¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Me temo que sí…

Eso sin tener en cuenta el caso A pero en el supuesto de que se depreciase el precio de los tokens con respecto al valor de asignación. Que si te los dan a 3€, pagas el 19% y luego pasan a valer 2€, ¿te van a devolver pasta? Como la respuesta supongo será no, ¿que pasa? ¿Te computa como perdida patrimonial compensable con ganancias de ejercicios futuros?, eso sin contar que pudiera llegar a valer 0€ en algún momento. El fisco ya se ha metido el dinero en el bolsillo y tu puede que no hayas tenido ni un puñetero € de beneficio… realmente justo :frowning:

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Exacto, por eso mismo es una forma absurda de tributar, aunque como dijo el compañero el concepto de la logica de hacienda es el que es.

En mi caso mientras estos casos esten sujetos a “interpretacion” yo optaré por tributarlos como en el escenario B.

Que te obliguen a vender para poder pagar impuestos…
Conocéis algunos otros activos donde pase?

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Cualquier otro. Por ej.: Tener que vender la casa del abuelo fallecido para poder pagar el impuesto de sucesiones .

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Cierto, otro gran ejemplo, a veces se me olvida que el robo en este país no tiene límites

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Recién salido del horno “libro blanco sobre la reforma fiscal”

https://www.aece.es/noticias/publicado-el-libro-blanco-sobre-la-reforma-fiscal_1988

Link directo al pdf

https://www.aece.es/descargararchivo_docnoticias_2731

A ver si es verdad.

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Gracias por compartir el artículo.

Ese informe proporciona una guía de por donde van a ir los tiros en materia fiscal en los próximos tiempos, aunque a corto plazo no creo que cambie nada. En mi opinión sería un suicidio político hacer una subida de impuestos (la que sea) en el contexto actual y más aún sabiendo que el año que viene es año electoral…

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Buenas, tengo una duda sobre el modelo 720.
¿hay que presentarlo este año en caso de superar los 50.000€?
He visto en varios sitios que este año no será obligatorio.
¿En caso de ser obligatorio y no presentarlo que sanciones tendría?

Gracias.

A mi de momento me han comentado, que a no ser que a última hora cambien las cosas no hace falta, eso si, el año que viene ya tendremos el nuevo 720 de las cryptos.

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Hasta donde yo sé, si que hay que presentarlo. Han aprobado en el Senado y en el Congreso la modificación de la normativa para ajustarla a la sentencia del TJUE. Aunque entiendo que debería estar publicado en algún sitio (BOE) y no lo encuentro.

Se incluyen las cryptos en la modificación?
BOE?

Habrá que presentar en la declaración del año 2023 a través del modelo 721 la tenencia de (en teoría) más de 50.000€ en el extranjero en el último trimestre de 2022. En la declaración de este año no se debe incluir nada de criptos en el modelo 720, sólo lo correspondiente a ganancias y pérdidas patrimoniales, staking…en las casillas oportunas al efecto. Se ha dicho anteriormente, por favor leed un poco antes de repetir preguntas.

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Se continua aplicando el sistema Fifo no?

Sí. Así es.

¿Alguno está aplicando la regla anticompensación de pérdidas que aplica para recompras de valores en bolsa efectuadas antes de dos meses tras su venta?

Saludos

https://www.vozpopuli.com/economia_y_finanzas/hacienda-bonus-100-millones.html?amp=1

Hola, acabo de retirar 5000€ al banco desde Kraken y me ha llamado el banco hoy. Les piden que entregue documentación para demostrar la procedencia de esos fondos por blanqueo de capitales. Alguien tiene alguna idea de que documentación tengo que mandar? He preguntado a la chica que me lo ha dicho del banco y me ha dicho que ella no tiene ni idea, que les mande lo que tenga y que si no les vale ya me avisa.

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