alguien sabe qué pasa con hacienda si me paso de varios exchanges (dónde sí está mi identidad asociada) a un ledger las criptos? Es decir: la dirección del ledger puede ser la de cualquiera, pero quizás infieran que al venir del mismo sitio sean del mismo dueño? Yo entiendo que no se puede demostrar eso al 100% y de hecho, es que no tiene por qué ser así, pero claro…peores cosas se han visto
El Ledger no tiene una dirección sino que te va generando direcciones distintas cada vez que le des a “recibir”, con el aparato conectado. No es fácil trackear que varias de ellas sean de la misma persona / clave privada.
Si te mandan inspección, quien tienes que demostrar eres tú. Hacienda te va a pedir su parte de las ganacias, osea no te va a pedir impuestos de lo que tienes, sino de las plusvalías de las operaciones de venta o intercambio. Si has comprado en un exchange y te lo mandas a un wallet, no debes nada a Hacienda. Si has operado en el exchange, da igual donde mandes lo que tuvieras allí.
Ya hay sentencias que Hacienda no puede decir “a defraudado” y cobrar lo que les de la gana. Son ellos los que al abrir expediente tienen que mostrar las evidencias de la intención.
Eso si, si te pillan con pruebas vas a tener un problema muy grave.
No lo dudo, pero dirán “Dónde están estos activos sospechosos? Qué has hecho con ellos”?
Y ya, a buscar un buen asesor
Mira un ejemplo, fácilmente aplicable a otros ámbitos que corresponden a Hacienda.
Pues en caso de inspeccion si no puedes probar que eres tu quien ha recibido los BTC a tu wallet desde un exchange, y que has sido tu quien ha enviado los BTC desde tu wallet al exchange, tendrias un problema. Yo solo uso Electrum y Bitcoin Core y tienes control total de estas cosas. Claro que los wallets no estan a tu nombre ni al de nadie… entonces no se como maneja esto Hacienda.
Yo lo que digo es que segun lo que van a aprobar, por cada transaccion de un wallet a otro, ya habria algun tipo de modelo informativo, lo cual haria un suplicio usar las criptomonedas en general:
De este modo, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia. Además, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos, con criptomonedas. También se introduce la obligación de informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior, sobre la tenencia de monedas virtuales en el extranjero.
La verdad es que esto arruinaria su uso. Estas cosas incentivan a que nunca saques el dinero del exchange (lo cual en si ya es un riesgo) que seguramente es lo que buscan con estas medidas.
Repito y vuelve a leer eso. Si aprueban eso y tu le envias dinero a alguien, o recibes dinero, ya te tocaria hacer modelos informativos. Imaginate que tienes una cuenta bancaria, y por cada dinero que entra o sale tienes que informar tu manualmente. Es una locura.
Eso es para las empresas que ofrecen servicio e criptomoneda, exchanges, empresas de custodio, etc, pero no para las personas que tienen su propio Wallet.
Tu solo estás como persona obligado a declarar las transacciones, no la tenencia ni los movimientos de estos si lo tienes en tu propio Wallet siempre que no estés obligado a pagar el impuesto de patrimonio porque seas un ballena.
Añadiría que tienen que tener su domicilio fiscal en territorio español. No creo que, de momento, coinbase, etc les pase esa info.
Por ej, bit2me.
Mi mujer la única cuenta cripto que tuvo fue coinbase. Yo no tengo cuenta en coinbase.
Pues en su borrador siempre sale la info de que saben de …En el mío no.
Da que pensar.
No sé de dónde sacas esto, cuando se cita que “Se ha incorporado a la Ley 7/2012 la obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales”, con lo que si posees monedas en un cold wallet es considerado tenencia, salvo que me esté perdiendo algo.
Han actualizado con la nueva categoría sobre cripto, pero dicen que será cuando lo publiquen en el BOE y no antes, por lo que ahora mismo no estaría vigente.
Hace tiempo que no posteo nada, pero tengo una duda entre manos … Como se declararía un Swap? alguien tiene la menor idea? … Porque si tu en su día compraste X moneda con X valor y has tenido que cambiarla por otra moneda con X valor la verdad que no se como podría hacerse, porque claro tu tienes el historial de compras de la primera moneda, la cantidad, el precio al que compraste y demás … pero el día que vendas la nueva moneda como lo haría para calcular el ratio de beneficio?
Yo en cointracking lo he anotado como swap. Entiendo que es un cambio con fee, no es una compra venta. El valor es el mismo pero con una carga de fee por la transacción.
Mmm interesante, la cosa es que no he usado cointracking para estos años atras, pero bueno podría probarlo para hacer ese cálculo e introducirlo de forma manual.
Pues eso, y encima aplaudimos. Que despropósito de norma, de políticos y de una gran parte de la ciudadanía.
No veo muchos cambios. Resumiendo lo que creo entender de este artículo:
- La empresas de custodia y bolsas de crypto que funcionan en España darán toda nuestra información a Hacienda. ( Ya lo hacen hace tiempo, por si no os quedaba claro)
- Las personas que tienen crypto en el extranjero el fin de año con valor superior a 50000€ deberán presentar el modelo 720. (O sea si sois de los afortunados “early adopters” vaciad los exchanges antes de año nuevo o mejor ya mismo y problema resuelto)
Hay algo que me he pasado por alto?
50k a final de año o saldo medio de los 3 últimos meses. Dejad bastante margen por si acaso pasa lo de diciembre 2017