¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Gracias, una de las cosas positivas que veo al exilio es hacer a los niños bilingües. Eso ya lo he hablado con mi pareja.

Ando dándole vueltas al país

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Piénsalo muy bien, recuerda futuro hijos. Mucha suerte

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¿Cuánto vale el clima de un país, familia, calidad de vida…? Muy mal lo tendría que ver para irme de aquí… No es una crítica, cada uno es libre de hacer lo que quiere lógicamente.

De acuerdo…

No has visto otros países…

:point_down:

:+1:

Y como dije antes. Ante todo el futuro de los hijos. Mis caprichos me los he dado antes de decidir tener hijos.

23%

No está confirmado aún.

Tal y como comentábamos, anteriormente, Andorra ya tiene un trato fiscal favorable para criptoinversores, entre otros, puesto que no existe el Impuesto Patrimonial y que, a nivel de IRPF, las ganancias de capital tributan a un máximo del 10%.Sin embargo, el gobierno andorrano ha planteado la posibilidad de revisar la ley y va a estudiar cómo las criptomonedas podrían quedar exentas de tributación.Cómo país en transformación hacia una economía que apuesta por la innovación tech, donde se legisla a favor de los activos digitales, podemos decir que en Andorra las cryptos podrían llegar a tributar al 0%.

Esto me lo han comentado pero en España. Alguno sabe si es cierto? Si yo vendo mi cartera y lo reinvierto en primera vivienda, el % de tributación varia?

Vale la seguridad de tener la pasta suficiente para que mi familia no necesite trabajar.
No es el 23%, eso lo pagaba bien contento.
Es no saber que pasará después de pagar.

Si has viajado un poco verás que en otros países también hay mucha calidad de vida y buen clima.

Un exilio temporal de tres o cuatro años y vida resuelta es para pensarlo

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Puede que tengáis razón e igual en un futuro pienso como vosotros, no sé. Pero es algo para pensárselo muy bien. De todas formas sigo pensando que el lugar donde quiero vivir lo elijo yo, no Hacienda. :grinning:

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O 26% para este año.

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En el proyecto de Lei que circula, estaba que si hacías hold +2 años, tenías un 25% bonificación por cada año hasta un máximo de 4 años (100%) siempre que reinvirtieras en un activo del propio país.

Aquí se podría incluír viviendas, terrenos, negocios, ETF/Sicavs estatales o similar. Es difícil hacerlo sobre todo, pero tu casa y tu negocio principal pueda salir de las cryptos con excención del 100% no está nada mal respecto a los vecinos que tiene el país.

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Creo que lo mejor es buscar un buen gestor.

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Pero lo que comenta el artículo es lo que se ha hablado en el hilo, no?

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Si, pero sigo creyendo que si se tiene una cantidad respetable que declarar es mejor estar asesorado por un buen gestor. Es una opinión personal, después que cada uno actúe según su criterio.

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Totalmente de acuerdo con @AntMOL
Tened en cuenta que todo lo que haga. Más adelante será con carácter retroactivo y es mejor no pillarse los dedos…

A mi me ha comentado un colega que creo sabe bastante sobre el tema que si trasladas tu residencia fiscal fuera de España tienes que irte mínimo 5 años para no tener problemas con el fisco español a tu vuelta.

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Eso me estoy planteando. Cuatro o cinco años

Hola a todos,

Impresionante hilo pero es tanta la incertidumbre…

Qué ocurre con el trading a todos los niveles (normal, margin…)? Sobre todo con múltiples operaciones diarias que es imposible de recopilar (sobre todo a pasado).

Cómo se declara en el caso de pérdidas netas (operaciones con ganancia y operaciones con pérdidas, pero en resumen final pérdidas).

Dónde se pone y cómo? Basta con poner en alguna casilla pérdida de xxx y ya está? No hace falta en caso de pérdidas netas?

Cuenta el neto? Solamente las operaciones con ganancia?

Lo normal sería declarar ganancias anuales y listo, todo lo demás es complicar las cosas innecesariamente…

Complicar las cosas la hacienda española? No me lo creo