¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Si estamos hablando de cantidades que superan mi salario bruto anual. Supongo que empezarán a revisar a partir de cierta cantidad, será difícil de saber donde está el límite por abajo.

He leído recientemente que en españa hay aproximadamente al menos un 15% de la población que ha realizado compraventa de cryptos… Eso son casi 7 millones de personas!

Como pretendan revisarnos a todos las cuentas van a necesitar un ejercito de varios cientos de miles de inspectores :sweat_smile:

Así que de algún modo deberán poner filtros…

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Primero harán algún filtro con toda la información y los ordenadores que tienen

El 720 aplica a cuentas corrientes (fiat) y bienes (inmuebles, acciones…) en el extranjero. Por tanto sí que aplica en tu caso…

Tal y como te han comentado, si no tienes nada que ocultar yo de ti lo presentaria incluso fuera de plazo para poder estar tranquilo de que no vengan con sanciones que por mucho que hayan bajado es absurdo tener que pagarlas.

Pues me temo que nos va a tocar declarar saldos tanto si corresponde el impuesto de patrimonio como si no…

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Entiendo que en irpf no va a ser declarar saldos, sino transacciones

Yo creo que es un apartado específico para monedas virtuales en la declaración de ganancias o pérdidas patrimoniales. Hasta ahora era una clasificación bastante genérica.

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Pero lo tendría que entregar para el año que viene no?
Por lo que han puesto estos días no hay que incluirlo en el modelo 720 este año…

Exacto, creo que es como dices…

Declaras solamente las ganancias/perdidas pero lo haces en una casilla dedicada a cryptomonedas para distinguirla de la casilla generica que habia anteriormente.

En resumen, no has de indicar los saldos pero sí identificas que la operacion se corresponde a ventas o permutas de monedas virtuales. Ya luego dependerá de hacienda si quiere pedirte más info sobre el tema o no…

Me temo que no… Él habla de una cuenta extranjera con más de 50.000€ en FIAT (no en cryptos) y por tanto está obligado a incluirlas en el 720. Además dice que esa cantidad la tenia a 31 de diciembre de 2021 por tanto habla del ejercicio 2021, osea que le corresponde presentarlo antes del 31 de marzo.

https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2843-21

Ahora mismo es poco probable que Hacienda pida info y haga inspecciones masivas ya que no tienen acceso a los exchanges ni manera de comprobar la mayoría de los datos. En cuanto eso cambie, habrá que ir con mucho cuidado.

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A ver si alguien puede aclararme esta duda:

¿Qué consecuencias podría tener utilicemos la casilla general que se venia usando hasta la fecha para declarar tus beneficios por cryptos en el borrador de la renta en lugar de usar la nueva casilla especifica a tal efecto? :thinking:

Lo digo porque en términos fiscales el cálculo de impuestos es exactamente el mismo, indistintamente de la casilla que utilices y por tanto nadie puede acusarte de estar “evadiendo impuestos”, en todo caso te pueden amonestar por no haber cumplimentado correctamente el borrador o quizás por no haber “informado correctamente”.

Y hasta donde yo sé ese tipo de errores sin perjuicio económico, tienen una sanción máxima de 150€.

Por tanto en mi opinion si alguien quiere declarar beneficios de cryptos pero no quiere reconocer que tiene cryptos, puede optar por “equivocarse” y rellenar la casilla antigua a sabiendas que como mucho le pondran una multa de 150€ :sweat_smile:

Si no te ha llegado el aviso “cripto” en los datos fiscales podría ser.
Si te ha llegado el aviso y “te equivocas” puedes dar pie a que algún “check” automático haga que te envíen un requerimiento de información.

Ojalá haya un adelanto electoral para este otoño. Puede que diese cierto margen.

Buenas yo hasta ahora he declarado todo como ganancias patrimoniales. Y me llego hace bastante el aviso de q tengo criptos…
De momento no me han pedido nada. El año q viene q viene se acaba el plazo para q me reclamen por el 2017 y el 2018. Las ganacias del 2017 las declare un año despues y de momento no han pedido nada. Veremos
Yo solo pongo el resultado total de ganacias o perdidas no hago desglose de los movimientos

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El tema es que hasta esta campaña de la renta no había un apartado específico para declarar las ganancias/pérdidas cripto.

En mi caso estoy intentando mantener el equilibrio entre pagar a hacienda lo que debo sin que se enteren de porqué se lo pago :innocent:

El motivo es que en 2018 hice una serie de permutas importantes y eso prescribe en 2023. Es el tipico caso de alguien que tenia X bitcoins desde tiempos inmemoriales, los vende todos por USDT y con lo obtenido recompra de nuevo para ganar X+1 bitcoin, sin saber que tenia que tributar por esas transacciones. Dicho de otro modo “beneficios no disfrutados”!!!

Este año me ha llegado por primera vez el aviso de que “saben que he interactuado con cryptos” y tengo claro que fue porque precisamente en 2018 hice un par de compras menores a exchange (apenas 500€cada una). Más allá de eso hacienda no tiene idea de lo que he hecho ya que nunca me trasferi un euro a mi banco.

El caso es que en 2021 ya pagué (bastante) a hacienda (unos 10k) por permutas en 2020 y este año pienso pagar lo que correspondia a 2021 (uno 7k) , pero quiero hacerlo sin que se levante ninguna liebre ya que son cifras hasta cierto punto relevantes.

A partir del año que viene no me preocupará tanto que me venga una inspeccion por que lo gordo ya estará prescrito.

La otra alternativa que tengo es no declarar nada este año, y el año que viene hacer una complementaria una vez haya pasado el plazo correspondiente… pero pasaría este año acojonado perdido :thinking:

¿En qué nos beneficiaría eso?

Si hiciste alguna complementaria ten en cuenta que el plazo de los 4 años empieza a contar desde el día que la presentas.

Y respecto a dónde declarar las ganancias, entiendo que cada caso tiene sus particularidades y adivinar cómo va a proceder hacienda es imposible. Puede que sea al revés de cómo he dicho anteriormente y envíen cartas a los que precisamente han declarado las ganancias en el apartado cripto. Es complicado saber qué es mejor.

Teniendo en cuenta que algunas de las reformas fiscales que aprobaron el año pasado ya aparecían en un anteproyecto de ley de 2018 que se dejó en un cajón con la convocatoria de elecciones de 2019… puede que otro adelanto electoral congele nuevas medidas tributarias a aplicar el próximo año. Aunque esto es pura especulación jaja

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Nunca hice una complementaria, pero sabía que prescribía a los 4 años, en cualquier caso si en 2023 hago una complementaria respecto al 2021 y tras inspeccionarla vieran que hice operaciones (no declaradas) en 2018 pues no me preocuparía porque ya estarían prescritas.

Insisto en que mi principal preocupación es lo que pasó en 2018 para atrás, pues de ahí para adelante está todo en orden.

Ahhh que al final no presentaste la complementaria :slight_smile: . Entonces a cruzar los dedos hasta el próximo año.

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