¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Disculpa que te pregunte de nuevo respecto al caso que exponía en mi comentario anterior…

Olvidé mencionar que el exchange donde se hizo el intercambio de las altcoin minadas para adquirir los bitcoins, fue en un exchange que ya no existe, pero del cual conservo los mails donde por un lado se registra el deposito de las altcoin y por otro lado tengo los mails donde hago la retirada de los bitcoins (dias despues). Tambien conservo el monedero de los bitcoins donde quedó el registro de la transferencia.

Tras una una sesión de consultoría a un asesor conocido (Seiko), me explicó que con ese tipo de documentos ya sería suficiente para demostrar a hacienda el origen de los bitcoin.

Por tanto repasando tu respuesta, la hipotetica ganancia de patriomonio no justificada sería el minado de la altcoin y su posterior permuta por bitcoins, pero eso ya estaría preescrito.

En cuanto a los bitcoins holdeados estarían justificados mediante las pruebas aportadas (mails del exchange, wallet antiguo, etc).

¿es correcto?

Gracias

Sí, es correcto. En la medida en que puedas demostrar esa trazabilidad deberías estar tranquilo.

Pero además, si lo entendí correctamente, en tu ejemplo decidías que, por prudencia, declararías la ganancia patrimonial considerando el valor de adquisición de bitcoin a coste cero (o cercano a cero). En este caso, en su conjunto no existiría siquiera perjuicio económico para la Administración; en realidad casi habrías hecho un simple diferimiento de rentas.

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Ahí el que no te entiende soy yo… yo voy a declarar la permuta de la compra de una cripto a usdt. Y otra permuta de usdt a euros ( que será poca cosa )
Pero eso último que me has puesto en ese párrafo ya me ha despistado.
Puedes explicarmelo por favor?

Creo que se refiere a eso.

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Es correcto lo que comentas. En mi caso me resultaría complicado demostrar el coste exacto de los Bitcoin, así que asumo un coste cero para los BTC en el momento de calcular su precio de adquisición y de paso es lo más favorable para Hacienda.

Gracias de nuevo por las aclaraciones!

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Os expongo una duda que me ha surgido para el futuro.
El caso es que llevo unos dias estudiando los fondos indexados (con cryptos) para usarlos el dia del mañana.
Alguno sabe como tributan? porque con fondos normales de toda la vida es facil, pagas cuando vendes, pero en cryptos tienes que pagar x las permutas que se generen al vender un token por otro? (imaginando que un fondo del top10, si la moneda numero 10 cae y la suplanta la 11). O yo simplemente tributo en la venta final sobre el valor del fondo?.
Gracias

Así a botepronto y sin conocer el tipo de fondo, tributarás cuando vendas las units del fondo, como ganancia patrimonial salvo que el fondo esté ubicado en un paraíso fiscal.

En ese caso (paraíso fiscal) deberías integrar anualmente la diferencia positiva del valor liquidativo de un año a otro en tu base general del IRPF (aunque no vendas nada), o el 15% del valor liquidativo a 31.12.202X si éste fuera menor que la diferencia.

Lo que integres representa mayor valor de adquisición de cara a cuando vendas esas units del fondo. Dudo mucho que aplique el regimen de neutralidad fiscal (pasar pasta de un fondo a otro sin tributar) esté en paraíso fiscal o no.

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como veis el cointracking de pago? estoy dudando en si comprarlo o no para poder organizar un poquito bien todo, solo uso binance y metemask, para solo metamask, con paciencia lo voy llevando al dia ya que lo conecto a poocoin, conecto el metamask, filtro por monedas y en transacciones por moneda, lo paso moneda por moneda a excel y arreando, no solo por temas de hacienda sinó por llevar un control de cada paso, compro A, al tiempo lo paso a B para comprar la C, etc… pero para llevar un control de binance es un mareo, si lo de cointracking va bien y le pongo las api, le paso el metamask y me lo va haciendo, pues… son horas que me ahorro, como lo veis? es recomendable o va afallar mas que una escopeta de feria? la free ya veo que no da una… ademas que limita a 200 movimientos y como tengo unos 1300 pues no cuenta nada a partir de los 200…

Yo estoy un poco en las mismas. Hasta ahora voy peleándome con la versión gratuita, pero a partir del segundo año ya me aparecen errores absurdos, y entiendo que es porque a partir de 200 trades se “desenchufa”.

De todas formas, me parece que la conciliación con Binance es un churro. Los informes fiscales no son nada del otro mundo, no sé si la versión de pago está algo más trabajada.

A ver si alguien la ha probado bien y la recomienda. O alguna alternativa.

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Hola amigos,

Me gustaría preguntaros qué estáis haciendo en relación a las recompensas por staking en ETH 2.0

Teniendo en cuenta que no se puede retirar nada aún, yo entiendo que lo Justo sería no contabilizar ese incremento de patrimonio de las rewards hasta que finalmente se desbloquee el smart contract y puedas llevártelo a tu monedero, único momento en el que realmente puedes operar con él, ¿no?

Lo digo porque la lógica me dice que no tiene sentido tener que pagar impuestos por unas rewards que están bloqueadas y que, incluso en una hipotética situación, podrían perderse si hay algún fallo en la red o similar.

¿Qué os parece a vosotros?

Saludos!

Prueba Koinly, está bastante bien y te deja el informe de ganancias/perdidas gratis (sin el detalle), con eso al menos te das una idea y luego ya pagas por informe

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Alguien sabe si metiendo una dirección de yoroy en cointraking salen todos los movimientos de yoroy? Supongo que las recompensas hay que meter a mano pero los demás movimientos?

Hace algún tiempo pregunté lo mismo por el staking de otro proyecto, una persona que dijo que era Asesor Fiscal dijo que siendo puristas habría que declararlo tal cual y que si luego por algún fallo/error se perdiesen pues computarlo como pérdida patrimonial…
A efectos prácticos pienso igual que tu, no le veo sentido ni lógica declarar algo que aun no es ‘‘tangible’’ personalmente pienso que el momento de declararlos es cuando realmente puedes acceder a los rewards pudiendo retirarlos a tu wallet, hasta el momento realmente no las tienes, en mi opinión.

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y no tiene limite de operaciones?

no
te cobran en base a la cantidad de operaciones pero solo cuando sacas el reporte completo (para presentar a hacienda si te lo piden)

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Si llevas desde el 2018 solo comprando eso sí con permutas pero sin pasar nunca a Fiat, y no se ha declarado nunca, que se aconseja dado que empezaré a hacer cointraking a ver si puedo empezar a arreglar las cosas que ya dudo que pueda demostrar todo. Lo recomendable que sería hacer complementarias presentar todo cuando saque a Fiat?
Las permutas una vez pasados 4 años prescriben?

El acto impositivo de pagar impuestos nace cuando se realizan permutas, da igual que saques o no a Fiat, si has hecho compra-venta aún sin pasar a Fiat pues se debería de declarar.

Si, así es, pero eso no quiere decir que te libres de pagar lo que corresponda en impuestos, de lo que te habrás librado es de las sanciones pertinentes por haber prescrito si las hubiera.

Ok gracias me pondré las pilas

Yo creo que son 4 años desde que finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta (del año anterior).

Pero hoy por hoy que multa hay por no presentar las permutas? Es decir 2019 hice permutas esa multa cuál sería? Está aprobada esa ley? El que me hace las declaraciones me dice que hasta que no pase a euros nada que se a leído y que no hay nada en vigor dice