¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Si te vas de España éste año,tramitas legalmente la residencia fiscal en otro país cómo Paraguay dónde no se paga impuestos,y vuelves en 2022 a España,la Hacienda española podria reclamarte algo de lo ganado en cryptos en 2021?

No se si habéis visto la noticia de multas de mínimo 5000 euros que quieren poner haciendo por las criptomonedas
Que desgracia…

Intentan ir a por este mundo como sea…

No se si eso será legal

Ale que te multen con lo que les salga de ahí…

Al hilo de esto yo he hecho la declaración del papel del D6 de acciones de DEGIRO

Sabéis si había que hacerlo con las criptomonedas?

Gracias

Con las criptomonedas no me suena que hubiera que hacerlo

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El estado odia a los autónomos son los más libres del sistema económico, van a acabar con ellos. En España va a quedar el sol y los funcionarios, no hay quién aguante esto.

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Tambien esta ratificado por varias sentencias que el 720 es una pasada de frenada y ahi sigue. Tu fiate de Hacienda en este tema. Para ellos las criptos son un activo toxico, “rat poison” como dice Warren Buffet. Siempre hay que asumir el angulo mas agresivo por su parte. Al que le sale caro juicios y abogados es al contribuyente, si no ya habrian quitado el 720 pero se la suda como podemos comprobar.

Otra duda que tengo. Si yo tengo criptomonedas en la app y lo paso a la fiat wallet sin llegar a enviarlo a mi cuenta bancaria personal, esto tambiem hay que declararlo?
Lo digo porque la accion que queri hacer es enviar alli i de alli comprar otra.

Espero que me podais ayudar.

Gracias

Toda venta de criptomonedas, sea entre cripto o a FIAT, hay que declarar, las pases a tu banco o no, ya que lo que declarar es la variación en la composición del patrimonio, así que si vendes Bitcoin por Fiat, la composición de tu patrimonio ha cambiado y eso tienes que declararlo hagas lo que hagas con él.

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Muchisimas gracias!!! Da gusto encontrar gente como ustedes😎

Cómo se declara una venta en mano? Qué documentación se presenta ?

A día de hoy sigo sin entender nada. Pongamos un ejemplo, tengo 1000 euros invertidos y he hecho otros 1000 de beneficio. Yo puedo sacar el dinero sin problema o tengo que tributar? Que es lo que hay que hacer para evitar el mínimo de riesgos? Es posible sacarlo sin tener que objetar nada? Y si vendo criptos y dejo el dinero en el Exchange? Que pasa? Cuando tengo que sacar ese dinero?

Todas esas preguntas están respondidas en el hilo.

1 - Pregunta rápida. Cuando compras y vendes una cripto, ¿en cual de las siguientes bases se declara?:

  • Gravamen de la base liquidable general o
  • Gravamen de la base liquidable del ahorro

2 - ¿Y en caso de que fuesen token obtenidos de recompensas?

No se si alguien me puede responder a una duda. Si compras tarjetas regalo anónimas directamente con tu billetera y usando una vpn y luego las usas para comprar en amazon y demás hacienda se podría enterar de algo? Podrían saber todas las compras que has hecho en un sitio y que has pagado con tarjetas regalo y luego pedirte explicaciones de dónde han salido?

Estoy seguro de que en este foro no vas a encontrar respuestas sobre evasión fiscal, saludos.

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Tendriamos que hacerte un monumento por tu contribucion a aclarar estos temas…

Había leido la noticia y me había saltado el corazón! muchas gracias por tus aportaciones Dalai!!!

:kissing_heart:

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Resumen rápido:

  • Si vendes tus criptos tienes que tributar solo por el beneficio obtenido.

Siguiendo tu ejemplo, inviertes 1000€ en bitcoin y vendes cuando se duplica el precio (obtienes 2000€).

A hacienda le tendras que pagar el % correspondiente a lo que hayas gandado en neto, por tanto:

2000€ beneficio bruto - 1000€ inversión = 1000€ beneficio neto

1000€ x 19% = 190€ a pagar a hacienda

FIN

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Lo más probable es que hacienda nunca se entere de esas compras incluso si compras sin VPN.

La VPN lo único que hace es enmascarar la IP desde la que estás conectandote. Pero una IP por sí solo no es nada que te identifique a menos que te estés conectando desde tu casa o desde tu móvil claro está…

Dicho de otro modo, te puedes conectar desde una wifi publica y seria similar a usar una VPN ya que estarías haciendo las compras desde una IP que no te identifica directamente.

En cualquier caso, indistintamente del tipo de conexión que utilizces, dudo mucho que Hacienda le pregunta a Amazon ¿Quien te está comprando con tarjetas de credito vincualadas a cryptos?.. y en caso de hacerlo pues Amazon les pasaria directamente tus datos y por tanto les daria igual que te conectes por VPN o desde casa.

Pero vamos que yo creo que aquí los únicos que tenemos que preocuparnos somos los que hemos hecho compra venta de cryptos en años anteriores y no están todavía prescritas… siendo cantidades importantes. Los demás no creo que tengáis que preocuparos de gran cosa.

El tema es… qué son cantidades importantes? Entiendo que si uno en 2018 compra 1000€ de btc y al año, con esos mismos btc, compra ethereum, también se debe declarar ese cambio no?

En mi opinion 1000€ no es una cantidad importante…

10.000 € empieza a serlo…

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