¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Si, si el Fifo lo entiendo, y lo aplico en compras repartidas y vendidas de una vez, pero cuando son compras repartidas y vendidas en partes también la cosa cambia.

No digo que no puedas abrir una cuenta pero muchos bancos no te van a dejar ingresar tus cripto, ya pasa aquí en España con cifras pequeñas y siendo nacional…

La duda es si he de poner como valor de adquisición el de la primera operación que hice, independientemente de que después haya hecho más compras con otros valores de adquisición. No sé, es que si es así lo veo como raro.

En realidad es un poco lotería, en este foro hay gente que ha retirado bastante direno y no lo han bloqueado, otros han intentado retirar menos y le han bloqueado, lo que tengo claro es que si el banco no me deja retirar el día de mañana mi cash me iré a otro, así de simple, alguno aceptará tu dinero encantado.

Esta claro que es una opción interesante, pero no todo el mundo está dispuesto a cambiar de país, con todo lo que ello implica, algunos están cómodos en este país (a pesar de sus desventajas), es una decisión difícil… Y más si solo te planteás irte por dinero.

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En el ejemplo que pones vendes todas a 0,5€ hasta que agotas el fondo de 20 xrp compradas a ese precio.

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Si recibes este aviso y quieres hacer un cambio de residencia fiscal te pueden reclamar algo?

En teoria si nunca has vendido, no hay nada que pagar, pero claro nunca se sabe. Si ya te odian por comprar criptos, imagina si quieres irte.

Por cierto el famoso envio dice que “ha hecho operaciones” cuando te lo envian solo por enviar dinero a un exchange. Es decir por enviar dinero a un IBAN de un exchange, ya te dicen que has hecho operaciones con cripto lo cual es falso, por que igual ni acabas comprando nada, o compras pero no vendes y en ese caso sigue sin ser una operacion a declarar.

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No queremos pagar 0% impuestos, si no algo razonable, y que en caso de algun error o falta de informacion no sea tu ruina.
De todas formas no entiendo lo que dices. Una vez has estado 6 meses en el pais ya consigues la residencia fiscal. Por que van a enviar informacion fiscal a España cuando ya no pagas ahi impuestos?

En cualquier caso, que paises serian los que comentas?

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Mientras no vendas no le debes nada a Hacienda

Hay países que tienen tratados con otros para compartir información fiscal y demás, por si te vas de este país sin pagar lo que toca antes de salir de el, pero creo que eso aplica (que alguien me corrija si me equivoco) en tales casos, es decir, si tu te vas a otro país teniendo una deuda con Hacienda.

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Lo del intercambio de información imagino que solo se aplica si te abren alguna investigación, que yo sepa no pueden pedir información sin motivo a otros países.

La mayoría de los países tienen intercambio automáticamento de informacion desde hace algún tiempo.

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Conclusión, te vayas al país que te vayas, primero salda tus cuentas aquí (si toca hacerlo) para evitar posibles problemas.

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Gran consejo. :+1:

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De que suelen informar? Por ejemplo si tu vendes 100k en Portugal, Hacienda recibirá esa información?

Si lo sacas a un banco portugués, este informa de forma automática a la agencia Tributaria española.

Muy interesante entonces la mayoría de gente que pretende irse 1 año no sirve para nada, ya que si venden una cantidad muy grande, informan a España y va a levantar muchas sospechas.

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Mínimo 5 años.

Si no lo entiendo mal serían 5 años a contar desde la última permuta o venta que hayas efectuado en España para estar 100% a salvo.
No haría falta irse 5 años si tu por ejemplo ya llevas varios años sin tocar estas criptos en España no? Si por ejemplo la última permuta la has hecho en 2017 con que te fueras un año fuera y vendieras fuera ya han pasado esos 5 años.
Por contra si el último movimiento lo has hecho en 2020, y pretendes irte 5 años fuera pero venderlos el primero año que estás fuera eso puede hacer que te abran investigación cuando informen de las criptos que has vendido.

@Dalai @JorgeO4

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Pero realmente en ese caso no debería haber ningún problema tampoco, si tu último movimiento fue en 2020, y tú te vas este 2021 tras hacer la declaración de la renta y pagar lo que toca al fisco español, aunque el resto luego lo vendas en el país al que vayas, en teoría, no estarías haciendo nada ilegal que requiriese una investigación por parte de la hacienda española…

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Claro que toca hacerlo.

Primero hay que saldar cuentas, luego procuras vivir donde quieras o puedas, si vendes en Portugal o la China eso es igual, al final tienes que estar al dia con la administración, sea de donde sea que estes o hayas estado.

Claro, yo me refiero a la gente que planea irse porque tiene muchos años sin declarar, obviamente que si tu pagas aquí los años que te toquen y luego te vas hay 0 problemas. Lo pregunto porque en este foro se ha visto mucho lo de no pagues nada en España, coge tus criptos y vete pero por lo que comentais eso con el intercambio de información va a hacer que te pillen fácilmente. No solo en este foro si no que varios gestores “conocidos” en el mundo cripto mencionan lo de irse como una solución facil…