¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Consulta que no he visto: vivo en el extranjero, estoy por establecerme en España, y quiero vender un inmueble. No soy ni he sido residente fiscal español.

Dado que tendré las escrituras de venta para justificar el origen lícito de los fondos y los impuestos ya abonados en el país donde estoy ahora (hay convenio para evitar doble imposición), a Hacienda le importará si traslado el dinero de la venta a través de criptomonedas en vez de transferencia bancaria? Supongamos 300.000 USDT.

Asumes muy bien.

En España los gobiernos, estatal y autonómico, pueden atropellar derechos fundamentales sin que tengan ningún consecuencia, solo tienes que ver los dos estado de Alarma ilegales, le ha quitado derechos fundamentales a más de 40 millones de personas sin que nadie pague nada por ello. Ni un enjuiciamiento :man_facepalming:
¿Estamos protegidos legalmente cuando nos quitan derechos fundamentales y el TC resuelve cuando ya es irreparable el daño?

Por no hablar de la presunción de culpabilidad en los temas tributarios, la presunción de culpabilidad si guardas tus ahorros en efectivo y luego quieres usarlos libremente en la cantidad que quieras, la discriminación por razones de sexo en el tema de la ley de violencia de género, violando artículos básicos de la constitución, etc etc etc.

Podemos hablar también sobre la división de poderes, la elección de los jueces de las altas instancias, las limitaciones económicas para litigar de los que menos tienen y no se lo pueden permitir.
En ocasiones denunciar una estafa de 200€ te puede costar miles, para quien está hecha la justicia en esos casos?

También podemos hablar de como las sentencias de los tribunales no se cumplen durante décadas sin que suceda nada, mirese Catalunya.

También podemos hablar de la lentitud que hace que algunos pleitos duren más de una década, y cuando te declaran inocente ya te han arruinado la vida.

Podría seguir y seguir, vivimos en un estado con apariencia de democracia y de estado de derecho.

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No te confundas, no tengo nada en contra de los asesores fiscales, he trabajado mucho con ellos, y gracias a Dios que existen, sino me hubiese vuelto loco :joy:

Mi cruzada es contra los que llevan a gente a un callejón sin salida cuando se puede evitar.
Si viviéramos en un país con seguridad jurídica no habría problema, pero aquí la gente lo tiene jodido.

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Gracias de nuevo por las aclaraciones.

…Entonce volvemos al punto de partida… ¿Cómo le demuestra un earlyadopter al banco que sus crypto fueron obtenidas legalmente si estamos hablando de una persona que no tiene fácil la trazabilidad?

Supongo que la respuesta es que cada uno debe aportar lo que buenamente pueda y dependerá de cada escenario.

Por ejemplo en mi caso aun conservo los wallets antiguos, los mails de las transferencias desde exchange que ya no existe, etc. quiero creer que tanto al banco como a hacienda esto les debería de bastar :crossed_fingers::crossed_fingers::crossed_fingers:

Pero y si lo anterior no es suficiente? los que estamos así necesitamos saber qué consecuencias tendría…

OK es tal como lo tenía entendido. Entonces de cara a hacienda y al banco tiene alguna ventaja vender tus crypto en un exchange español? No me refiero a nivel fiscal sino a nivel de trasparencia… ya que todo lo que sea extranjero para hacienda suena a “evasión fiscal”.

A ver si entendí bien… :face_with_raised_eyebrow:

Lo anterior significa que en el peor escenario posible para un earlyadopter, es decir, en caso de que hacienda no aceptase las explicaciones que le facilitemos sobre el origen de sus cryptos y las considerase como “enriquecimiento patrimonial no justificado” entonces únicamente podría sancionarnos con una sanción basada en el valor de los bitcoins a fecha de adquisicion de 2010… ¿¿?? :open_mouth:

Porque si fuera así la sanción sería ridícula… y cuando fueramos a venderlos simplemente bastaria con considerar coste de adquisicion “0” y pagar el 23% (o lo que toque) y ya está… eso sería correcto? Bueno siguiendo con el ejemplo inicial no seria coste inicial “0” sino coste inicial 3000€ que es lo que costaron en 2015…

Si todo lo anterior solo aplica en caso de que estuvieras obligado a presentar el modelo 720 entonces a mi no me aplicaría y seguramente a muchos otros tampoco. Pero a los earlyadopters no obligados a presentar 720 pero que no podamos justificar el origen ¿qué sanción nos podrian aplicar? Nos salvaría de algo haber hecho esa compraventa de 2015?

Por curiosidad ¿Esos modelos 720 que has presentado presentados son por tema cryptos o por otras causas? Me da que si son causas convecionales no les dan importancia pero si son cryptos van a tratar de cazarte por donde puedan… :roll_eyes:

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El mismo problema sucede en casi todas partes, la dictadura bancaria y financiera está fuera de control a nivel internacional :point_down:

Los bancos pueden bloquear tu dinero sin sentencia que demuestre que eres culpable, una empresa privada decide sobre tu propiedad aplicándote la presunción de culpabilidad.

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Ok, por simple curiosidad, qué solución propones entonces para evitar ese callejón sin salida?

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Si me compro una minera vale la pena pedir factura?
Es decir, tendre a acienda encima si saben que puedo minar aunque no declare que pose ninguna crypto?

Estamos pisando un terreno pantanoso nada mas empezar. “Entiendo que…” “deberia ser…”. Efectivamente, desde la barrera se ven mejor los toros.

Que % de de gente en España hay con patrimonios de 7 cifras en bitcoin?
Que % de esa gente lo tiene en esta situacion sin regularizar?

Para poder llegar a conclusiones tipo “deberia valer” necesitariamos un sample bastante grande de casos ya resueltos y prescritos, es decir que despues de regularizar hayan pasado +4 años sin que Hacienda recurra o venga con algun invento y el contribuyente ya este en paz. Evidentemente esto es imposible por que es todo muy reciente. No sabemos con la intensidad y en definitiva mala leche va a ir Hacienda en estos casos que hablamos de un asset class que no existia hasta hace nada. De entrada, sabemos quien hay en el gobierno y sabemos su opinion respecto a Bitcoin.

No se puede hablar en terminos de “igualmente”, como si fueramos 2 partes en igualdad de condiciones donde uno intenta demostrar una cosa y otro otra. Hacienda te puede llevar a juicio, fracasar en el intento de empapelarte y no sufrir consecuencias por hacer mal tu trabajo. Tu en cambio vas a perder salud, tiempo y dinero en ello. La asimetria es dantesca.

Sobre la cuestion de como haria AEAT para demostrar que tus BTC no vienen de vender speed en la deep web, pues es efectivamente, a saber. Realmente no sabemos como tratara tu caso el sepblac o quien sea. Y no quieres vertelas en esas.

No veo el simil. La banca online depende de un servidor centralizado donde has pasado un KYC. El Bitcoin es un nuevo paradigma donde tu tienes una posesion realmente existente del asset. A partir de aqui, quien te dice que no se presentan los hombres de negro de turno a indagar en tu PC una vez has informado de ello?
Por que pide insistentemente el asesor de CLlegal (antiguo Seiko) que tomemos capturas del wallet a 31 de Diciembre? Digamos que se da una situacion de juicio y se pone en duda tus capturas. Que crees que seria el siguiente paso? perito indagando en tus claves privadas, que a saber donde acaban. No es pedir informacion a un exchange. Insisto que hablamos de un asset, que existe fuera de todo servidor centralizado, que no hay intermediarios, que ni le va ni le viene lo que ponga en la contabilidad de ningun exchange. La situacion es diferente a tener cuentas en el extranjero. Y insisto que no hablamos de que hayas comprado BTC o la shitcoin de turno en un exchange, te lo hayas traido a un wallet y no lo hayas declarado. Hablamos de formas diferentes de conseguirlos y de tener lagunas en el historial. Tambien hay exchanges que cuando te das cuenta han borrado el historial (por ejemplo Livecoin, al menos en su dia borraba el historial de transacciones como cada 2 semanas, esto lo ponia en letra pequeña, cuando te das cuenta ya no hay nada). Si encima has perdido el email por que no te has logeado y se expiro, que haces con esa parte de tu historial? como lo cuadras con el resto? Y el tema de los hardforks etc que hable anteriormente. Hay mil historias a considerar que complican mucho el montar el historial. Yo no lo veo tan facil.

Lo que comente arriba. No se puede poner al contribuyente de tu a tu con la AEAT. Claro que hay contribuyentes que son unos jetas, pero vamos no me jodas, nosotros somos unos pringados comparados al estado. Quien te acusa tiene inmunidad y no le van a echar del trabajo, ni va a recibir una sancion, ni va a pagar costas del juicio, ni va a transcurrir en los medios el nombre de quien te acuso falsamente, etc etc. Es absurdo igualarlo. Lo indignante es que lo hagan mal ellos, que encima les pagamos, y cobran extras que llevan a estas situaciones. Y lo del 45%, a ese % quitale bastante % de gente que aun teniendo razon, por no meterse en lios pagan la multa de turno y punto.

No se trata de no hacer nada, toda la gente que llega a este hilo quiere hacer algo, la cuestion es hacer algo que tenga sentido. Jugarsela a que un pais donde gobiernan comunistas no te la va a liar es una opcion tan valida como no hacer nada y seguir estudiando que hacer, ya sea en este pais o en otro.

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Ayer La Caixa me envió esta notificación y no tengo nada claro que va a pasar a partir de ahora.

Mi situación, sin enrollarme mucho:

• Solo he hecho transferencias Banco > Exchange. Nunca he Exchange > Banco.
• Empece haciendo algo de trading hasta que vi que no ganaba nada y luego pasé a hold.
• Cantidad total inferior a cinco cifras. El aumento de valor que he tenido estará entre un 10-20%.
• Mis cryptos están en los exchanges.
• Nunca he declarado nada.

Alguien sabe o puede decirme si se trata de algo rutinario, si me tengo que empezar a preocupar, si sería bueno hablar con algun asesor fiscal… ? Cualquier consejo, ayuda o explicación es bienvenida. Gracias foro!

Te estan pidiendo que demuestres que resides en España. No se qué tipo de movimientos tienes, pero la sospecha de ellos es que no resides aquí, no que declares criptomonedas. Llama a atencion al cliente de CaixaBank y que te concreten, pero si tienes nomina domiciliada o recibos o movimientos de compras con tarjeta mes a mes en España no tendrías pega de nada, lo pueden ver ellos mismos en tu cuenta.

Me pega que se han colado y eso no era para tí, pero la solución directa pasa por hablar con ellos y que te digan personalmente por telefono o en oficina ya que no es hacienda la que te lo está reclamando.

Aunque si pasas de 5 cifras y son envios a cuentas extranjeras tipo Binance o Coinbase, tengan que dar información a Hacienda por el tema de blanqueo de capitales o fraude fiscal, que tambien pueden venir por ahí los tiros. Al final estás enviando cantidades grandes a otros paises, y ese dinero hay que justificarlo tambien.

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Al hilo de varios sitios en los que he leído de hacer capturas de un wallet o tener un csv con los movimientos de un exchange o cosas así, para justificar ante un juez o ante quien sea algo… No hace falta ser un hacker para saber que son archivos totalmente manipulables. Yo que soy un pringado, puedo hacer una captura del mismo wallet con 0.00001 BTC y con 10000 BTC y que ninguna de las dos se corresponda a la realidad, no te quiero ya ni decir manipular un csv.

Pensar que hacienda o el juez x, o un perito suyo, va a dar por bueno un csv o una captura que no se haya hecho delante de un notario o algo así, es ser bastante ingenuo, lo que nos vuelve a llevar a la casilla de la inseguridad jurídica.

Lo único inmutable es la cadena de bloques, los movimientos se podrían justificar (hasta cierto punto), pero lo de las compras, ventas, etc. va a ser que estamos vendidos. Como bien dice @newteam, igual dentro de 10 años ya sabemos como va la cosa y a qué atenernos, pero a día de hoy es asumir un gran riesgo.

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Como ya te han dicho, no creo que tengas que preocuparte por el tema crypto ya que la nota no menciona nada al respecto. Solo habla de que tienen indicios de que has residido en otro país fuera de España…

En tu mensaje no has dicho si realmente has vivido o no fuera de España en alguna ocasión (no me refiero a unos días de vacaciones sino a residir varios meses o años). Pero si no has residido fuera de España entonces entiendo que es fácil demostrarlo. Pregúntale al banco cual es el periodo en el que según ellos has residido fuera y aporta documentación para demostrar que tú vivias en España en ese periodo. Por ejemplo le puedes facilitar tu histórico de empadronamiento, tus nominas durante ese periodo (para demostrar que trabajabas aquí) o incluso recibos de luz, agua, etc de ese periodo para demostrar que residias en tu casa. Ya sabemos que no son pruebas irrefutables pero es que tampoco creo que tengan nigun otro argumento en contra.

Y si realmente has residido fuera de España pues entonces diles la verdad, que tienes X cuentas de dinero fuera o X patrimonio…

Tampoco has dicho cuando hiciste esas operaciones de trading, están prescritas? si no lo están entonces valora hacer una complementaria porque a dia de hoy hacienda aun no sabe nada pero si el banco le pasa informacion de tus movimientos hacia exchanges sí que pueden hacerte una inspección.

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Efectivamente, ese tipo de documentos se pueden manipular con relativa facilidad. Pero estaremos de acuerdo en que siempre es mejor aportar eso que no aportar nada.

Yo hice una consultoría hace tiempo sobre tema cryptos con seiko y me dijeron que en caso de earlyadopters lo que hay que hacer es aportar todo lo que podamos para dar coherencia a nuestra versión y que en casos así normalmente lo dan por bueno. El problema es el porcentaje de gente que no tiene nada que aportar o que incluso aportando información coherente les toca el inspector borde de turno y lo llevan a juicios…

El juez por norma general no tiene ni idea de informática y se va a fiar solo de lo que diga el perito y de los indicios generales. Si el perito no ve indicios de manipulación porque la poca o mucha información que aportemos sea coherente, pues el informe que redacte tendrá conclusiones favorables y el juez lo dará por bueno.

Lo triste de esta historia es que tengamos que llegar a casos de juicios por el mero hecho de que Hacienda te tache directamente de culpable por sistema y se ampare en situaciones que escapan a tu control (cierre de un exchange, etc). Porque como ya han dicho antes en otro comentario, a hacienda le sale gratis acusar, es el ciudadano el que tiene que sufrir las consecuencias.

@Saurini Gracias por vuestras respuestas. Me ha sorprendido porque nunca he residido fuera, lo tenía todo listo para irme a Australia pero la pandemia me lo impidió… Yo empecé como mucha gente en 2017 en este mundo, así que creo que mis operaciones aún no han prescrito no? De todas formas valoraré lo que dices de hacer una complementaria.

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Será el modelo 721
:point_down:

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Andaaa, ya tienen listos los nuevos modelos jeje.

Falta el modelo informativo de saldos de criptos

Alejandro del campo puede que se esté equivocando, igual han sacado un nuevo modelo precisamente para que cuando declaren nulo el 720 quede en vigor el 721, y habría que empezar de nuevo para invalidarlo, con lo que ganarían un montón de años… :wink:

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Vamos que el 721 pasará a ser el nuevo 720 con el mismo tipo de lios.
Y los otros dos modelos para empresas…
Cada vez lo hacen más difícil en vez de simplificar las cosas, la de dinero que recaudarian si pusieran medio fácil demostrar lo que es tuyo.

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En este país olvidaros de tener seguridad jurídica.

En este país olvidaros de que legislen para fomentar la actividad y la innovación.

El principal objetivo de los gobiernos siempre será sangrar lo más posible a todo aquel al que puedan meter mano, lo ha demostrado tanto la derecha como la izquierda, es el sistema partitocrático que tenemos.

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