¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

A mí lo que me sigue dando respeto es que alguien decida que las pérdidas de trading no se permutan y tengamos que pagar por los beneficios que ellos consideren.

Ya ha pasado con el poker. Creo que en este grupo se ha comentado algo al respecto.

Imaginemos que tengo tres millones de beneficio, pero con trading he perdido 2’8 millones. Pago impuestos por 200.000€
Si el técnico de turno no balancea las pérdidas me pedirá el 23% de tres millones.

Eso es lo que me echa para atrás. Puta inseguridad jurídica de este país de pandereta

Mejor cointraking que koinly??

Esa es una de las dudas. Cómo se va a regular eso? Porque en función de eso se tendrá que declarar de una forma y otra.

Por cierto, a partir de cantidad se considera algo serio? Es decir, es lo mismo estar tradeando un año con 100€ que con 1000€ que con 10.000€ que con 100.000€?
O para cantidades bajas ni se meten?

Cointraking se ha convertido por así decirlo en el ‘‘Standar’’ pero hay mas servicios o programas que podrían valerte, al final no creo que varíen mucho de uno a otro.

Por poder se pueden meter desde el primer euro, no hay mínimos. Movimientos de 2500€ creo que es el mínimo que notifica el banco a hacienda.

Pero por 1€ te puede denunciar el vecino

Es que a ver si has ganado 3 millones con criptos durante 2020 y a 30 de diciembre de 2020 hay un foso, o sea tus criptoactivos pierden un 90% de un día para otro y no vendes a hacienda le da igual que tus criptos valgan 300K a 31 de diciembre.

Tu deberás tributar un 26% por el total de las permutas de 2020 que són los 3 millones.

O sea que tendrías que pagar 780K según está la ley ahora mismo, o lo que interpretan expertos como Seico.

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Pero si no vendes no habrías generado la permuta, por lo tanto no tendrías que pagar impuestos hasta entonces.

o vendes a perdidas y haces la media…

Creo que se refiere a que si durante el año haces permutas y tienes un beneficio a 30 de diciembre de 3 millones. Si el 30 de diciembre se va todo a la mierda y no vendes a pérdidas para compensar las ganancias, vas a tener que tributar sobre los 3M.

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Se considera.venta el intercambio entre cryptos. Si tienes 1 btc y lo cambias x eth, el beneficio obtenido se considera venta aunque no pases a euros

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Y si en ese movimiento baja el Eth?

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Te lo comes :joy:. Cuando intercambias cryptos tienes que contar ya con el mordisco de hacienda

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Amigo… aquí uno que vivió ese mismo ejemplo en sus propias carnes (cambiando esas cantidades). :woozy_face:

El caso es que teniendo en cuenta las regulaciones actuales si obtuvieses un beneficio de 3 millones y no retirases una parte a tu cuenta bancaria para cubrirte (ya sea por retirar algo de lo invertido y pensando de cara a Hacienda) sería una jugada creo que un poco nefasta por parte del inversor.
Como dice @Reke_Na_Alejate a la hora de vender hay que contar con el pellizco que se va a llevar Hacienda ese año, así que como mínimo es mejor retirar lo que te tocará pagar en impuestos.

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Efectivamente. Yo lo llamo previsión fiscal

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He leído bien???

Si no puedes justificar el origen de tus cryptos (los que las obtuvimos hace años cuando eramos pioneros) nos toca tributar sobre el IRPF al 47% en lugar del clasico 23%??

:scream: :scream: :scream: :scream: :scream:

Buenas,

Este año debo presentar el modelo 720, ¿alguien sabe como se declara el saldo de coinbase? Me piden saldo a 31/12, saldo medio último trimestre, isin, razón social…

Gracias de antemano.

Las cripto no entran en el 720.

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Me refería al saldo en fiat que tenía en el exchange. Gracias

Igualmete no entra.

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