¿Qué hacemos con hacienda? (Fiscalidad e Impuestos sobre Bitcoin) (parte 1)

Parece similar a lo que llevan enviando los últimos años, siguen sin información de los exchanges, lo poco que pueden controlar ahora mismo son exchanges españoles y las transferencias bancarias. Eso si, no van a tardar mucho más en empezar a acceder info de mas y mas exchanges, así que todo el mundo que tenga bastante pasta y lio de transacciones se vaya fuera o empiece a declarar desde la renta de 2021.

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¿por qué desde 2021?

Yo creo que pueden suministrar información de años anteriores, e incluso sin kyc (i.e. dimos dni para registrarnos pero decidimos en su momento no pasar por el kyc).

Ojo, de esto no estoy seguro.

Es la renta que se ha de hacer este año, y no levanta sospechas sobre años anteriores. Hacer complementarias puede pintarte una diana en la espalda y tienen muchos años para revisarlas.

He hecho varias consultas recientemente y las dos opciones principales en caso de tener permutas por importante valor sin declarar suelen ser:

  1. Irse de España sin hacer ninguna declaración, no vale irse solo 1 año, debes contar como mínimo 2-3 años.
  2. Empezar a hacer las rentas, declarar el año 2021 y los siguientes. Con suerte España tarda unos años más en conseguir datos y prescriben los años anteriores, 2018, 19, 20. Si Hacienda empieza a hacer requerimientos a exchanges extranjeros siempre se pueden hacer las complementarias.

Si solo has introducido el DNI en la típica casilla que no se comprueba como se hacía hasta hace poco eso no es válido por lo que me han dicho. El KYC válido es por ejemplo fotos del DNI que ellos han verificado. Si tienen tu KYC válido, pueden dar datos de los últimos años, ha pasado en Estados Unidos y seguramente en algun otro pais.

Ojo, todo esto asumiendo que el exchange que has usado es español o se registre en España y cumpla con la regulación. Por ahora todos los exchanges extranjeros son intocables.

Por ponerte un ejemplo: En Binance me pedían hace un tiempo mi foto sujetando el dni para registrarme. Años después me han solicitado documentación para pasar el kyc porque si no, no podía operar (no lo pasé).

Pues bien, yo pienso que incluso sin poder operar por no haber pasado el kyc, pueden dar informacion a solicitud de la aeat, relativa a las bases de datos de dnis anteriores.

Puede ser, yo asumiría que cualquier KYC con DNI validado lo pueden solicitar, aunque no sea el KYC que actualmente usan.

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Pero los delitos fiscales prescriben a los 4, 5 y 10 años, irte 3 puede ayudarte pero la papeleta completa no te la solventa, no?.

Muy buenas,
¿Que tenéis pensado hacer de cara a esta declaración de IRPF?

Yo no tengo ni idea y por más que pregunto a mi asesor (soy autónomo) no sabe responderme.

Estoy pensando en ir a esta charla en Sevilla a ver si salgo de dudas, www.cryptofiscalidad.es
Alguno lo conoce???

Pues declarar todas las ventas a Euros y todas las permutas. Y el staking/POS/Defi y los faucets y similar. Y la minería, que se me olvidaba.

Y pagar si has ganado pasta, claro. Como todos…

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Defi? se me hace imposible que se pueda contabilizar eso de una manera fiable.
Si has proporcionado liquidez a mil protocolos, con sus respectivos swaps, plataformas de lending, borrow, formar LP’s que se te desbalancean tras deshacerlos y mil historias mas de Defi no veo una manera en que eso se pueda cuadrar sin dar lugar a errores realmente (nada tiene que ver con las compra/ventas simples, algo que se puede cuadrar mas facilmente)

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Respecto a la mineria ¿que hay que declarar?

Imaginemos que durante el 2021 solo minando he obtenido 1 ETH y no lo he cambiado a nada, lo sigo teniendo. ¿hay que declararlo? o esperar a que lo cambie por otra cripto o fiat.
En caso de declararlo ¿ a que precio de adquisicion ? ¿cero?

Cierto pero 2-3 años entra dentro de lo común y no levantaría ninguna sospecha al volver, y durante esos años te permite usar tu portfolio de criptos en algún país crypto friendly. Lo ideal sería que no vuelvas hasta que no prescriba todo.

Lo ideal creo que seria (si no te das de alta en autonomos) que saques el IAE correspondiente y lo declares como si fueses autonomo (precio adquisicion precio a fecha de recepcion). Exactamente lo mismo solo que no te das de alta en Autonomos por “poco volumen de negocio”.

También puedes no declarar nada y considerar precio de adquisicion 0 al vender mas adelante.

Si alguien tiene mas info sobre como declarar si no eres Autonomo… Lo que parece claro es que si minas 100 o 200 € el mes no te pueden obligar a hacerte autonomo.

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No tienes que declarar nada. Tú minas y eso va (espero que no lo estés enviando a una wallet de exchange), a tu wallet “x” que tengas para ETH / Ergo / Ravencoin o lo que estés minando.

Lo único que tendrás que declarar, si es que le quieres regalar el dinerito a Hacienda, es el día que vendas y pases FIAT a tu cuenta española. Sino, como si tienes 5 millones en un exchange, que los exchange no son una cuenta bancaria y no estás obligado a informar de las cryptos que tengas, no piques en su intento de meter miedo.

Incluso puedes estar perfectamente, respetando límites de traspaso entre exchange-banco, retirar de cajero, saldo total en cuenta… tener una cuenta en Vivid (IBAN alemán, aunque ahora ya lo dan español, por lo que tendrías que buscar otro banco extranjero) y retirar sin problema con tu tarjeta en españa / pagar cosas sin factura.

Si hablamos de cantidades ya muy gordas, tienes la opción (por ejemplo), de ir a Andorra, montas empresa y cobras todo lo que quiera que tengas, con un máximo de 10%, mejor eso que andar regalando el dinero a los de Hacienda.

Pero lo dicho, si estás con cantidades normalitas… puedes estar con la tarjeta “Vivid” o equivalente sin problemas.

No pongáis las cryptos que tenéis etc, eso ni les importa. Obviamente quieren saberlo para teneros controlados. Sólo en el caso de que hagáis las cosas mal y enviéis de banco extranjero a vuestra cuenta española, vendáis algo en “Binance” y lo paséis a cuenta española, etc.

Hacienda no tiene acceso a exchange extranjeros, salvo que te investiguen + orden judicial, así que sin miedo…

Y lo dicho, lo de minar… no se cuantos rigs tienes, pero da igual, no pongas nada.

Y de Binance HUID y cuanto antes mejor, pues en breve tendrán sucursal Europea. Yo hace tiempo que no lo uso, desde año pasado.

Exchange españoles ni se os ocurra, salvo que queráis que Hacienda sepa todo.

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Sin intención de querer “meter miedo”, no estoy de acuerdo en que si tienes 5 millones en un exchange no debes declararlo. En renta no, claro, ya que no declaras saldos, tampoco de las cuentas corrientes “normales”. Pero en patrimonio, si. Otro tema es que consideres no declararlo porque no tienen forma de saberlo o cualquier cosa de estas, ahí no entro.

Si además tuvieras esos 5 millones en fiat, ya que una vez que recibes los ETH los vendes, incluso podría considerarse que deberías haberlos incluidos en el modelo 720, como si fuera una cuenta omnibus.

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Entonces si yo tengo 5M en binance y voy haciendo compras con su tarjeta de credito no tengo pq decir nada a Hacienda?

Hola, yo tengo la misma pregunta que tengo que hacer este año para la declaración 21, si no he vendido nada sólo decir las criptomonedas que tengo?
Si he vendido decir las ganancias?
Muchas gracias.

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Si no has vendido nada no tienes por qué informar de que tienes X crypto. A menos que tengas tal cantidad que implique pagar el correspondiente impuesto de patrimonio.

Si has vendido crypto o realizado alguna permuta (cambiar una crypto por otra) pues te corresponde declarar por esa venta o permuta y tributarás en función del beneficio obtenido.

Por ejemplo si hace tiempo compraste 0.1 bitcoin a 1000€ y lo vendiste en 2021 por 4000€ pues te toca pagar: 4000€-1000€ = 3000€ x 19% = 570€ de impuestos

Si tienes muchas compraventas o permutas, lo mejor es que uses herramientas como cointracking o directamente contrata los servicios de un asesor fiscal (especializado en cryptos) y que te lo hagan ellos.

4000€ - precio al que comp

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Sí, tienes que declarar a hacienda porque 5 millones en binance o donde sea es una cifra que por sí sola implica pagar el correspondiente impuesto de patrimonio.

Y en cualquier caso, si usas la tarjeta de credito de binance con el saldo de tus crypto tambien estás obligado a declarar pues se considera que has vendido tus crypto por fiat para comprar lo que sea y por tanto esa venta tributa.

Otra cosa es que al ser Binance un exchange extranjero a día de hoy no pasen información masiva a hacienda (salvo requisito judicial), pero eso seguramente cambiará en los próximos meses y el año que viene binance ya pasará información como si fuera un banco más. Por tanto hacienda sabrá que has hecho operaciones con ellos y si cruzan tus datos y ven que no has declarado lo que corresponda puede que te expongas a una investigación.

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