregunta es, ¿Tú pasas los datos de tus trades a cointraking y se los llevas al gestor? ¿Que opciones utilizáis?

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No recuerdo ahora mismo la opción, porque si que es verdad que tiene varias. Hay una que te saca el sumatorio de ganancia y pérdidas de cada transacción así como el valor de cada Cripto a fecha 31 de diciembre. Por ejemplo si he comprado el 1 de Enero ADA a 0,43$ y la holdeo todo el año y llega el 31 de Diciembre y sigo teniendo ADA, que vale 0,93$, aunque no haya sacado beneficio de ella, tendré que declarar esa “supuesta ganancia”. En cointrack hay un reporte, mañana te lo miro, es bastante visual que te da toda esa información. La exporto en Excell y listo para la gestoría.

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Si no hay venta o permuta creo que no hay que declarar nada. Otra cosa es que te saque el valor a 31/12 por si lo tienes en exchanges fuera de España y exista la posibilidad de un modelo 720.

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Yo estoy declarando todo el patrimonio que tengo en Cripto a fecha 31 de diciembre. De hecho los primeros 2 años no he sacado nada a Fiat a mi banco y declaré perdidas porque a fecha 31 de diciembre el valor provisional de mi cartera era inferior. El año pasado las mismas criptos se han revalorizado y este año declararé ganancias. Estuve mucho tiempo en este hilo hablando sobre el tema y mi gestor hizo las consultas pertinentes y finalmente decidimos actuar de esta manera. No quiero decir que esté en lo cierto (dios le libre) simplemente deciros que haciéndolo de esta manera nunca he tenido problemas.

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Ah vale. Si aplica el impuesto por patrimonio es otra cosa jeje. Yo ni me acerco.
Disculpa.

Lo único que tendría presente es que si, por ejemplo, has tenido beneficios por trading durante todo el año y luego a final de año las criptos pegan un bajón y pierden valor, no tengo claro que puedas compensar los beneficios del trading con esas pérdidas no realizadas debidas a una caída del precio justo a final de año.

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No se pueden declarar ni ganancias ni pérdidas de operaciones no realizadas, eso es motivo de infracción, infracción que puede llegar hasta 4 años después.

El valor de la cartera es solo importante si se dan las condiciones que tienes tanto nivel patrimonial que entras en el rango de tener que pagar impuesto de patrimonio.

Declarar pérdidas o ganancias porque el valor de la cartera haya bajado o haya subido si no se ha ejecutado venta alguna es una barbarida.

Informativamente se puede declarar lo que uno considere y sea real, pero declarar ganancias o pérdidas no realizadas está prohibido.

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Si es tal cual como dice @Dalai, yo que tú cambiaría ya de asesor fiscal y además le pediría responsabilidad porque lo que has hecho es un desastre.

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Ya voy entendiendo por que Warren Buffett llamó ratas a los criptoinversores, esto lo dice David alguien criado en Venezuela.

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La fuga de Youtubers solo es el principio.

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Muy buenas,

¿Alguien sabe decirme si se pueden declarar pérdidas de una determinada criptomoneda si volvemos a recomprarla en un breve periodo de tiempo?

En acciones nacionales habría que esperar 2 meses, y en las internacionales 1 año, ¿hay algo parecido en criptos?

Muchas gracias de antemano.

Aún no hay nada sobre eso, es un tema que está en el aire, habrá que esperar a ver qué pretende hacienda, y luego con los recursos ver si lo que pretende es realmente legal.

Una de las ventajas de ser holder es no tener que preocuparse por eso y quedar en manos de la interpretación de Hacienda.

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