pues llevo con ellos muchos años y siempre me agrupaban todas las operaciones, no desglosaban por cryptomoneda… Es cierto que siempre habrán sido más de 40, no sé si quizás por eso ahora si el programa permite 1000 mi asesor me indique que ya no se puede agrupar.
“Binance divulga el estreno en España, este 23 de Mayo del 2023, de su nueva herramienta gratuita y automatizada de asistencia fiscal para transacciones con bitcoin y criptomonedas Binace Tax”
Una cosa a mi pareja tambien le ha salido el aviso pero, ella ha ganado en staking de 15 a 20 euros, tambien tiene que declarar los staking ? Porque no hemos cambiado nada a euros ni hemos vendido nada . Gracias un saludo
Teoría = se declaran todas las ganacias.
Práctica = allá cada uno
Mi opinión = por 15 o 20 euros Hacienda no va a mover ni un dedo. Cierto es que si en un futuro esas cryptos llegan a tener un valor importante y las vendieses, puede tener algún problema más o menos gordo dependiendo de la cantidad y otros aspectos. Pero vamos, que yo no me volvería loco y por esa cantidad, lo meto en la Renta y duermo tranquilo.
proporcionas servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales?
Según el texto, las personas y entidades residentes en España, así como los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, deben presentar declaración informativa anual.
Ah, si es por una coma que ha puesto un editor de Cointelegraph… mejor ir al BOE directamente:
«Artículo 39 bis. Obligación de informar sobre saldos en monedas virtuales.
Las personas y entidades residentes en España y los establecimientos
permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el
extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas
privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas
virtuales, ya se preste dicho servicio con carácter principal o en conexión con otra
actividad, vendrán obligadas a presentar una declaración informativa anual
referente a la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas, en
los términos que establezca la orden ministerial por la que se apruebe el modelo
correspondiente.
Si haces alguna búsqueda en el hilo encontrarás entradas desde 2018 comentando sobre el tema.
La Agencia Tributaria ha emitido una notificación administrativa para fulanito@micasateléfono.es con NIF XXXX05XXX, que usted recibe en calidad de Titular.
La Comunicación estará disponible en su Dirección Electrónica Habilitada desde el 04-07-2023. Si no procediera a su lectura en el plazo indicado se producirán los efectos correspondientes, según la normativa aplicable.
Puede acceder a esta notificación en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ) del Punto de Acceso General, disponible en https:/agenciatributaria.gob.es
Le facilitamos un enlace directo a la notificación
La notificación se recibirá en todo caso en papel, aplicándose los plazos que en la misma se indiquen. Adicionalmente podrá recibir esta notificación por distintas vías electrónicas. Si accediera a su contenido por más de una de estas vías, sepa que los efectos jurídicos, si los hubiera, siempre empiezan a contar desde la fecha en que se produzca su primer acceso.
Empieza a haber consultas vinculantes Consulta V2290-23: Hacienda aclara que no es necesario declarar las wallets frías o calientes en el modelo 721, argumentando que al no haber una empresa custodiando nuestras claves privadas, no entran en la declaración. Consulta V2185-23: Descubre que los saldos en euros o dólares en los exchanges no se incluyen en el modelo 721, sino en el modelo 720. ¡Información clave para tus declaraciones! Consulta V2304-23: Hacienda establece un límite de 50,000 euros, indicando que cualquier cantidad por debajo de este umbral no necesita ser declarada.
Para comprar con 6 cifras (el dinero esta declarado) recomendais limitarlo a Bit2me por eso de que es un IBAN español? (nunca lo he usado pero imagino que es un IBAN español y sera menos problematica la transaccion que enviarlo fuera)
Hay que hacer algun modelo informativo o algo raro?
He movido 6 cifras en transacciones pero claro nunca nada cripto.
envia x. kraken que es un exchange fiable, y permite esos volúmenes con 0 problemas, luego las operaciones seguro tienen menos fee q b2me.’
y a la hora de declarar lo mismo es, aunque en kraken lo mismo tkenes q meter a mano pero no es nada complicado
te podría congelar la transacción tú banco, pero les dices que si que palante y listo
“De acuerdo a lo que señala el comunicado que la Agencia Tributaria está enviando a los usuarios, solo las personas cuyos saldos en criptomonedas superen los 50.000 euros estarán obligados a hacer la declaración bajo el Modelo 721”
“Según la especialista si el usuario es el que mantiene el control de las claves privadas de las carteras, eso significa que los activos allí depositados no están en el extranjero”